Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Gestión Tributaria (Mérida). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (03817/2022)
Aprobación definitiva del Reglamento orgánico municipal
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Ayuntamiento de Zafra

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o locales.
b) El mobiliario y material inventariable necesario para su equipamiento.
c) El acceso a los servicios generales del Ayuntamiento: telefonía, limpieza, reprografía, mantenimiento, y
similares.
d) Correo corporativo y cualquier otra herramienta necesaria para realización de gestiones de forma
telemática
Artículo 16. Asignación económica a los grupos políticos.
1. El Ayuntamiento asignará una dotación económica a los grupos municipales para atender a las necesidades
no cubiertas por lo dispuesto en el artículo anterior. La dotación se hará efectiva en la forma que determine el
Pleno en las bases de ejecución del presupuesto en vigor para cada ejercicio económico.
La dotación económica deberá contar con un componente fijo idéntico para todos los grupos, y otro variable
en función del número de miembros de cada uno de ellos, dentro de los límites que, en su caso, se
establezcan con carácter general en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
2. Los grupos municipales deberán llevar una contabilidad específica de la dotación que perciban del
Ayuntamiento, que estará a disposición de la Corporación en pleno siempre que este la pida.
Artículo 17. Junta de Portavoces.
1. Los portavoces de los grupos municipales pueden reunirse en Junta de Portavoces, previa convocatoria
del/la Sr./Sra Alcalde/sa. La reunión tendrá siempre carácter meramente deliberante y no vincularán a
terceras personas. De estas reuniones no se levantará acta, ni tendrá carácter de tal cualquier documento
que con fines operativos pueda redactarse por los miembros de la Junta o funcionarios que les asistan.
2. Será función primordial de la Junta de Portavoces difundir entre todos los Concejales/as las informaciones
que a la misma se le proporcione. A estos efectos, cualquier información suministrada a la Junta,
transcurridas veinticuatro horas, se presumirá conocida por todos los concejales/as. La Junta de Portavoces
será también el cauce para todas las peticiones de los grupos municipales que se refieran al funcionamiento
interno de los mismos o a su participación como conjunto político en los debates corporativos.
3. El/la Alcalde/sa, junto con la Junta de Portavoces podrá acordar por consenso el régimen de debates en
sesiones determinadas, con objeto de dar fluidez y agilidad a las intervenciones. De no obtenerse el consenso,
los debates serán conducidos por la Alcaldía-Presidencia, bajo su exclusiva e incondicionada dirección,
conforme a las disposiciones de este Reglamento.
4. La Junta de Portavoces se reunirá siempre que sea convocada por la Alcaldía con veinticuatro horas, al
menos, de antelación, siempre que no sea convocada de forma urgente y extraordinaria. Podrá convocarse
cada vez que se celebre sesión del Pleno del Ayuntamiento, bien antes de convocarlo o bien una vez conocido
el texto del orden del día y antes de su celebración.
TÍTULO III.- ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DEL AYUNTAMIENTO
Artículo 18. Ámbitos de actuación.
El Ayuntamiento de Zafra, al que corresponde el gobierno y administración del Municipio en cuanto entidad local ejerce
estas funciones a través de dos ámbitos básicos de actuación: el ámbito de gobierno y representación política y el ámbito de
la actividad administrativa y gestora, debidamente coordinados.
Capítulo primero.- De los órganos de gobierno
Artículo 19. El ámbito de gobierno.
Se integran en el ámbito de Gobierno y representación política los siguientes órganos:
El Pleno del Ayuntamiento.
La Alcaldía.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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