Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calera de León. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (03844/2022)
Bases para cubrir una plaza vacante de Encargado de Obras
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Ayuntamiento de Calera de León

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4.2. Todos los requisitos deberán poseerse por los aspirantes en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes o instancias, y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
5.ª Solicitudes.
5.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud
que será facilitado gratuitamente el Ayuntamiento y en el que se debe manifestar que se reúnen todas y cada
una de las condiciones exigidas en la base 4.ª.
5.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente
al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
5.3 La solicitud se dirigirá a la Sra. Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de Calera de León y se presentará,
alternativamente, por cualquiera de los medios siguientes:
a) En el Registro del Ayuntamiento presencialmente.
b) Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas
previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. En la instancia se hará constar la titulación oficial que
se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en esta convocatoria.

6.ª Admisión de aspirantes.
6.1 Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía Presidencia dictará resolución, en el plazo
máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá
publicarse en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el BOP de Badajoz, se indicarán los lugares,
fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos, con indicación de
las causas de exclusión y plazo de subsanación de defectos que se concede a los aspirantes excluidos.
Para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y de
excluidos, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la publicación
de la citada resolución, presentando el correspondiente escrito ante el Ayuntamiento de Calera de León.
Además, las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos se expondrán al público en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia. Los aspirantes que, dentro del plazo
señalado, no subsanaran la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la
relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
6.2 Contra la resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a partir
del día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, ante el mismo órgano que
la ha dictado, o bien interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses
a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios, ante el órgano competente del
Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
6.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en
tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos,
sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.
7.ª Órgano de selección.
7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo será designado simultáneamente con la aprobación de la
lista de aspirantes admitidos.
7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento
del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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