Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Táliga. Recursos Humanos (Badajoz). (00154/2022)
Convocatoria para la provisión de una plaza de Secretario/a-Interventor/a interino/a del Ayuntamiento de Táliga
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Ayuntamiento de Táliga

Anuncio 154/2022

El órgano de selección encargado de la calificación de las presentes pruebas selectivas estará integrado por cinco miembros
y sus correspondientes suplentes, y cumplirá con lo preceptuado por el artículo 51.1 d) de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura.
Asimismo, este órgano de selección estará compuesto por los siguientes miembros, todos ellos con titulación igual o
superior a la de la plaza convocada y serán personas funcionarias de carrera de las respectivas Administraciones Públicas:
a) Presidencia: será ostentada por una persona funcionaria de igual categoría al puesto que se convoca,
designada a propuesta de la Alcaldía-Presidencia.
b) Vocales, entre los que se encontrarán:
- Una persona funcionaria de la escala de habilitación nacional, subescala de Secretaría-Intervención,
designada a propuesta del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de la
provincia.
- Una persona funcionaria del órgano autonómico competente en materia de Administración Local en
representación de la Junta de Extremadura.
- Una persona funcionaria de carrera de la Diputación de Badajoz designada por la misma, perteneciente al
grupo de titulación correspondiente al puesto, en posesión de alguna de las titulaciones exigidas para el
acceso a la subescala de Secretaría-Intervención.
- Una persona funcionaria de carrera del grupo de titulación del puesto, en posesión de alguna de las
titulaciones exigidas para el acceso al referido puesto.
c) Secretaría: será ostentada por una persona funcionaria nombrada por la Alcaldía-Presidencia de entre
alguno de los vocales.
3.2. El tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o
suplentes, indistintamente, siendo necesaria la presencia de las personas que ostenten la presidencia y la secretaría.
3.3. Las decisiones se adoptarán por mayoría.
3.4. La abstención y recusación de los miembros del tribunal será conforme con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de régimen jurídico del Sector Público, con notificación a la autoridad convocante.
3.5. El tribunal quedará facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios o
medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición, en aquellos aspectos no previstos en estas bases.
IV. Solicitudes.
4.1. Las instancias solicitando formar parte de este proceso selectivo, en la que quienes sean aspirantes manifestarán que
reúnen todas las condiciones exigidas en la base II, se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia y se presentarán en el Registro
General del Ayuntamiento de Táliga, en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto
257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de Registro Único y se regulan las funciones
administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o por cualquiera
de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
4.2. El plazo de presentación de solicitudes será de DIEZ días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de
las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
4.3. Las instancias deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Copia del D.N.I. o del documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante
b) Copia u original de la titulación exigida.
c) Copias u originales de la documentación acreditativa de los méritos alegados por quienes sean aspirantes.
4.4. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como
en la página web institucional de la corporación local, la lista provisional de personas admitidas y excluidas, otorgándose un
plazo de reclamaciones de 5 días hábiles.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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