Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (03638/2022)
Bases para la cobertura en propiedad de dos plazas de Administrativo correspondiente a la oferta de empleo público 2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendralejo
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Junto a la instancia, solicitando tomar parte en la selección, el aspirante deberá acompañar justificante del
ingreso efectuado en concepto de derechos de examen.
Se presentará una instancia, con el correspondiente justificante de pago de tasas, por cada especialidad a la
que opten las personas aspirantes.
En la página web www.almendralejo.es estará disponible un modelo de instancia.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a
instancia de parte interesada.
2.º.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en
el registro general de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; en este caso la parte interesada deberá adelantar, dentro del plazo de presentación de solicitudes,
un fax con la copia de la solicitud que se presente a través de estos medios.
Las instancias presentadas en las Oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo, se
presentarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por Correos antes de ser certificadas dentro del
plazo de presentación de instancias. Solo en este caso se entenderán que las instancias han tenido entrada en
el registro general del Ayuntamiento en la fecha en la que fueron entregadas en Correos.
3.º.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar del
siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado,
una vez que se hubiesen publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de
la convocatoria también se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.º.- Derechos de examen: Los derechos de examen, que serán de 12,02 euros conforme dispone la vigente
Ordenanza fiscal número 29, deberán hacerse efectivos a través de la correspondiente autoliquidación.
La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud. Igualmente, será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los
derechos de examen en el plazo previsto para la presentación de instancias. A las personas excluidas
definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
1.º.- Lista provisional de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, la AlcaldíaPresidencia dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos. La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web www.almendralejo.es, contendrá la relación
alfabética de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión de estos. Si no existiesen
reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de nueva
publicación.
2.º.- Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá a
la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de la
resolución en el BOP, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que,
de no hacerlo así, se archivará su instancia sin más trámite y será excluida de la lista de aspirantes admitidas.
Se concederá idéntico plazo al anterior a efectos de reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o
rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública y expuesta,
asimismo, en la forma indicada anteriormente.
3.º.- Lista definitiva de personas admitidas: Finalizado este plazo, en el término de 15 días hábiles desde que
finalice el plazo de subsanación, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia resolución elevando a
definitiva la lista provisional de personas aspirantes admitidos y excluidos, a través de la que se entenderán
contestadas las subsanaciones o reclamaciones de haberlas.
El hecho de figurar en la lista de admitidos, no prejuzga que se les reconozca a las personas interesadas la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Junto a la instancia, solicitando tomar parte en la selección, el aspirante deberá acompañar justificante del
ingreso efectuado en concepto de derechos de examen.
Se presentará una instancia, con el correspondiente justificante de pago de tasas, por cada especialidad a la
que opten las personas aspirantes.
En la página web www.almendralejo.es estará disponible un modelo de instancia.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a
instancia de parte interesada.
2.º.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en
el registro general de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; en este caso la parte interesada deberá adelantar, dentro del plazo de presentación de solicitudes,
un fax con la copia de la solicitud que se presente a través de estos medios.
Las instancias presentadas en las Oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo, se
presentarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por Correos antes de ser certificadas dentro del
plazo de presentación de instancias. Solo en este caso se entenderán que las instancias han tenido entrada en
el registro general del Ayuntamiento en la fecha en la que fueron entregadas en Correos.
3.º.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar del
siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado,
una vez que se hubiesen publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de
la convocatoria también se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.º.- Derechos de examen: Los derechos de examen, que serán de 12,02 euros conforme dispone la vigente
Ordenanza fiscal número 29, deberán hacerse efectivos a través de la correspondiente autoliquidación.
La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud. Igualmente, será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los
derechos de examen en el plazo previsto para la presentación de instancias. A las personas excluidas
definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
1.º.- Lista provisional de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, la AlcaldíaPresidencia dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos. La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web www.almendralejo.es, contendrá la relación
alfabética de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión de estos. Si no existiesen
reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de nueva
publicación.
2.º.- Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá a
la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de la
resolución en el BOP, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que,
de no hacerlo así, se archivará su instancia sin más trámite y será excluida de la lista de aspirantes admitidas.
Se concederá idéntico plazo al anterior a efectos de reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o
rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública y expuesta,
asimismo, en la forma indicada anteriormente.
3.º.- Lista definitiva de personas admitidas: Finalizado este plazo, en el término de 15 días hábiles desde que
finalice el plazo de subsanación, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia resolución elevando a
definitiva la lista provisional de personas aspirantes admitidos y excluidos, a través de la que se entenderán
contestadas las subsanaciones o reclamaciones de haberlas.
El hecho de figurar en la lista de admitidos, no prejuzga que se les reconozca a las personas interesadas la
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