Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra. Recursos Humanos (Badajoz). (03796/2022)
Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir diez plazas de Cuidadores/as de los pisos tutelados
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra
Anuncio 3796/2022
No se tendrán en cuenta los cursos que no especifiquen las horas de formación.
C) Titulaciones académicas:
Hasta un máximo de 10 puntos.
Por la posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel igual o superior distintas a la
requerida para el acceso al cuerpo, escala o categoría correspondiente, por titulación: 0,5 puntos.
D) Superación de exámenes:
Hasta un máximo de 10 puntos.
Por haber superado alguno de los ejercicios para el acceso a dicho cuerpo, escala o categoría a la que
se desea acceder: 0,5 puntos.
Puntuación final.
La puntuación final que se tendrá en cuenta para establecer la prelación de aspirantes por orden de
puntuación alcanzada será requisito obtener al menos 50 puntos por los aspirantes.
En caso de empate entre las puntuaciones totales obtenidas, se procederá de la siguiente forma:
1.º. Prevalecerá el aspirante que tenga mayor puntuación en el apartado de experiencia
profesional.
2.º. En caso de que persistiera, el que tenga mayor puntuación en el apartado de formación.
3.º. En caso de que persistiera, el que tenga mayor puntuación en el apartado de titulación
académica.
4.º. En caso de que persistiera la situación de empate, se llevará a cabo un sorteo público para
establecer la prelación de los aspirantes que se vean afectados por esta situación.
8. Superación del proceso selectivo.
Terminado el proceso selectivo, el Tribunal de Selección publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra, la relación definitiva de aspirantes por el orden de puntuación alcanzada. La relación
definitiva de aspirantes se elevará a la Sra. Alcaldesa para que proceda a formalizar contrato de trabajo con el aspirante que
hubiera obtenido la mejor calificación y, una vez formalizado, proceda a constituir la bolsa de empleo con aquellos
aspirantes que, superado el proceso selectivo, no hubieran formalizado el correspondiente contrato de trabajo.
9. Contratación de la persona propuesta.
9.1. El/la aspirante seleccionado/a para la formalización del contrato de trabajo, deberá formalizarlo en el
plazo máximo de un mes.
9.2. Quien, sin causa justificada, no concurriese a la firma del contrato de trabajo en el plazo señalado,
quedará en la situación de pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y de la resolución
adoptada. En tal caso, se convocará a la firma del contrato de trabajo a la siguiente persona por orden de
puntuación según la relación de aprobados.
10. Funcionamiento de la bolsa.
10.1. La bolsa de empleo constituida para atender las necesidades que pudieran surgir como consecuencia de
vacaciones, licencias, permisos, excedencia o bajas de los/as cuidadores/as que resulten contratados/as. Será
requisito la obtención de 50 puntos en el proceso selectivo para formar parte de la bolsa. Además, la bolsa
funcionará a medida que se produzcan necesidades. La forma de funcionamiento es la siguiente:
El llamamiento de los aspirantes que conformen la bolsa de trabajo se hará progresivamente en función de
las necesidades de personal que demanden los pisos tutelados y por riguroso orden de puntuación, a través
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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No se tendrán en cuenta los cursos que no especifiquen las horas de formación.
C) Titulaciones académicas:
Hasta un máximo de 10 puntos.
Por la posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel igual o superior distintas a la
requerida para el acceso al cuerpo, escala o categoría correspondiente, por titulación: 0,5 puntos.
D) Superación de exámenes:
Hasta un máximo de 10 puntos.
Por haber superado alguno de los ejercicios para el acceso a dicho cuerpo, escala o categoría a la que
se desea acceder: 0,5 puntos.
Puntuación final.
La puntuación final que se tendrá en cuenta para establecer la prelación de aspirantes por orden de
puntuación alcanzada será requisito obtener al menos 50 puntos por los aspirantes.
En caso de empate entre las puntuaciones totales obtenidas, se procederá de la siguiente forma:
1.º. Prevalecerá el aspirante que tenga mayor puntuación en el apartado de experiencia
profesional.
2.º. En caso de que persistiera, el que tenga mayor puntuación en el apartado de formación.
3.º. En caso de que persistiera, el que tenga mayor puntuación en el apartado de titulación
académica.
4.º. En caso de que persistiera la situación de empate, se llevará a cabo un sorteo público para
establecer la prelación de los aspirantes que se vean afectados por esta situación.
8. Superación del proceso selectivo.
Terminado el proceso selectivo, el Tribunal de Selección publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra, la relación definitiva de aspirantes por el orden de puntuación alcanzada. La relación
definitiva de aspirantes se elevará a la Sra. Alcaldesa para que proceda a formalizar contrato de trabajo con el aspirante que
hubiera obtenido la mejor calificación y, una vez formalizado, proceda a constituir la bolsa de empleo con aquellos
aspirantes que, superado el proceso selectivo, no hubieran formalizado el correspondiente contrato de trabajo.
9. Contratación de la persona propuesta.
9.1. El/la aspirante seleccionado/a para la formalización del contrato de trabajo, deberá formalizarlo en el
plazo máximo de un mes.
9.2. Quien, sin causa justificada, no concurriese a la firma del contrato de trabajo en el plazo señalado,
quedará en la situación de pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y de la resolución
adoptada. En tal caso, se convocará a la firma del contrato de trabajo a la siguiente persona por orden de
puntuación según la relación de aprobados.
10. Funcionamiento de la bolsa.
10.1. La bolsa de empleo constituida para atender las necesidades que pudieran surgir como consecuencia de
vacaciones, licencias, permisos, excedencia o bajas de los/as cuidadores/as que resulten contratados/as. Será
requisito la obtención de 50 puntos en el proceso selectivo para formar parte de la bolsa. Además, la bolsa
funcionará a medida que se produzcan necesidades. La forma de funcionamiento es la siguiente:
El llamamiento de los aspirantes que conformen la bolsa de trabajo se hará progresivamente en función de
las necesidades de personal que demanden los pisos tutelados y por riguroso orden de puntuación, a través
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