Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (00029/2022)
Aprobación definitiva del presupuesto general de la Diputación de Badajoz y su sector público provincial para el ejercicio 2022
199 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Delegación de Economía y Hacienda
Anuncio 29/2022
a) Las cajas fijas sólo podrán autorizarse previa justificación detallada y concreta de la necesidad que exigen
su constitución; el Decreto por el que se constituyen autorizará los conceptos concretos sobre las que puede
contraerse gasto, por lo que solo podrán justificarse gastos sobre los que previamente se haya autorizado
este sistema especial de pago, siendo responsable de su justificación el/los habilitado/s que no cumplan esta
exigencia.
b) Sólo se podrá disponer de Una caja fija por área, salvo en el Área de Fomento, por su estructura y volumen,
y en el caso del Área de Recursos Humanos al quedar adscrito a la misma los conductores de vehículos,
donde podrán autorizarse 2 como máximo.
c) Se podrá autorizar la apertura de cajas fijas que con carácter excepcional puedan ser gestionadas para
gastos que repercutan en todas las áreas de Diputación, como los referentes a los gastos de viaje. La
determinación del habilitado se determinará en la correspondiente resolución.
d) Se propondrán preferentemente 2 habilitados, siendo necesariamente funcionarios o laborales fijos y con
carácter general, uno de ellos será el Director del Área correspondiente, salvo que la caja fija se autorizara en
efectivo instrumentalizada en tarjeta monedero, en cuyo caso será un solo habilitado.
e) Caso de cancelarse el anticipo, se cancelará igualmente la cuenta o tarjeta por los habilitados de acuerdo
con la resolución que se emita.
f) En el caso de cambio de alguno de los habilitados autorizados para cada una de las cajas fijas abiertas en
cuentas corrientes restringidas de pagos, será obligatoria la presentación de una cuenta justificativa que
recoja los gastos realizados desde la presentación de la última hasta la fecha de baja de dicho habilitado, con
independencia del tiempo transcurrido desde dicha presentación y el volumen de gastos realizados, con dicha
cuenta se acompañará documento de aceptación de nuevo habilitado para su correspondiente autorización.
Las cajas fijas instrumentalizadas en tarjetas monederos, no cabe la opción de cambio de habilitado
resultando necesario cancelar y en su caso, autorizar nuevo anticipo.
g) Se establece una cuantía máxima individual de 12.000,00 € con un límite de reposiciones de 50.000,00
euros que se aplicará en global al total de las tarjetas monedero en su caso. Estos límites se amplían en los
siguientes casos:
- Caja fija de conductores y otras de fomento, hasta 18.000,00 euros importe de constitución y
70.000,00 euros, importe máximo de reposiciones.
- Caja fija para la adquisición de la energía eléctrica: 1.080.000,00 euros, y el límite de
reposición será el crédito presupuestario total previsto para las Entidades integrantes del
Sector Público Provincial para dicho suministro.
h) No podrá satisfacerse con estos fondos gastos individuales superiores a 600,00 €, salvo la caja fija para la
adquisición de la energía eléctrica cuyo pagos ascenderán al importe de las correspondientes facturas,
además de otras excepciones expresamente autorizadas por las características del propio gasto que se quiere
abordar.
Los modelos relativos a la solicitud de constitución, rendiciones o cancelación del anticipo de caja fija, y la
aceptación de los funcionarios habilitados se encontrarán disponibles en la Intranet Documental de
Diputación.
3.- Cajas fijas en efectivo instrumentalizadas en tarjetas monedero.
Podrán autorizarse cajas fijas en efectivo, instrumentalizadas en tarjetas monedero.
Las tarjetas serán nominativas a favor del habilitado de la caja fija, y con las medidas de seguridad que en cada caso
procedan.
Los ingresos en estas tarjetas procederán exclusivamente de la cuenta operativa de diputación a la que está asociada, con
los fondos indicados en la autorización o reposición del Anticipo de Caja Fija o, los derivados de devoluciones de pagos
erróneos.
Cada habilitado tendrá acceso independiente a la banca electrónica para la consulta de movimientos de su tarjeta. Las
tarjetas serán de débito, de manera que su saldo será siempre acreedor o cero.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 62 de 199
Anuncio 29/2022
a) Las cajas fijas sólo podrán autorizarse previa justificación detallada y concreta de la necesidad que exigen
su constitución; el Decreto por el que se constituyen autorizará los conceptos concretos sobre las que puede
contraerse gasto, por lo que solo podrán justificarse gastos sobre los que previamente se haya autorizado
este sistema especial de pago, siendo responsable de su justificación el/los habilitado/s que no cumplan esta
exigencia.
b) Sólo se podrá disponer de Una caja fija por área, salvo en el Área de Fomento, por su estructura y volumen,
y en el caso del Área de Recursos Humanos al quedar adscrito a la misma los conductores de vehículos,
donde podrán autorizarse 2 como máximo.
c) Se podrá autorizar la apertura de cajas fijas que con carácter excepcional puedan ser gestionadas para
gastos que repercutan en todas las áreas de Diputación, como los referentes a los gastos de viaje. La
determinación del habilitado se determinará en la correspondiente resolución.
d) Se propondrán preferentemente 2 habilitados, siendo necesariamente funcionarios o laborales fijos y con
carácter general, uno de ellos será el Director del Área correspondiente, salvo que la caja fija se autorizara en
efectivo instrumentalizada en tarjeta monedero, en cuyo caso será un solo habilitado.
e) Caso de cancelarse el anticipo, se cancelará igualmente la cuenta o tarjeta por los habilitados de acuerdo
con la resolución que se emita.
f) En el caso de cambio de alguno de los habilitados autorizados para cada una de las cajas fijas abiertas en
cuentas corrientes restringidas de pagos, será obligatoria la presentación de una cuenta justificativa que
recoja los gastos realizados desde la presentación de la última hasta la fecha de baja de dicho habilitado, con
independencia del tiempo transcurrido desde dicha presentación y el volumen de gastos realizados, con dicha
cuenta se acompañará documento de aceptación de nuevo habilitado para su correspondiente autorización.
Las cajas fijas instrumentalizadas en tarjetas monederos, no cabe la opción de cambio de habilitado
resultando necesario cancelar y en su caso, autorizar nuevo anticipo.
g) Se establece una cuantía máxima individual de 12.000,00 € con un límite de reposiciones de 50.000,00
euros que se aplicará en global al total de las tarjetas monedero en su caso. Estos límites se amplían en los
siguientes casos:
- Caja fija de conductores y otras de fomento, hasta 18.000,00 euros importe de constitución y
70.000,00 euros, importe máximo de reposiciones.
- Caja fija para la adquisición de la energía eléctrica: 1.080.000,00 euros, y el límite de
reposición será el crédito presupuestario total previsto para las Entidades integrantes del
Sector Público Provincial para dicho suministro.
h) No podrá satisfacerse con estos fondos gastos individuales superiores a 600,00 €, salvo la caja fija para la
adquisición de la energía eléctrica cuyo pagos ascenderán al importe de las correspondientes facturas,
además de otras excepciones expresamente autorizadas por las características del propio gasto que se quiere
abordar.
Los modelos relativos a la solicitud de constitución, rendiciones o cancelación del anticipo de caja fija, y la
aceptación de los funcionarios habilitados se encontrarán disponibles en la Intranet Documental de
Diputación.
3.- Cajas fijas en efectivo instrumentalizadas en tarjetas monedero.
Podrán autorizarse cajas fijas en efectivo, instrumentalizadas en tarjetas monedero.
Las tarjetas serán nominativas a favor del habilitado de la caja fija, y con las medidas de seguridad que en cada caso
procedan.
Los ingresos en estas tarjetas procederán exclusivamente de la cuenta operativa de diputación a la que está asociada, con
los fondos indicados en la autorización o reposición del Anticipo de Caja Fija o, los derivados de devoluciones de pagos
erróneos.
Cada habilitado tendrá acceso independiente a la banca electrónica para la consulta de movimientos de su tarjeta. Las
tarjetas serán de débito, de manera que su saldo será siempre acreedor o cero.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 62 de 199