Administración del Estado. Ministerios. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Confederación Hidrográfica del Guadiana. Secretaría General (Badajoz). (05493/2021)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, de 17 de diciembre de 2021, sobre el régimen de extracciones de la masa de agua subterránea Tierra de Barros para el año 2022
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Confederación Hidrográfica del Guadiana

Anuncio 5493/2021

Los datos reflejan un descenso generalizado de niveles desde el año 2014 de más de 4 metros en aguas altas y más de 6
metros en aguas bajas. En el año 2021, los niveles han sufrido un ascenso con respecto a 2020 de 0,12 metros en aguas
altas, aunque en la comparativa en aguas bajas los niveles medios muestran un descenso de 0,42 metros.
El piezómetro 04.10.003 cuenta con un seguimiento histórico amplio y su evolución piezométrica responde a la dinámica
general de la zona central del acuífero neógeno.
Sus medidas reflejan una tendencia descendente progresiva en todo el registro histórico, interrumpida por el ciclo húmedo
producido entre 2010 y 2014. La siguiente tabla resume los datos tomados en ese punto durante el año 2020/2021 y los
compara con los valores máximos y mínimos mensuales de la serie. Como se puede observar, las medidas de los meses de
invierno y primavera del último año se hallan en los niveles más bajos del registro histórico.

Piezómetro 04.10.003 (m)
Profundidad mínima

oct

nov

dic

ene

feb

mar

abr

may

jun

jul

ago

sep

5,03

4,74

4,20

4,30

4,43

3,26

2,85

3,28

3,61

4,32

4,69

5,18

Profundidad año
2020/2021

12,61 12,52 12,43 12,34 12,15 11,95 11,65 11,80 12,11 12,33 12,54 12,70

Profundidad máxima

12,88 12,52 12,43 12,34 12,15 12,05 12,13 11,80 13,01 13,91 13,22 13,69

Diferencia con profundidad
mínima

7,58

7,78

8,23

8,04

7,72

8,69

8,80

8,52

8,50

8,01

7,85

7,52

Diferencia con profundidad
máxima

0,27

0,00

0,00

0,00

0,00

0,10

0,48

0,00

0,90

1,58

0,68

0,99

Consecuentemente, con base en la información presentada se concluye que, a pesar de que durante el último año la
pluviometría ha estado por encima de la media, no ha sido sufriente para revertir claramente la tendencia piezométrica
descendente general de la masa y, por tanto, se está alejando del objetivo de alcanzar el buen estado cuantitativo.
3.4. Otros indicadores.
De acuerdo con la revisión del Plan Especial de Sequía de la Cuenca Hidrográfica del Guadiana (PESCHG) por Orden
TEC/1399/2018, de 28 de noviembre, el indicador de escasez en la Unidad Territorial de Escasez Alange – Barros (UTE 13) a 1
de noviembre de 2021 es de 0.231, que corresponde a un escenario de alerta, en el que se establece como medida
particular a aplicar el ajuste de las extracciones de aguas subterráneas en masas en riesgo a través del Régimen Anual de
Extracciones. Asimismo, entre las medidas generales a aplicar en todas las UTEs, se recomienda a las entidades locales
reducir las dotaciones de abastecimiento e industria en un 10%.
Es conveniente destacar que el indicador refleja la situación de escasez agregando los índices correspondientes al embalse
de Alange y a la masa de agua subterránea Tierra de Barros. De forma desagregada, la situación de Tierra de Barros es algo
peor que la situación general de la UTE, rozando en varias ocasiones el umbral de emergencia durante los últimos años.
3.5. Volumen máximo anual de extracción para cada aprovechamiento.
Como se ha analizado en el apartado 3.3 relativo a tendencias piezométricas, a pesar de la declaración en riesgo y del
incremento en las labores de vigilancia y control, no se ha revertido la tendencia piezométrica decreciente, produciéndose
un agravamiento del estado cuantitativo de la masa de agua subterránea Tierra de Barros respecto al que tenía cuando se
declaró en riesgo.
Por tanto, teniendo en cuenta lo anterior es necesario disminuir las extracciones, para lo cual cabe efectuar una reducción
de las dotaciones de regadío respecto a las reconocidas en los títulos de derecho, y analizar la evolución de los indicadores
piezométricos para la toma de decisiones futuras al respecto.
En consecuencia, se propone limitar las extracciones para regadío mediante la asignación de las siguientes dotaciones
máximas en función del cultivo reconocido en el título habilitante:

Cultivos

Dotación(m³/ha)

Leñosos

1500

Herbáceos

3500

De esta forma, en caso de regadío, el volumen máximo a utilizar por aprovechamiento será el resultante de multiplicar la
superficie inscrita por 1.500 m³/ha para cultivos leñosos y 3.500 m³/ha para cultivos herbáceos, salvo que el título habilitante
establezca una dotación menor, en cuyo caso será ésta última la que se utilizará para determinarlo.
Lo anteriormente descrito implicará que los usos de los aprovechamientos de regadío con unas dotaciones inferiores a las
indicadas no sufrirán reducción alguna.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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