Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (03638/2022)
Bases para la cobertura en propiedad de dos plazas de Administrativo correspondiente a la oferta de empleo público 2020
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 3638/2022

5.º.- Régimen de incompatibilidad. Estará sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
6.º.- Publicidad. Las bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán consultar tanto
en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento como en la página web www.almendralejo.es dentro del
apartado ofertas de empleo. También se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
El anuncio de la convocatoria se publicará, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de
Extremadura.
7.º.- Normativa de aplicación. En lo no previsto en las bases, se regirá por el vigente Acuerdo Regulador de las
condiciones de trabajo de los empleados públicos (DOE 17 de septiembre de 2018), la Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura; el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Real Decreto 896/1991, de 7 de
junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y la Ley 40/2015, de 1 octubre, Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de
aplicación.
Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes.
1.º.- Requisitos. Para poder participar en este proceso selectivo es necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, de
acuerdo a lo establecido en el artículo 56 del la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
e) Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico Superior de Formación Profesional (FP) o
equivalente o haber finalizado los estudios y abonados los derechos correspondientes para su
obtención. En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar
certificado expedido por el Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro competente en la
materia, que acredite la citada equivalencia. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero,
deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de
la Administración competente para ello.
2.º.- Fecha de cumplimiento de requisitos. Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán
cumplirse a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso
selectivo. Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma
de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionados, del modo indicado en las bases de la
convocatoria.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1.º.- Instancias. En las instancias, solicitando tomar parte en la oposición, los aspirantes deberán manifestar
que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos que se recogen en la base segunda, y
que se comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con
lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la constitución como norma fundamental del Estado, como se recoge
en el anexo I a esta convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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