Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campillo de Llerena. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (05645/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento interno de la residencia mixta de mayores de Campillo de Llerena
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Ayuntamiento de Campillo de Llerena

Anuncio 5645/2021

Artículo 33.º.- La ropa será marcada por el residente antes de la entrada en el centro, para la correcta identificación de la
misma. Se recomienda que el vestuario sea renovado una vez al año. Los gastos que se deriven de la renovación correrán a
cargo del usuario, así como los desperfectos que sufra la ropa por su uso y manipulación.
Artículo 34.º.- Para una buena higiene corporal se les recuerda que se duchen los días que les corresponda.
Será obligatorio para cada uno de los usuarios el cambio diario de ropa interior, dejándola visible para que se hagan cargo
las los Auxiliares para su limpieza.
Artículo 35.º.- En caso de que el Residente no disponga de cobertura sanitaria (Seguridad Social, Aseguradora, Mutualidad,
etc.), serán de su cuenta los gastos médicos que precisa, transporte en ambulancia, gastos de internamiento en centros
Hospitalarios, radiografías, consultas externas, etc. En caso de traslado, si la familia no pudiera acompañar al usuario, se
dispondrá de un acompañamiento organizado por el centro, haciéndose cargo la familia, o el usuario, de los gastos
originados por tal motivo.
Artículo 36.º.- Los residentes deberán comunicar a la Dirección del centro, cualquier demora en el pago por la estancia de las
mensualidades, indicando las causas de dicha demora.
CAPÍTULO III.
DE LOS HORARIOS:
Artículo 37.º.- Dado el carácter del servicio permanente que efectúa el centro, su horario de funcionamiento es de
veinticuatro horas, las puertas del centro permanecerán cerradas de 23:00 horas a 8:00 horas de la mañana en invierno y de
24:00 horas 8:00 horas durante el verano. Si por cualquier causa Vd. debiera regresar más tarde, deberá comunicarlo al
personal auxiliar del centro.
Artículo 38.º.- Todos los residentes tendrán derecho a recibir visitas dentro del horario establecido para ello, así como
llamadas telefónicas siempre que no interfieran en el buen funcionamiento del centro; en tal sentido, la Dirección del centro
fijará unos horarios de visitas y de recepción de llamadas telefónicas, que serán lo más amplio posibles. Se recibirá en las
zonas comunes y en las habitaciones, dependiendo del estado del usuario.
CAPÍTULO IV.
DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA:
Artículo 39.º.- En las zonas comunes (comedor, sala de estar, etc.), se estará con ropa de calle.
Artículo 40.º.- Cualquier objeto que se encuentre entréguelo en Recepción inmediatamente, por tanto, si usted ha perdido
algo diríjase a Recepción.
Artículo 41.º.- Está totalmente prohibido entregar propinas al personal y trabajadores del centro.
Artículo 42.º.- La corriente del centro es de 220 V.; antes de utilizar cualquier aparato cerciórese de que el voltaje es el
adecuado.
Artículo 43.º.- Cuide de que en cada momento sólo permanezcan encendidas aquellas luces que son necesarias y colabore
en apagar las que no lo son.
Artículo 44.º.- Procure no utilizar las zonas comunes durante las horas de limpieza, con el fin de facilitar las tareas
encomendadas a este personal.
Artículo 45.º.- Las puertas del centro permanecerán cerradas de 23:00 h a 8:00 h de la mañana. Si por cualquier causa usted
debiera regresar más tarde, deberá comunicarlo en recepción.
Artículo 46.º.- Si por cualquier causa pernoctase fuera del centro, deberá comunicarlo en recepción con un día, al menos, de
antelación.
Artículo 47.º.- Los residentes no podrán salir del centro sin comunicarlo a la Dirección, y si así fuera, el centro quedará
eximido de toda responsabilidad judicial y penal con respecto al residente.
Artículo 48.º.- Tanto el resto de los residentes, como los trabajadores del centro, merecen su respeto y consideración;
cuando se dirija a ellos, hágalo con amabilidad.
Artículo 49.º.- Cuando tenga algún problema con su compañero de habitación u otro usuario o trabajador del centro,
procure evitar cualquier tipo de enfrentamiento; póngalo en conocimiento de la Trabajadora Social del centro, no a los las
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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