Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (05436/2021)
Aprobación definitiva del Plan Parcial y Norma Urbanísticas del sector SUB-CC-6.1.5
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Secretaría General
Anuncio 5436/2021
- Los estudios de detalle relativos al establecimiento o reajuste de alineaciones y rasantes definirán al ámbito
físico del área afectada por sus determinaciones, y su formulación deberá quedar avalada por el número de
titulares cuya propiedad represente más del 50% del suelo privado incluido en el área afectada.
- El ámbito de los estudios de detalle cuyo objetivo sea el establecimiento de la ordenación detallada en las
manzanas M 5.0 a M 5.9 y M EQ 5.1 a M EQ 5.7 será como mínimo el correspondiente a una manzana
completa, y su formulación deberá quedar avalada por la totalidad de los titulares propietarios de las
manzanas incluidas en el ámbito del estudio.
El contenido de cada Estudio quedará sujeto a las condiciones de uso y aprovechamiento que para cada manzana
respectivas se señalan en el plano de ordenación 0.2.2.
- El ámbito mínimo de los estudios de detalle referentes a la reordenación volumétrica de las manzanas y
submanzanas resultantes de la ordenación detallada estará constituido también por una manzana o
submanzana completa, aun cuando la reordenación propuesta no afecte a la totalidad de la misma, y su
formulación quedará avalada por la totalidad de los propietarios titulares de la superficie de la manzana o
submanzana afectada por la reordenación.
Artículo 2.3.- Gestión del plan parcial.
- La Unidad de actuación única delimitada en el presente el Plan parcial comprende la total superficie del
Sector SUB-CC-6.1-5, incluyéndose en la misma los terrenos a ocupar por los sistemas generales adscritos a
dicho Sector en el planeamiento general.
- La modalidad de gestión a adoptar para el desarrollo de la ordenación en la Unidad delimitada será la
correspondiente a la forma de gestión indirecta y sistema de ejecución por compensación.
- La instrumentación de la gestión se llevará a efecto mediante la formulación del Proyecto de reparcelación,
voluntaria o forzosa, de todas las fincas incluidas en la unidad, con la excepción de la superficie ocupada por
los sistemas públicos ya existentes.
- El contenido y alcance documental del proyecto de reparcelación a formular se remitirán a lo establecido al
respecto en la Ley del suelo y OT de Extremadura, y reglamentos que la desarrollen.
Artículo 2.4.- Ejecución del plan parcial.
La materialización de la ordenación establecida en el Plan parcial se realizará mediante la formulación y desarrollo de los
siguientes instrumentos de ejecución:
- Programa de ejecución de la actuación urbanizadora, integrado por el presente Plan parcial y la
documentación complementaria y, en su caso, anteproyecto de urbanización adjuntos al mismo.
- Proyecto de urbanización del vial general SG-G (avenida Príncipe de Asturias) y su semi-glorieta ROT-5 a
ejecutar por el Ayuntamiento de Badajoz y sufragado por los propietarios de las fincas que componen el
Sector.
- Proyecto de urbanización de la unidad de actuación delimitada en el Plan parcial (con excepción del terreno
a que se refiere el Proyecto anterior).
- Proyectos de edificación de las manzanas dotacionales de la ordenación destinadas al sistema zonal y local
de equipamientos públicos (a formular y ejecutar por la Administración Pública competente, en función del
uso específico a que se destine cada manzana).
- Proyecto de edificación de las restantes manzanas, submanzanas y parcelas edificables de la ordenación,
destinadas a usos residenciales y de equipamiento privado.
El contenido y alcance documental de los proyectos de urbanización se remitirán, en general, a
lo establecido al respecto en la Ley del suelo y OT de Extremadura, y reglamentos que la
desarrollan, e incluirán los informes de las compañías suministradoras de servicios urbanos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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- Los estudios de detalle relativos al establecimiento o reajuste de alineaciones y rasantes definirán al ámbito
físico del área afectada por sus determinaciones, y su formulación deberá quedar avalada por el número de
titulares cuya propiedad represente más del 50% del suelo privado incluido en el área afectada.
- El ámbito de los estudios de detalle cuyo objetivo sea el establecimiento de la ordenación detallada en las
manzanas M 5.0 a M 5.9 y M EQ 5.1 a M EQ 5.7 será como mínimo el correspondiente a una manzana
completa, y su formulación deberá quedar avalada por la totalidad de los titulares propietarios de las
manzanas incluidas en el ámbito del estudio.
El contenido de cada Estudio quedará sujeto a las condiciones de uso y aprovechamiento que para cada manzana
respectivas se señalan en el plano de ordenación 0.2.2.
- El ámbito mínimo de los estudios de detalle referentes a la reordenación volumétrica de las manzanas y
submanzanas resultantes de la ordenación detallada estará constituido también por una manzana o
submanzana completa, aun cuando la reordenación propuesta no afecte a la totalidad de la misma, y su
formulación quedará avalada por la totalidad de los propietarios titulares de la superficie de la manzana o
submanzana afectada por la reordenación.
Artículo 2.3.- Gestión del plan parcial.
- La Unidad de actuación única delimitada en el presente el Plan parcial comprende la total superficie del
Sector SUB-CC-6.1-5, incluyéndose en la misma los terrenos a ocupar por los sistemas generales adscritos a
dicho Sector en el planeamiento general.
- La modalidad de gestión a adoptar para el desarrollo de la ordenación en la Unidad delimitada será la
correspondiente a la forma de gestión indirecta y sistema de ejecución por compensación.
- La instrumentación de la gestión se llevará a efecto mediante la formulación del Proyecto de reparcelación,
voluntaria o forzosa, de todas las fincas incluidas en la unidad, con la excepción de la superficie ocupada por
los sistemas públicos ya existentes.
- El contenido y alcance documental del proyecto de reparcelación a formular se remitirán a lo establecido al
respecto en la Ley del suelo y OT de Extremadura, y reglamentos que la desarrollen.
Artículo 2.4.- Ejecución del plan parcial.
La materialización de la ordenación establecida en el Plan parcial se realizará mediante la formulación y desarrollo de los
siguientes instrumentos de ejecución:
- Programa de ejecución de la actuación urbanizadora, integrado por el presente Plan parcial y la
documentación complementaria y, en su caso, anteproyecto de urbanización adjuntos al mismo.
- Proyecto de urbanización del vial general SG-G (avenida Príncipe de Asturias) y su semi-glorieta ROT-5 a
ejecutar por el Ayuntamiento de Badajoz y sufragado por los propietarios de las fincas que componen el
Sector.
- Proyecto de urbanización de la unidad de actuación delimitada en el Plan parcial (con excepción del terreno
a que se refiere el Proyecto anterior).
- Proyectos de edificación de las manzanas dotacionales de la ordenación destinadas al sistema zonal y local
de equipamientos públicos (a formular y ejecutar por la Administración Pública competente, en función del
uso específico a que se destine cada manzana).
- Proyecto de edificación de las restantes manzanas, submanzanas y parcelas edificables de la ordenación,
destinadas a usos residenciales y de equipamiento privado.
El contenido y alcance documental de los proyectos de urbanización se remitirán, en general, a
lo establecido al respecto en la Ley del suelo y OT de Extremadura, y reglamentos que la
desarrollan, e incluirán los informes de las compañías suministradoras de servicios urbanos.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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