Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (05436/2021)
Aprobación definitiva del Plan Parcial y Norma Urbanísticas del sector SUB-CC-6.1.5
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Secretaría General

Anuncio 5436/2021

En particular, el Proyecto de urbanización del vial general incluirá en su contenido la
documentación complementaria relativa a la definición planimétrica y altimétrica del vial desde
la carretera de Olivenza hasta el Sector colindante SUB-CC-6.1-4.
Asimismo, contendrá el trazado y características del colector general de saneamiento ejecutado
recientemente para la evacuación del efluente de la vertiente este del sector, de acuerdo con el proyecto de
"saneamiento y depuración de aguas residuales en Vegas Bajas. Colector de la carretera de Olivenza EX-107 a
la margen izquierda del río Guadiana" en el que se incluye, y la descripción esquemática de las redes
generales de los restantes servicios infraestructurales vinculados al mismo y, también, el trazado de la
reconducción subterránea de la línea de transporte de energía eléctrica en AT desde la subestación de Santa
Marina.
El Proyecto de urbanización relativo a los sistemas locales del Sector incorporará a su contenido general el
diseño detallado de cada área integrante de los sistemas de espacios libres, así como la definición
constructiva de los pabellones destinados a albergar los centros de transformación de energía eléctrica y las
dependencias de mantenimiento de la red viaria y espacios libres.
El contenido y alcance documental de los proyectos de edificación serán los expresamente especificados en el
correspondiente articulado de las normas urbanísticas del planeamiento general municipal.
Artículo 2.5.- Proyectos de actuaciones singulares.
La ordenación espacial y composición edificatoria de las actuaciones caracterizadas por su singularidad tipológica o
específica, o por su relevante entidad o dimensión, se llevará a efecto mediante la formulación y aprobación del
correspondiente Proyecto de actuación singular, cuya formación será preceptiva en los siguientes supuestos:
- Como documento complementario de los estudios de detalle cuya finalidad sea la ordenación o
reordenación de volúmenes.
- Como documento definitorio de actuaciones edificatorias que desarrollen el tipo de edificación singular.
- Cuando los promotores interesados propongan actuaciones que pretendan alterar las condiciones
previamente aprobadas para la composición formal de los edificios.
- En cualquier otro caso en que el Ayuntamiento, de oficio o a instancia de parte, lo considere conveniente.
El desarrollo de cada proyecto de actuación singular requerirá la previa aprobación municipal del pertinente Anteproyecto, y
su contenido documental será el estipulado al respecto en la normativa urbanística del Plan General.
CAPÍTULO III.- CONDICIONES GENERALES DE URBANIZACIÓN
Artículo 3.1.- Condiciones comunes a todos los servicios.
Normativa de obligado cumplimiento.

- Además de las condiciones reguladas en este capítulo, tanto en la proyección como en la
ejecución de los elementos integrantes de las distintas redes y servicios, se observarán las
prescripciones establecidas en la legislación Sectorial específica que le sea de aplicación, en las
normas urbanísticas del Plan general municipal, y en las ordenanzas de Policía de la
Urbanización del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz.

Obras a incluir en el Proyecto de Urbanización.

- El Proyecto de Urbanización a formular para la materialización de la ordenación Sectorial
establecida en el Plan parcial definirá el trazado, características y evaluación económica de la
totalidad de las obras a realizar para la ejecución de las infraestructura básica y
complementaria de cada red o servicio, conforme a la relación pormenorizada de aquéllas que
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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