Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (03615/2022)
Bases de la convocatoria para la provisión en comisión de servicios de un puesto vacante de Agente de la Policía Local
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 3615/2022
Octava.- Procedimiento de selección y resolución de la convocatoria.
8.ª.1.º.- Procedimiento de selección: Consistirá en una valoración de méritos y una entrevista, conforme a lo
dispuesto por los apartados siguientes de esta base.
8.ª.2.º.- Valoración de méritos, consistirá en la calificación, por la Comisión de Valoración, de los méritos
alegados y debidamente acreditados por los aspirantes, referidos a la fecha de terminación del plazo de
presentación de instancias y de conformidad con el siguiente baremo:
a) Experiencia, por cada seis meses completos de servicios prestados, como personal
funcionario de carrera en los cuerpos de Policía Local de Extremadura: 0,50 puntos, hasta un
máximo de 2 puntos.
Se acreditara mediante certificado emitido por el Ayuntamiento de origen, donde consten
claramente los puestos de trabajo desempeñados.
b) Titulación académica, se valorará hasta un máximo de 1,5 puntos, el estar en posesión o
haber abonado los derechos para la obtención de uno de los títulos universitarios que se
relacionan, conforme a la siguiente escala de puntuación:
Doctorado: 1,5 puntos
Máster oficial: 1,25 puntos Licenciatura o equivalente: 1 punto
Título de Grado: 0,75 punto Diplomatura: 0,50 puntos
Las titulaciones de postgrado, máster oficial y/o doctorado Universitario, solo serán puntuadas
si versan sobre materias relacionadas con la función policial.
c) Por formación: Por haber recibido cursos relacionados con las policías locales o en materia
de igualdad entre hombres y mujeres, organizados por la Administración Pública y hasta un
máximo de 2 puntos, conforme a la siguiente tabla:
Sin número de horas: 0,05 puntos Hasta 20 horas: 0,10 puntos
De 21 a 50 horas: 0,15 puntos
De 51 a 75 horas: 0,20 puntos
De 76 a 100 horas: 0,30 puntos De 101 a 150 horas: 0,40 puntos
De 151 a 200 horas: 0,50 puntos
Más de 200 horas: 0,60 puntos
No se valoraran los que forme parte del proceso selectivo de acceso o promoción a los Cuerpos
y Fuerzas de Seguridad del Estado, ni de titulaciones académicas oficiales.
En la acreditación deberá constar contenido del curso y duración. Si no se determinan las horas
se aplicará la equivalencia de diez horas por crédito.
d) Por agrupación o conciliación de la vida laboral y familiar, hasta un máximo de 2,50 puntos,
siempre que el familiar este inscrito como residente en el Padrón Municipal de Almendralejo,
con una antigüedad mínima de un año, conforme a la siguientes situaciones:
Se otorgará 1 punto por alguna de las siguientes, pudiendo puntuarse solo una de ellas:
Destino laboral previo del cónyuge o pareja de hecho, si desempeña puesto de trabajo como funcionario de carrera o
laboral fijo para cualquier Administración Pública en la localidad de Almendralejo.
Por divorcio o separación y existiendo descendiente menor de edad, el convenio regulador establezca custodia
compartida o régimen de visitas, incompatibles con la residencia en localidad distinta a la de Almendralejo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Octava.- Procedimiento de selección y resolución de la convocatoria.
8.ª.1.º.- Procedimiento de selección: Consistirá en una valoración de méritos y una entrevista, conforme a lo
dispuesto por los apartados siguientes de esta base.
8.ª.2.º.- Valoración de méritos, consistirá en la calificación, por la Comisión de Valoración, de los méritos
alegados y debidamente acreditados por los aspirantes, referidos a la fecha de terminación del plazo de
presentación de instancias y de conformidad con el siguiente baremo:
a) Experiencia, por cada seis meses completos de servicios prestados, como personal
funcionario de carrera en los cuerpos de Policía Local de Extremadura: 0,50 puntos, hasta un
máximo de 2 puntos.
Se acreditara mediante certificado emitido por el Ayuntamiento de origen, donde consten
claramente los puestos de trabajo desempeñados.
b) Titulación académica, se valorará hasta un máximo de 1,5 puntos, el estar en posesión o
haber abonado los derechos para la obtención de uno de los títulos universitarios que se
relacionan, conforme a la siguiente escala de puntuación:
Doctorado: 1,5 puntos
Máster oficial: 1,25 puntos Licenciatura o equivalente: 1 punto
Título de Grado: 0,75 punto Diplomatura: 0,50 puntos
Las titulaciones de postgrado, máster oficial y/o doctorado Universitario, solo serán puntuadas
si versan sobre materias relacionadas con la función policial.
c) Por formación: Por haber recibido cursos relacionados con las policías locales o en materia
de igualdad entre hombres y mujeres, organizados por la Administración Pública y hasta un
máximo de 2 puntos, conforme a la siguiente tabla:
Sin número de horas: 0,05 puntos Hasta 20 horas: 0,10 puntos
De 21 a 50 horas: 0,15 puntos
De 51 a 75 horas: 0,20 puntos
De 76 a 100 horas: 0,30 puntos De 101 a 150 horas: 0,40 puntos
De 151 a 200 horas: 0,50 puntos
Más de 200 horas: 0,60 puntos
No se valoraran los que forme parte del proceso selectivo de acceso o promoción a los Cuerpos
y Fuerzas de Seguridad del Estado, ni de titulaciones académicas oficiales.
En la acreditación deberá constar contenido del curso y duración. Si no se determinan las horas
se aplicará la equivalencia de diez horas por crédito.
d) Por agrupación o conciliación de la vida laboral y familiar, hasta un máximo de 2,50 puntos,
siempre que el familiar este inscrito como residente en el Padrón Municipal de Almendralejo,
con una antigüedad mínima de un año, conforme a la siguientes situaciones:
Se otorgará 1 punto por alguna de las siguientes, pudiendo puntuarse solo una de ellas:
Destino laboral previo del cónyuge o pareja de hecho, si desempeña puesto de trabajo como funcionario de carrera o
laboral fijo para cualquier Administración Pública en la localidad de Almendralejo.
Por divorcio o separación y existiendo descendiente menor de edad, el convenio regulador establezca custodia
compartida o régimen de visitas, incompatibles con la residencia en localidad distinta a la de Almendralejo.
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