Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Nava de Santiago. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00132/2022)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del servicio del Centro de Educación Infantil de La Nava de Santiago
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de La Nava de Santiago
Anuncio 132/2022
a) Renuncia voluntaria a la plaza, formulada por escrito y presentada en la Secretaría del Ayuntamiento, por el
padre, tutor o responsable legal del menor.
b) Falta de asistencia al centro durante un mes sin previo aviso ni causa debidamente justificada.
c) Impago de cuotas en el plazo previsto de 2 meses.
d) Inadaptación para permanecer en el centro (apreciada por el director del centro y comisión de valoración).
e) Comprobación de falsedad de datos o documentos aportados.
f) Incumplimiento reiterado del reglamento regulador del centro, pudiendo ser definitiva o temporal, previa
valoración por la Comisión de Valoración.
g) Cierre del centro.
TITULO IV. NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO
Artículo 11.- Del centro.
1.- Todas las actividades realizadas en el centro deberán usar materiales acordes con la actividad y que no
puedan causar daños a los niños.
2.- No podrán ponerse carteles y/o folletos, sin la autorización del centro.
3.- La Comisión de Valoración realizará la coordinación pedagógica y administrativa necesaria para el buen
funcionamiento del centro.
4.- La aparición de un brote de enfermedad transmisible en el centro será comunicada al centro de salud.
5.- En caso de la aparición de fiebre o cualquier otra enfermedad durante la jornada en el centro, los padres,
tutores o representantes legales serán avisados de inmediato.
6.- En circunstancias especiales, se podrá exigir a los inscritos que hayan padecido una enfermedad
transmisible certificado médico acreditativo de haber superado el periodo de transmisión de la misma.
7.- En caso de accidente sobrevenido en el centro, y tras las primeras atenciones, se pondrá dicha
circunstancia en conocimiento de padres, tutores o representantes legales del interesado. A tal efecto, en el
expediente personal figurará el número de las Seguridad Social del que sea beneficiario para poder ser
atendido en los servicios médicos de la misma.
8.- No se hará entrega de ningún niño/a a persona "desconocida". La recogida de los menores solo podrá
realizarse por los padres/madres, tutores o personas debidamente acreditado para ello, asimismo se deberá
comunicar previamente al centro cualquier cambio en este sentido.
9.- El horario del centro será 8:00 a 15:30 horas, de lunes a viernes, salvo en aquellos días declarados como
festivos.
10.- La recepción y recogida de los menores del centro se realizará durante la media hora inmediatamente
después de la apertura (u horario contratado) y a lo largo de la última media hora que precede al cierre de la
misma (u horario contratado).
11.- El horario de visita de los padres será establecido coda curso por el personal responsable de cada grupo,
sin perjuicio del que estos reciban la información necesaria en cada caso concreto. En todo caso, se deberán
respetar los horarios de clase, cualquier consulta se realizará a la salida.
12.- Se establecen dos días de jornada de puertas abiertas, programadas al inicio del curso:
a) El día de la infancia.
b) Abierto de programación.
Artículo 12.- De los alumnos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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a) Renuncia voluntaria a la plaza, formulada por escrito y presentada en la Secretaría del Ayuntamiento, por el
padre, tutor o responsable legal del menor.
b) Falta de asistencia al centro durante un mes sin previo aviso ni causa debidamente justificada.
c) Impago de cuotas en el plazo previsto de 2 meses.
d) Inadaptación para permanecer en el centro (apreciada por el director del centro y comisión de valoración).
e) Comprobación de falsedad de datos o documentos aportados.
f) Incumplimiento reiterado del reglamento regulador del centro, pudiendo ser definitiva o temporal, previa
valoración por la Comisión de Valoración.
g) Cierre del centro.
TITULO IV. NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO
Artículo 11.- Del centro.
1.- Todas las actividades realizadas en el centro deberán usar materiales acordes con la actividad y que no
puedan causar daños a los niños.
2.- No podrán ponerse carteles y/o folletos, sin la autorización del centro.
3.- La Comisión de Valoración realizará la coordinación pedagógica y administrativa necesaria para el buen
funcionamiento del centro.
4.- La aparición de un brote de enfermedad transmisible en el centro será comunicada al centro de salud.
5.- En caso de la aparición de fiebre o cualquier otra enfermedad durante la jornada en el centro, los padres,
tutores o representantes legales serán avisados de inmediato.
6.- En circunstancias especiales, se podrá exigir a los inscritos que hayan padecido una enfermedad
transmisible certificado médico acreditativo de haber superado el periodo de transmisión de la misma.
7.- En caso de accidente sobrevenido en el centro, y tras las primeras atenciones, se pondrá dicha
circunstancia en conocimiento de padres, tutores o representantes legales del interesado. A tal efecto, en el
expediente personal figurará el número de las Seguridad Social del que sea beneficiario para poder ser
atendido en los servicios médicos de la misma.
8.- No se hará entrega de ningún niño/a a persona "desconocida". La recogida de los menores solo podrá
realizarse por los padres/madres, tutores o personas debidamente acreditado para ello, asimismo se deberá
comunicar previamente al centro cualquier cambio en este sentido.
9.- El horario del centro será 8:00 a 15:30 horas, de lunes a viernes, salvo en aquellos días declarados como
festivos.
10.- La recepción y recogida de los menores del centro se realizará durante la media hora inmediatamente
después de la apertura (u horario contratado) y a lo largo de la última media hora que precede al cierre de la
misma (u horario contratado).
11.- El horario de visita de los padres será establecido coda curso por el personal responsable de cada grupo,
sin perjuicio del que estos reciban la información necesaria en cada caso concreto. En todo caso, se deberán
respetar los horarios de clase, cualquier consulta se realizará a la salida.
12.- Se establecen dos días de jornada de puertas abiertas, programadas al inicio del curso:
a) El día de la infancia.
b) Abierto de programación.
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