Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (00029/2022)
Aprobación definitiva del presupuesto general de la Diputación de Badajoz y su sector público provincial para el ejercicio 2022
199 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Delegación de Economía y Hacienda
Anuncio 29/2022
Objeto: Para dar cumplimiento a lo contemplado en el artículo 31 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad financiera, se crea un Fondo de contingencia, que se destinará cuando
proceda, para la atención de necesidades imprevistas, inaplazables y no discrecionales para las que no exista crédito
presupuestario o el previsto resulte insuficiente.
Aplicación presupuestaria e importe: La aplicación presupuestaria de imputación, será la 170/929.00/500.00 y su
importe se establece en 100.000,00 €.
Operativa: La necesidad de la utilización del Fondo de Contingencia, requerirá:
1. Propuesta de la Dirección del Área afectada con visto bueno del Diputado delegado, explicativa de las circunstancias que
ocasionan la necesidad de atención del gasto según el apartado "1", y la imposibilidad de que su financiación se realice
mediante modificación presupuestaria ordinaria.
2. Propuesta técnica de utilización del Fondo por parte de la Dirección del Área económica, que avale la excepcionalidad,
inaplazabilidad y no discrecionalidad, calificando el tipo de modificación que se requiera con el visto bueno de la delegación
política visada por el presidente de la entidad.
3. Decreto de incoación de expediente de modificación financiada con Fondo de Contingencia.
4. Fiscalización favorable de la Intervención, y tramitación según tipo de modificación que se trate. Dicha modificación podrá
ser:
1. Transferencia de créditos.
2. Créditos extraordinarios o suplemento de créditos.
Dación de cuentas al Pleno de la utilización de dicho Fondo.
En ningún caso podrá utilizarse el Fondo para financiar modificaciones destinadas a dar cobertura a gastos o
actuaciones que deriven de decisiones discrecionales de la Administración, que carezcan de cobertura
presupuestaria.
En el caso de que la Diputación o entes dependientes, se acoja a la medida regulada en la DA1ª "Financiación de la
ejecución de sentencias firmes por parte de las Entidades Locales" de la Ley Orgánica 6/2015 de 12 de Junio, estará
obligada a dotar en el proyecto de presupuesto general del ejercicio 2022, el Fondo de Contingencia de ejecución
presupuestaria por una cuantía equivalente al 1 por ciento de sus gastos no financieros con el fin de atender posibles
obligaciones de pago derivadas de futuras sentencias firmes que dicten los Tribunales de Justicia o necesidades
imprevistas e inaplazables.
SECCIÓN SEGUNDA.- Del presupuesto general.
Base 8ª. El presupuesto general
El presupuesto general, para el ejercicio, está integrado por:
1.- El presupuesto de la entidad general queda cifrado en 180.370.000,00 € tanto en su Estado de Ingresos como en su
Estado de Gastos.
2.- El presupuesto del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR) queda cifrado por importe de 15.515.000,00 € tanto en
su Estado de Ingresos como en su estado de Gastos.
3.- El Organismo Autónomo Patronato de la Escuela de Tauromaquia (PT) presenta un Presupuesto que se cifra en su Estado
de Gastos e Ingresos en 962.650,00 euros.
Una vez efectuada la correspondiente consolidación, sin tener en cuenta los consorcios, de conformidad con lo establecido
en el art. 115 y siguientes del RD. 500/90, en relación con el art. 166, apartado 1 c) del RD Legislativo 2/2004, el presupuesto
general queda nivelado en su Estado de Ingresos y Gastos en 196.847.650,00 euros.
El presupuesto de los Consorcios que forman parte del sector público provincial está formado por:
1.- El presupuesto de Consorcio Provincial de Extinción de Incendios (CPEI) se cifra en su estado de ingresos y gastos en
19.820.000,00 euros.
2.- El consorcio de servicios medioambientales PROMEDIO presenta un presupuesto en sus estados de ingresos y gastos de
41.174.000,00 euros.
La consolidación en contabilidad nacional arroja un presupuesto total de 257.841.650,00 euros.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 15 de 199
Anuncio 29/2022
Objeto: Para dar cumplimiento a lo contemplado en el artículo 31 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad financiera, se crea un Fondo de contingencia, que se destinará cuando
proceda, para la atención de necesidades imprevistas, inaplazables y no discrecionales para las que no exista crédito
presupuestario o el previsto resulte insuficiente.
Aplicación presupuestaria e importe: La aplicación presupuestaria de imputación, será la 170/929.00/500.00 y su
importe se establece en 100.000,00 €.
Operativa: La necesidad de la utilización del Fondo de Contingencia, requerirá:
1. Propuesta de la Dirección del Área afectada con visto bueno del Diputado delegado, explicativa de las circunstancias que
ocasionan la necesidad de atención del gasto según el apartado "1", y la imposibilidad de que su financiación se realice
mediante modificación presupuestaria ordinaria.
2. Propuesta técnica de utilización del Fondo por parte de la Dirección del Área económica, que avale la excepcionalidad,
inaplazabilidad y no discrecionalidad, calificando el tipo de modificación que se requiera con el visto bueno de la delegación
política visada por el presidente de la entidad.
3. Decreto de incoación de expediente de modificación financiada con Fondo de Contingencia.
4. Fiscalización favorable de la Intervención, y tramitación según tipo de modificación que se trate. Dicha modificación podrá
ser:
1. Transferencia de créditos.
2. Créditos extraordinarios o suplemento de créditos.
Dación de cuentas al Pleno de la utilización de dicho Fondo.
En ningún caso podrá utilizarse el Fondo para financiar modificaciones destinadas a dar cobertura a gastos o
actuaciones que deriven de decisiones discrecionales de la Administración, que carezcan de cobertura
presupuestaria.
En el caso de que la Diputación o entes dependientes, se acoja a la medida regulada en la DA1ª "Financiación de la
ejecución de sentencias firmes por parte de las Entidades Locales" de la Ley Orgánica 6/2015 de 12 de Junio, estará
obligada a dotar en el proyecto de presupuesto general del ejercicio 2022, el Fondo de Contingencia de ejecución
presupuestaria por una cuantía equivalente al 1 por ciento de sus gastos no financieros con el fin de atender posibles
obligaciones de pago derivadas de futuras sentencias firmes que dicten los Tribunales de Justicia o necesidades
imprevistas e inaplazables.
SECCIÓN SEGUNDA.- Del presupuesto general.
Base 8ª. El presupuesto general
El presupuesto general, para el ejercicio, está integrado por:
1.- El presupuesto de la entidad general queda cifrado en 180.370.000,00 € tanto en su Estado de Ingresos como en su
Estado de Gastos.
2.- El presupuesto del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR) queda cifrado por importe de 15.515.000,00 € tanto en
su Estado de Ingresos como en su estado de Gastos.
3.- El Organismo Autónomo Patronato de la Escuela de Tauromaquia (PT) presenta un Presupuesto que se cifra en su Estado
de Gastos e Ingresos en 962.650,00 euros.
Una vez efectuada la correspondiente consolidación, sin tener en cuenta los consorcios, de conformidad con lo establecido
en el art. 115 y siguientes del RD. 500/90, en relación con el art. 166, apartado 1 c) del RD Legislativo 2/2004, el presupuesto
general queda nivelado en su Estado de Ingresos y Gastos en 196.847.650,00 euros.
El presupuesto de los Consorcios que forman parte del sector público provincial está formado por:
1.- El presupuesto de Consorcio Provincial de Extinción de Incendios (CPEI) se cifra en su estado de ingresos y gastos en
19.820.000,00 euros.
2.- El consorcio de servicios medioambientales PROMEDIO presenta un presupuesto en sus estados de ingresos y gastos de
41.174.000,00 euros.
La consolidación en contabilidad nacional arroja un presupuesto total de 257.841.650,00 euros.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 15 de 199