Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Fomento (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05662/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de protección de datos
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

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Ejercicio por correo electrónico firmado digitalmente
dpdaytos@dip-badajoz.es
La persona solicitante deberá adjuntar la firma electrónica que lo identifique. En caso de que la solicitud la
presente el representante legal de la persona titular de los datos, deberá igualmente acreditar dicha
representación. También será necesario acompañar documentación acreditativa de la petición que formula,
en caso que la tenga y se estime necesario.
Estas solicitudes se responderán según las condiciones generales para la práctica de las notificaciones
reguladas en el art. 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, al igual que lo establecido en el apartado primero de este artículo.
Por otra parte, desde el correo de dpdaytos@dip-badajoz.es se remitirá al Ayuntamiento a través de alguno
de los registros válidos recogidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
"a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes
registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Los registros electrónicos de todas y cada una de las Administraciones, deberán ser plenamente
interoperables, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la
transmisión telemática de los asientos registrales y de los documentos que se presenten en cualquiera de los
registros".
Ejercicio por medio de solicitud presentada de forma electrónica
A través de la web de la sede electrónica del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
(https://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es/privacy.1) es posible tramitar solicitudes de ejercicio de
derechos. Estas solicitudes se tramitarán a través de esta plataforma electrónica y deberá revisarse que las
mismas lleven adjuntas la documentación que fuera necesaria, especialmente en el caso de que la solicitud la
presente el representante legal de la persona titular de los datos deberá igualmente acreditar dicha
representación.
Ejercicio por medio de atención telefónica
En cuanto a las personas que solicitan el ejercicio de alguno de sus derechos mediante vía telefónica, no se
facilitará en ningún caso información relativa a datos personales.
Se les informará sobre la necesidad de ejercer sus derechos por una de las vías citadas anteriormente.
10. TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE EJERCICIO DE DERECHOS SEGÚN EL TIPO DE DERECHOS
10.1. Derecho de acceso
10.1.1. Procedimiento
Verificar que la solicitud reúne los requisitos exigidos en el apartado 9.1.1 "Requisitos". Si una vez revisada la solicitud se
detecta la falta de alguno de los requisitos establecidos, se informará a la persona para que proceda su subsanación.
Esta comunicación se realizará según las condiciones generales para la práctica de las notificaciones reguladas en el art. 41
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al igual que
lo establecido en el apartado primero del art. 9.1. de este Reglamento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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