Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Tentudía (Segura de León). (03973/2022)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual Tentudía 21 y Tentudía 22
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Mancomunidad de Tentudía
Anuncio 3973/2022
l) Comunicar al equipo formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda afectar al
rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto del personal del Proyecto,
garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
m) Cuidar y mantener las condiciones higiénicas personales y de limpieza de las instalaciones puestas a
disposición del Proyecto.
IV. Régimen disciplinario.
Artículo 14.- Faltas.
Las faltas o infracciones cometidas por el alumnado en el ejercicio de sus funciones podrán ser: Leves, graves y muy graves,
estableciéndose su regulación en los apartados siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
1. Son faltas leves:
a) Cometer algún tipo de desconsideración o falta de respeto con los compañeros o compañeras usuarios de
los servicios o público en general.
b) El bajo rendimiento de interés o comportamiento apático sin causa justificada en las actividades tanto
formativas como de trabajo efectivo en el Proyecto.
c) Una falta de asistencia injustificada al trabajo.
d) Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo.
e) El descuido con las instalaciones, mobiliario, herramientas y materiales, así como su utilización sin permiso
previo.
f) No traer, no usar y/o descuidar los útiles, el vestuario y/o EPIS de los que disponen para el desarrollo de las
clases y/o trabajo.
g) La impuntualidad no justificada en la entrada o salida del centro en la incorporación a las distintas tareas y
actividades. Será considerada impuntualidad todo retraso superior a diez minutos.
h) Fumar y comer en los sitios no permitidos.
i) Ausentarse de la actividad laboral o formativa durante la jornada sin el permiso correspondiente. En caso de
que se estén realizando tareas fuera del horario del Proyecto, su abandono tendrá la misma consideración.
j) La no presentación de justificantes de faltas de asistencia dentro de los 2 días hábiles siguientes a la falta de
asistencia, salvo que se demuestre la imposibilidad o incapacidad de hacerlo.
k) Introducir en el centro de trabajo a personas ajenas al Proyecto.
l) El incumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad y salud laboral que no tengan la calificación
de graves o muy graves.
m) No comunicar al personal del Proyecto en la primera hora de la jornada, las causas de inasistencia al
trabajo salvo que haya motivos justificados para ello.
n) Uso del móvil u otros dispositivos electrónicos en horario de formación y/o trabajo, salvo autorización
expresa del/ la monitor/a o de algún miembro del equipo Técnico.
o) En general, el incumplimiento de sus deberes por negligencia o descuidos inexcusables.
2. Son faltas graves:
a) La acumulación de tres faltas leves.
b) La desobediencia, indisciplina y falta de respeto al personal del centro.
c) Atacar a la integridad física o moral de los compañeros y, en general, mantener conductas violentas o
antisociales dentro y fuera del Proyecto durante la jornada laboral.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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l) Comunicar al equipo formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda afectar al
rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto del personal del Proyecto,
garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
m) Cuidar y mantener las condiciones higiénicas personales y de limpieza de las instalaciones puestas a
disposición del Proyecto.
IV. Régimen disciplinario.
Artículo 14.- Faltas.
Las faltas o infracciones cometidas por el alumnado en el ejercicio de sus funciones podrán ser: Leves, graves y muy graves,
estableciéndose su regulación en los apartados siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
1. Son faltas leves:
a) Cometer algún tipo de desconsideración o falta de respeto con los compañeros o compañeras usuarios de
los servicios o público en general.
b) El bajo rendimiento de interés o comportamiento apático sin causa justificada en las actividades tanto
formativas como de trabajo efectivo en el Proyecto.
c) Una falta de asistencia injustificada al trabajo.
d) Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo.
e) El descuido con las instalaciones, mobiliario, herramientas y materiales, así como su utilización sin permiso
previo.
f) No traer, no usar y/o descuidar los útiles, el vestuario y/o EPIS de los que disponen para el desarrollo de las
clases y/o trabajo.
g) La impuntualidad no justificada en la entrada o salida del centro en la incorporación a las distintas tareas y
actividades. Será considerada impuntualidad todo retraso superior a diez minutos.
h) Fumar y comer en los sitios no permitidos.
i) Ausentarse de la actividad laboral o formativa durante la jornada sin el permiso correspondiente. En caso de
que se estén realizando tareas fuera del horario del Proyecto, su abandono tendrá la misma consideración.
j) La no presentación de justificantes de faltas de asistencia dentro de los 2 días hábiles siguientes a la falta de
asistencia, salvo que se demuestre la imposibilidad o incapacidad de hacerlo.
k) Introducir en el centro de trabajo a personas ajenas al Proyecto.
l) El incumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad y salud laboral que no tengan la calificación
de graves o muy graves.
m) No comunicar al personal del Proyecto en la primera hora de la jornada, las causas de inasistencia al
trabajo salvo que haya motivos justificados para ello.
n) Uso del móvil u otros dispositivos electrónicos en horario de formación y/o trabajo, salvo autorización
expresa del/ la monitor/a o de algún miembro del equipo Técnico.
o) En general, el incumplimiento de sus deberes por negligencia o descuidos inexcusables.
2. Son faltas graves:
a) La acumulación de tres faltas leves.
b) La desobediencia, indisciplina y falta de respeto al personal del centro.
c) Atacar a la integridad física o moral de los compañeros y, en general, mantener conductas violentas o
antisociales dentro y fuera del Proyecto durante la jornada laboral.
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