Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (05550/2021)
Aprobación de trece cartas de servicios de varias unidades administrativas de la Diputación de Badajoz
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Anuncio 5550/2021
9. Resolver la convocatoria de dotación de fondos bibliográficos y audiovisuales, al menos, 15 días antes del
plazo oficial de vencimiento publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Indicador: N.º de días previos al vencimiento en que se publica la resolución de la convocatoria.
10. Realizar como mínimo 20 actividades diversas de fomento de la lectura durante el año.
Indicador: N.º de actividades de fomento de la lectura realizadas anualmente.
11. Tramitar y resolver la entrega de lotes de libros una vez recibida la solicitud en el plazo máximo de 7 días.
Indicador: Tiempo medio de resolución de las solicitudes de lotes de libros recibidas.
12. Tramitar y resolver la entrega de material fungible una vez recibida la solicitud en el plazo máximo de 10
días.
Indicador: Tiempo medio de resolución de las solicitudes de material fungible
13. Establecer, al menos, 10 espacios NUBETECA al año.
Indicador: N.º de espacios NUBETECA instalados anualmente.
14. Realizar, al menos, 3 actividades formativas anuales dirigidas al personal que trabaja en las bibliotecas
públicas municipales o salas de lectura.
Indicador: N.º de actividades formativas realizadas anualmente.
15. Incorporar contenidos digitales a la plataforma ODILOT en, al menos, 150 títulos nuevos con carácter
anual.
Indicador: N.º de nuevos títulos incorporados a la plataforma ODILOT anualmente.
6. DERECHOS DE LAS PERSONAS Y ENTIDADES USUARIAS
A identificar al personal integrado en el Servicio Provincial de Bibliotecas.
A ser tratadas con respeto y deferencia por el personal del Servicio en relación con los servicios que se
prestan.
A ser informadas en términos comprensibles y ser atendidas de forma personalizada.
A obtener la información requerida de manera eficaz y eficiente.
A recibir la información, orientación y gestión solicitada de manera presencial, telefónica, informática o
telemática, todo ello debidamente regulado por el propio Servicio.
A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así
corresponda legalmente.
A formular iniciativas y sugerencias que puedan contribuir a mejorar el funcionamiento del Servicio.
A formular reclamaciones y quejas que puedan dar lugar a demoras, desatenciones u otras anomalías
que se observen en el funcionamiento del Servicio Provincial de Bibliotecas en relación con los
servicios que se apuntan.
A la protección de sus datos de carácter personal y que sean empleados con carácter único y exclusivo
para los fines previstos en el ámbito administrativo.
7. QUEJAS Y RECLAMACIONES. INICIATIVAS Y SUGERENCIAS.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados por el Servicio Provincial de Bibliotecas podrán presentar sus
quejas y reclamaciones sobre el funcionamiento del servicio, en los lugares y en la forma que se señalan a continuación:
A través de la Sede Electrónica, con los medios de identificación y firma previstos en la misma,
accediendo al siguiente enlace sin firma electrónica: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=qsy con
firma
electrónica:
https://eadministracion.dip-badajoz.es/portal/noEstatica.do?opc_id=190&asu_mod_cod=133&asu_cod
=134&asunto=186&aplcorreo=4&pes_cod=-2
De forma presencial, mediante el formulario disponible en la Oficina de Atención a la Ciudadanía.
Mediante correo postal dirigido a las oficinas del Servicio Provincial de Bibliotecas o presentado en la
Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación de Badajoz o en cualquiera de las formas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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9. Resolver la convocatoria de dotación de fondos bibliográficos y audiovisuales, al menos, 15 días antes del
plazo oficial de vencimiento publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Indicador: N.º de días previos al vencimiento en que se publica la resolución de la convocatoria.
10. Realizar como mínimo 20 actividades diversas de fomento de la lectura durante el año.
Indicador: N.º de actividades de fomento de la lectura realizadas anualmente.
11. Tramitar y resolver la entrega de lotes de libros una vez recibida la solicitud en el plazo máximo de 7 días.
Indicador: Tiempo medio de resolución de las solicitudes de lotes de libros recibidas.
12. Tramitar y resolver la entrega de material fungible una vez recibida la solicitud en el plazo máximo de 10
días.
Indicador: Tiempo medio de resolución de las solicitudes de material fungible
13. Establecer, al menos, 10 espacios NUBETECA al año.
Indicador: N.º de espacios NUBETECA instalados anualmente.
14. Realizar, al menos, 3 actividades formativas anuales dirigidas al personal que trabaja en las bibliotecas
públicas municipales o salas de lectura.
Indicador: N.º de actividades formativas realizadas anualmente.
15. Incorporar contenidos digitales a la plataforma ODILOT en, al menos, 150 títulos nuevos con carácter
anual.
Indicador: N.º de nuevos títulos incorporados a la plataforma ODILOT anualmente.
6. DERECHOS DE LAS PERSONAS Y ENTIDADES USUARIAS
A identificar al personal integrado en el Servicio Provincial de Bibliotecas.
A ser tratadas con respeto y deferencia por el personal del Servicio en relación con los servicios que se
prestan.
A ser informadas en términos comprensibles y ser atendidas de forma personalizada.
A obtener la información requerida de manera eficaz y eficiente.
A recibir la información, orientación y gestión solicitada de manera presencial, telefónica, informática o
telemática, todo ello debidamente regulado por el propio Servicio.
A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así
corresponda legalmente.
A formular iniciativas y sugerencias que puedan contribuir a mejorar el funcionamiento del Servicio.
A formular reclamaciones y quejas que puedan dar lugar a demoras, desatenciones u otras anomalías
que se observen en el funcionamiento del Servicio Provincial de Bibliotecas en relación con los
servicios que se apuntan.
A la protección de sus datos de carácter personal y que sean empleados con carácter único y exclusivo
para los fines previstos en el ámbito administrativo.
7. QUEJAS Y RECLAMACIONES. INICIATIVAS Y SUGERENCIAS.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados por el Servicio Provincial de Bibliotecas podrán presentar sus
quejas y reclamaciones sobre el funcionamiento del servicio, en los lugares y en la forma que se señalan a continuación:
A través de la Sede Electrónica, con los medios de identificación y firma previstos en la misma,
accediendo al siguiente enlace sin firma electrónica: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=qsy con
firma
electrónica:
https://eadministracion.dip-badajoz.es/portal/noEstatica.do?opc_id=190&asu_mod_cod=133&asu_cod
=134&asunto=186&aplcorreo=4&pes_cod=-2
De forma presencial, mediante el formulario disponible en la Oficina de Atención a la Ciudadanía.
Mediante correo postal dirigido a las oficinas del Servicio Provincial de Bibliotecas o presentado en la
Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación de Badajoz o en cualquiera de las formas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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