Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Táliga. Recursos Humanos (Badajoz). (00154/2022)
Convocatoria para la provisión de una plaza de Secretario/a-Interventor/a interino/a del Ayuntamiento de Táliga
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Ayuntamiento de Táliga

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4.5. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones a la lista provisional se expondrá igualmente en el tablón de anuncios y
en la página web del Ayuntamiento, la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, así como la fecha, lugar y hora de
celebración de las pruebas, debiendo transcurrir al menos cuarenta y ocho horas entre dicha publicación y la celebración de
las mismas.
V. Procedimiento selectivo y calificación.
El procedimiento de selección constará de las siguientes fases:
Concurso-oposición:
A) Oposición. Consistirá en la resolución por escrito, durante el tiempo que el tribunal señale, de uno o más
supuestos prácticos relacionados con las materias objeto del puesto de trabajo, que será propuesto por el
tribunal en el momento previo a la celebración del examen, conforme al temario de la subescala de
Secretaría- Intervención, que figura en el anexo I de la presente convocatoria
El ejercicio es obligatorio y eliminatorio, resultando eliminados los aspirantes que no alcancen en el ejercicio
la puntuación mínima que se establece en las bases
En las pruebas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados para la realización de la prueba selectiva en llamamiento único, siendo
excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
Consistirá en la resolución por escrito durante el tiempo que el Tribunal señale (al menos 90 minutos) de uno
o más supuestos prácticos, que será propuesto por el Tribunal en el momento previo a la celebración del
examen, relacionados con las materias objeto del puesto de trabajo y conforme al temario completo que
figura en las presentes bases.
Se pueden utilizar los textos legales que el aspirante considere necesario a excepción de aquellos que estén
comentados o contengan formularios.
En la calificación de este ejercicio el Tribunal valorará la capacidad y formación general, la claridad de ideas, la
precisión y rigor en la exposición y la calidad de la expresión escrita y será calificado por el Tribunal de 0 a 10
puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no hayan obtenido una puntuación mínima de 5
puntos.
El orden de calificación definitiva de la fase de oposición estará determinado por la puntuación de los
aspirantes en el conjunto de los ejercicios aprobados.
B) Concurso. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. El Tribunal valorará los méritos de los
aspirantes que hayan superado la fase oposición, dando publicidad del resultado en el lugar de celebración
del ejercicio.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será el de finalización del plazo de presentación de
instancias.
El Tribunal examinará los méritos presentados por los aspirantes y los calificará con arreglo al siguiente
baremo.

BAREMO
1. Por cada mes de servicios prestados por el aspirante con nombramiento interino en puestos reservados en
entidades locales, hasta un máximo de 1 punto.
- Si se trata de puestos reservados a la subescala de Secretaría-Intervención: 0,04 puntos por mes de servicio.
- Si se trata de puestos reservados a la subescala de Secretaría o de Intervención: 0,02 puntos por mes de servicio.

2. Por haber aprobado alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas convocadas por el
Ministerio con competencias en Administraciones Públicas o por la Comunidad Autónoma para el acceso a la
subescala de Secretaría-Intervención: 0,5 puntos por ejercicio con un máximo de 1,50 puntos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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