Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (03722/2022)
Decreto de rectificación de las bases para proveer una plaza de Agente de la Policía Local por movilidad
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Ayuntamiento de Montijo
Anuncio 3722/2022
Marcos de los Policías Locales de Extremadura, el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de
selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal
Único, siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingresos del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y demás
normas concordantes de aplicación.
2. El plazo para la resolución del concurso será de un mes, contados desde el día siguiente al de la finalización
del plazo de presentación de las solicitudes.
Segunda.- Publicación de la convocatoria.
Esta convocatoria se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia.
Tercera.- Participación en la convocatoria.
A) Requisitos de los aspirantes.
Además de los previstos por la legislación básica para acceder a la función pública, los aspirantes deben
cumplir, en el momento que finalice el plazo para solicitar la participación en los procesos de movilidad, los
siguientes requisitos:
a) Tener la condición de personal funcionario de carrera en alguno de los Cuerpos o plantillas de Policía Local
de cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con categoría igual a la de las
plazas convocadas. En la escala básica o ejecutiva, los oficiales podrán ocupar plazas por este sistema que se
encuentren vacantes en la misma o inferior categoría.
b) No hallarse en situación administrativa de suspensión de funciones.
c) Haber permanecido como mínimo tres años en situación de servicio activo en la misma categoría como
funcionario de carrera en el Cuerpo o plantilla de Policía Local del ayuntamiento de procedencia.
d) Que al interesado le resten como mínimo tres años para pasar a la situación de segunda actividad por
petición propia.
e) Estar en posesión del permiso de conducir de las clases A2 y B.
f) No haber cumplido los 52 años de edad.
g) No estar desempeñando un puesto de segunda actividad.
h) No hallarse en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar en tanto
no haya transcurrido el plazo de dos años desde el pase a la misma.
i) Llevar más de dos años en el último destino obtenido por concurso.
j) No hallarse en situación de expectativa de destino o en la situación de excedencia forzosa.
k) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigidas para el desempeño de las funciones.
l) Prestar el compromiso de portar armas, y en su caso, llegar a utilizarlas en los casos previstos en la ley.
Todos los requisitos exigidos deberán poseerse por los aspirantes el día que finalice el plazo de presentación de instancias
de la presente convocatoria y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
B) Solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso, serán dirigidas al Sr. Alcalde, en el modelo que figura como
anexo I de esta convocatoria, y se presentarán en el registro general del Ayuntamiento, en el plazo de quince
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Autónoma de Extremadura y el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de
selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal
Único, siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingresos del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y demás
normas concordantes de aplicación.
2. El plazo para la resolución del concurso será de un mes, contados desde el día siguiente al de la finalización
del plazo de presentación de las solicitudes.
Segunda.- Publicación de la convocatoria.
Esta convocatoria se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia.
Tercera.- Participación en la convocatoria.
A) Requisitos de los aspirantes.
Además de los previstos por la legislación básica para acceder a la función pública, los aspirantes deben
cumplir, en el momento que finalice el plazo para solicitar la participación en los procesos de movilidad, los
siguientes requisitos:
a) Tener la condición de personal funcionario de carrera en alguno de los Cuerpos o plantillas de Policía Local
de cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con categoría igual a la de las
plazas convocadas. En la escala básica o ejecutiva, los oficiales podrán ocupar plazas por este sistema que se
encuentren vacantes en la misma o inferior categoría.
b) No hallarse en situación administrativa de suspensión de funciones.
c) Haber permanecido como mínimo tres años en situación de servicio activo en la misma categoría como
funcionario de carrera en el Cuerpo o plantilla de Policía Local del ayuntamiento de procedencia.
d) Que al interesado le resten como mínimo tres años para pasar a la situación de segunda actividad por
petición propia.
e) Estar en posesión del permiso de conducir de las clases A2 y B.
f) No haber cumplido los 52 años de edad.
g) No estar desempeñando un puesto de segunda actividad.
h) No hallarse en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar en tanto
no haya transcurrido el plazo de dos años desde el pase a la misma.
i) Llevar más de dos años en el último destino obtenido por concurso.
j) No hallarse en situación de expectativa de destino o en la situación de excedencia forzosa.
k) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigidas para el desempeño de las funciones.
l) Prestar el compromiso de portar armas, y en su caso, llegar a utilizarlas en los casos previstos en la ley.
Todos los requisitos exigidos deberán poseerse por los aspirantes el día que finalice el plazo de presentación de instancias
de la presente convocatoria y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
B) Solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso, serán dirigidas al Sr. Alcalde, en el modelo que figura como
anexo I de esta convocatoria, y se presentarán en el registro general del Ayuntamiento, en el plazo de quince
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín
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