Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Fomento (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05653/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del centro de día de Alzheimer de Villanueva de la Serena
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 5653/2021
d) Beneficiarse de actividades encaminadas a la prevención de la enfermedad y a Ia promoción de la salud,
con acceso a asistencia sanitaria.
e) Beneficiarse de los servicios y prestaciones que tengan reconocidos y concedidas para la atención al
residente en el ámbito del centro, en las condiciones reglamentarias que se determinan.
f) Respeto a los derechos individuales fundamentales, con especial referencia a la intimidad y a la expresión
de sus ideas políticas y religiosas.
g) La cuota mensual que el residente satisface da derecho a los servicios concedidos o contratados propios
del centro.
No se incluyen en el precio los siguientes servicios:
Los prestados por profesionales ajenos (podólogos, peluqueros).
Medios de transporte (transporte adaptado, taxi, autobuses).
Otros gastos de carácter personal (útiles de aseo).
Medicamentos, apósitos y tratamientos no financiados por la Seguridad Social.
h) Confidencialidad en el diagnóstico y tratamiento, y derecho a una asistencia integral basada en una ética
profesional.
B.2. DEBERES.
Son deberes de los usuarios:
a) Designar a una persona cuidadora de hecho como responsable de velar por el cumplimiento de los
derechos y deberes de la persona usuaria, así como de los suyos propios, en caso de no existir tutor legal.
b) Abonar el importe establecido por la prestación recibida, en los plazos y condiciones pactadas a su ingreso
en el centro, según la tarifa de precios vigente en cada momento.
c) Conocer y cumplir las normas que rijan el funcionamiento interno del centro.
d) Respetar el buen uso de las instalaciones del centro y colaborar en su mantenimiento.
e) Mantener un comportamiento correcto en sus relaciones con los trabajadores del centro.
f) Dar continuidad a las pautas terapéuticas que se establezcan, que puedan servir de apoyo en el trato con la
persona usuaria y facilitar la planificación de las actividades de la vida diaria en el domicilio.
g) Guardar las normas de convivencia y respeto mutuo dentro del centro y en cualquier otro lugar relacionado
con sus actividades.
h) Poner en conocimiento de los órganos de gestión y representación del centro las anomalías o
irregularidades que se observen en el mismo.
i) Si el usuario, de manera puntual, dejara de asistir al centro por cualquier motivo, el familiar deberá informar
a la dirección del centro con 48 horas de antelación a la reincorporación al mismo.
j) Guardar las normas básicas de higiene y aseo, tanto personales como en las dependencias del
establecimiento.
k) Respetar los horarios establecidos, tanto de recogida como de regreso de la persona usuaria.
La recogida y regreso de la persona usuaria con servicio de transporte se hará siempre en un único domicilio
designado previamente.
Las personas usuarias deberán estar esperando, ya preparadas, en la puerta de su domicilio, en el horario
indicado de recogida, siempre y cuando se tenga contratado el servicio de transporte.
Si durante la recogida de la persona usuaria el profesional del transporte observara que el estado de salud de
la persona usuaria no es el habitual (agitación, mareos, estados febriles, agresividad, caídas…), tendrá la
potestad de no recogerla.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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d) Beneficiarse de actividades encaminadas a la prevención de la enfermedad y a Ia promoción de la salud,
con acceso a asistencia sanitaria.
e) Beneficiarse de los servicios y prestaciones que tengan reconocidos y concedidas para la atención al
residente en el ámbito del centro, en las condiciones reglamentarias que se determinan.
f) Respeto a los derechos individuales fundamentales, con especial referencia a la intimidad y a la expresión
de sus ideas políticas y religiosas.
g) La cuota mensual que el residente satisface da derecho a los servicios concedidos o contratados propios
del centro.
No se incluyen en el precio los siguientes servicios:
Los prestados por profesionales ajenos (podólogos, peluqueros).
Medios de transporte (transporte adaptado, taxi, autobuses).
Otros gastos de carácter personal (útiles de aseo).
Medicamentos, apósitos y tratamientos no financiados por la Seguridad Social.
h) Confidencialidad en el diagnóstico y tratamiento, y derecho a una asistencia integral basada en una ética
profesional.
B.2. DEBERES.
Son deberes de los usuarios:
a) Designar a una persona cuidadora de hecho como responsable de velar por el cumplimiento de los
derechos y deberes de la persona usuaria, así como de los suyos propios, en caso de no existir tutor legal.
b) Abonar el importe establecido por la prestación recibida, en los plazos y condiciones pactadas a su ingreso
en el centro, según la tarifa de precios vigente en cada momento.
c) Conocer y cumplir las normas que rijan el funcionamiento interno del centro.
d) Respetar el buen uso de las instalaciones del centro y colaborar en su mantenimiento.
e) Mantener un comportamiento correcto en sus relaciones con los trabajadores del centro.
f) Dar continuidad a las pautas terapéuticas que se establezcan, que puedan servir de apoyo en el trato con la
persona usuaria y facilitar la planificación de las actividades de la vida diaria en el domicilio.
g) Guardar las normas de convivencia y respeto mutuo dentro del centro y en cualquier otro lugar relacionado
con sus actividades.
h) Poner en conocimiento de los órganos de gestión y representación del centro las anomalías o
irregularidades que se observen en el mismo.
i) Si el usuario, de manera puntual, dejara de asistir al centro por cualquier motivo, el familiar deberá informar
a la dirección del centro con 48 horas de antelación a la reincorporación al mismo.
j) Guardar las normas básicas de higiene y aseo, tanto personales como en las dependencias del
establecimiento.
k) Respetar los horarios establecidos, tanto de recogida como de regreso de la persona usuaria.
La recogida y regreso de la persona usuaria con servicio de transporte se hará siempre en un único domicilio
designado previamente.
Las personas usuarias deberán estar esperando, ya preparadas, en la puerta de su domicilio, en el horario
indicado de recogida, siempre y cuando se tenga contratado el servicio de transporte.
Si durante la recogida de la persona usuaria el profesional del transporte observara que el estado de salud de
la persona usuaria no es el habitual (agitación, mareos, estados febriles, agresividad, caídas…), tendrá la
potestad de no recogerla.
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