Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Entidad Ferial de Zafra (F.I.G.). (03574/2022)
Aprobación definitiva del Reglamento de participación en los certámenes convocados por la Entidad Ferial de Zafra
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Entidad Ferial de Zafra (F.I.G.)
Anuncio 3574/2022
explosión son obligatorios para el expositor desde el montaje hasta la finalización del certamen, que deberá ser entregado
en la entidad ferial de Zafra con anterioridad al montaje.
Por otra parte, la entidad ferial de Zafra dispone de un plan de emergencias, cuya dirección es la responsable de la gestión y
dirección de emergencias al cual quedan afectos tanto los expositores, sus contratantes y el personal dependiente de ellos,
debiendo seguir sus directrices y cumplir la legislación vigente en materia de orden público.
En cuanto a la vigilancia, la entidad ferial de Zafra dependiendo de cada certamen y zona de exposición, dispondrá de un
servicio de control de accesos, y de vigilancia del interior con personal de seguridad privada y un servicio en el recinto ferial
en general, con carácter disuasorio y preventivo de orden público a cargo de la propia organización y de la empresa de
vigilancia privada contratada y/o de las Fuerzas de Seguridad del Estado, no tratándose en ningún caso de un servicio de
vigilancia específica a todos y cada uno de los stands de ahí que la entidad ferial de Zafra, no se responsabiliza del robo o
hurto de los materiales y objetos depositados en cada stand, ni de los daños que puedan sufrir.
REGLAMENTO GENERAL DE PARTICIPACIÓN DEL EXPOSITOR
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.
El presente Reglamento general de participación del expositor, es de aplicación a todos los certámenes organizados por la
entidad ferial de Zafra, salvo que sea modificado en aspectos concretos, para un certamen en particular.
Artículo 2.- Montaje de stands y ocupación de espacios.
El montaje de stands y ocupación de espacios asignados, se realizará por el personal de la empresa expositora, previamente
acreditados, en los días y horarios establecidos para cada certamen, no pudiendo iniciarse en ningún caso, los trabajos del
mismo sin estar abonados los pagos correspondientes y realizándose la entrada del material por los accesos establecidos en
cada pabellón y zonas de exposición.
El montaje debe realizarse siguiendo las máximas normas de seguridad, siendo responsable el expositor de los daños que
pudieran ocasionar tanto a la organización como al resto de expositores.
Las características técnicas del stand ofertado por la organización, para cada certamen, y que se comunicarán con el boletín
de inscripción no pueden alterarse ni modificarse, salvo autorización expresa del departamento comercial. En ningún caso,
este material de modulación puede sufrir daños ni desperfecto alguno, siendo responsable el expositor de ellos.
Durante el periodo de montaje las mercancías y productos deben estar situadas dentro del espacio asignado y bajo la
vigilancia estricta del personal de la empresa expositora. No existiendo responsabilidad alguna para la organización en caso
de hurto o extravío.
En ningún caso, el expositor podrá ocupar con sus mercancías o elementos de decoración los pasillos o zonas comunes.
Artículo 3.- Stands de diseño.
Las empresas que opten por la decoración libre de su stand o montaje de un stand propio, deben solicitarlo previamente
ante el departamento comercial, presentando proyecto del mismo, para su autorización.
Artículo 4.- Atención del stand.
El stand o espacio asignado debe estar atendido por personal a cargo del expositor durante todo el periodo de celebración y
en los horarios de apertura al público del certamen en cuestión, no pudiéndose desmontar ni retirar las mercancías o
productos hasta que finalice y entre en vigor el plazo de desmontaje.
El día de la Inauguración del certamen, el horario de apertura puede sufrir modificaciones por la organización si por
protocolo o razones de organización se estima conveniente.
Artículo 5.- Limpieza de stands.
La limpieza de cada stand o espacio adjudicado es competencia exclusiva de cada expositor, no pudiendo depositar en los
pasillos o zonas comunes material alguno de desperdicios o desechos provenientes del stand, debiéndose depositar éstos
en los contenedores dispuestos para ello.
Artículo 6.- Horario de expositores.
Salvo autorización expresa del departamento comercial, los expositores acreditados podrán acceder a los pabellones, zonas
de exposición, treinta minutos antes de la hora de apertura al público y permanecer sólo hasta pasados treinta minutos, no
pudiendo estar personal ajeno a la empresa expositora en ningún caso, en estos periodos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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explosión son obligatorios para el expositor desde el montaje hasta la finalización del certamen, que deberá ser entregado
en la entidad ferial de Zafra con anterioridad al montaje.
Por otra parte, la entidad ferial de Zafra dispone de un plan de emergencias, cuya dirección es la responsable de la gestión y
dirección de emergencias al cual quedan afectos tanto los expositores, sus contratantes y el personal dependiente de ellos,
debiendo seguir sus directrices y cumplir la legislación vigente en materia de orden público.
En cuanto a la vigilancia, la entidad ferial de Zafra dependiendo de cada certamen y zona de exposición, dispondrá de un
servicio de control de accesos, y de vigilancia del interior con personal de seguridad privada y un servicio en el recinto ferial
en general, con carácter disuasorio y preventivo de orden público a cargo de la propia organización y de la empresa de
vigilancia privada contratada y/o de las Fuerzas de Seguridad del Estado, no tratándose en ningún caso de un servicio de
vigilancia específica a todos y cada uno de los stands de ahí que la entidad ferial de Zafra, no se responsabiliza del robo o
hurto de los materiales y objetos depositados en cada stand, ni de los daños que puedan sufrir.
REGLAMENTO GENERAL DE PARTICIPACIÓN DEL EXPOSITOR
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.
El presente Reglamento general de participación del expositor, es de aplicación a todos los certámenes organizados por la
entidad ferial de Zafra, salvo que sea modificado en aspectos concretos, para un certamen en particular.
Artículo 2.- Montaje de stands y ocupación de espacios.
El montaje de stands y ocupación de espacios asignados, se realizará por el personal de la empresa expositora, previamente
acreditados, en los días y horarios establecidos para cada certamen, no pudiendo iniciarse en ningún caso, los trabajos del
mismo sin estar abonados los pagos correspondientes y realizándose la entrada del material por los accesos establecidos en
cada pabellón y zonas de exposición.
El montaje debe realizarse siguiendo las máximas normas de seguridad, siendo responsable el expositor de los daños que
pudieran ocasionar tanto a la organización como al resto de expositores.
Las características técnicas del stand ofertado por la organización, para cada certamen, y que se comunicarán con el boletín
de inscripción no pueden alterarse ni modificarse, salvo autorización expresa del departamento comercial. En ningún caso,
este material de modulación puede sufrir daños ni desperfecto alguno, siendo responsable el expositor de ellos.
Durante el periodo de montaje las mercancías y productos deben estar situadas dentro del espacio asignado y bajo la
vigilancia estricta del personal de la empresa expositora. No existiendo responsabilidad alguna para la organización en caso
de hurto o extravío.
En ningún caso, el expositor podrá ocupar con sus mercancías o elementos de decoración los pasillos o zonas comunes.
Artículo 3.- Stands de diseño.
Las empresas que opten por la decoración libre de su stand o montaje de un stand propio, deben solicitarlo previamente
ante el departamento comercial, presentando proyecto del mismo, para su autorización.
Artículo 4.- Atención del stand.
El stand o espacio asignado debe estar atendido por personal a cargo del expositor durante todo el periodo de celebración y
en los horarios de apertura al público del certamen en cuestión, no pudiéndose desmontar ni retirar las mercancías o
productos hasta que finalice y entre en vigor el plazo de desmontaje.
El día de la Inauguración del certamen, el horario de apertura puede sufrir modificaciones por la organización si por
protocolo o razones de organización se estima conveniente.
Artículo 5.- Limpieza de stands.
La limpieza de cada stand o espacio adjudicado es competencia exclusiva de cada expositor, no pudiendo depositar en los
pasillos o zonas comunes material alguno de desperdicios o desechos provenientes del stand, debiéndose depositar éstos
en los contenedores dispuestos para ello.
Artículo 6.- Horario de expositores.
Salvo autorización expresa del departamento comercial, los expositores acreditados podrán acceder a los pabellones, zonas
de exposición, treinta minutos antes de la hora de apertura al público y permanecer sólo hasta pasados treinta minutos, no
pudiendo estar personal ajeno a la empresa expositora en ningún caso, en estos periodos.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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