Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (05209/2021)
Extracto de la convocatoria abierta de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Dinamización Cultural durante el año 2022
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Delegación de Cultura y Deportes

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Todos los gastos deberán ser realizados hasta el 20 de noviembre de 2022 y efectivamente pagados hasta la fecha límite de
30 de noviembre de 2022.
Los importes subvencionados no podrán ser de tal cuantía que, en concurrencia con subvenciones de otras
Administraciones Públicas u otros Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, superen el presupuesto total de
la actividad subvencionada.
No se admitirá el pago en metálico. Por tanto, la forma normal de pago será mediante transferencia bancaria, talón
adjuntando extracto bancario con su correspondiente cargo, o cualquier otro medio admitido en tráfico mercantil que
deberá constar debidamente acreditado en la documentación que se presente junto a la justificación.
BASE 7. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
A todos los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que cumplan los requisitos establecidos en la
convocatoria se le concederá subvención para realizar dos actividades culturales a elegir de entre las incluidas en la "Guía de
artistas y grupos de la provincia de Badajoz".
BASE 8. INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA ABIERTA.
El procedimiento de concesión de la subvención será el de concurrencia competitiva.
1.- Gestión e instrucción.
El órgano instructor del procedimiento será la Dirección del Área de Cultura, Juventud y Bienestar Social.
Se establece una fase de preevaluación, donde el órgano instructor verificará el cumplimiento de los requisitos impuestos
para adquirir la condición de beneficiario de la subvención.
Examinada la documentación que consta en cada solicitud, el órgano instructor, en los supuestos en que la solicitud o
documentación presentada no reúnan los requisitos exigidos, requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días,
subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por
desistido de su petición conforme a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Este trámite de subsanación de la solicitud se efectuará mediante la presentación del anexo V y la documentación requerida
a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz en la dirección:
https://sede.dip-badajoz.es
Una vez completados los expedientes, por parte del órgano instructor se elaborará un informe motivado de preevaluación
relativo a los mismos proponiendo la concesión de las subvenciones que procedan en función de los artistas/grupos
contratados y los cachés abonados por los ayuntamientos solicitantes, siendo elevado dicho informe al órgano colegiado
encargado de la valoración de los mismos.
2.- Comisión de Valoración.
Se creará una Comisión de Valoración para examinar y valorar las solicitudes, a la vista del informe de preevaluación, siendo
su composición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.7 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación
Provincial de Badajoz, la siguiente:
Presidente: Director/a del Área de Cultura, Juventud y Bienestar Social o funcionario en quien delegue.
Vocales: Dos empleados públicos provinciales de la Diputación Provincial de Badajoz, designados por el órgano convocante.
Interventor General de la Corporación o persona en quien delegue, con voz pero sin voto.
Secretario General de la Diputación de Badajoz o persona en quien delegue, con voz pero sin voto.
Secretario de la Comisión de Valoración: un\a funcionario\a del Servicio de Actividades Culturales y Deportivas, con voz pero
sin voto.
3.- Resolución de la convocatoria.
Se emitirán resoluciones parciales de la convocatoria con la siguiente periodicidad:
a) Primera resolución parcial. Serán objeto de la resolución las solicitudes de subvención presentadas hasta el 31 de julio de
2022. El plazo máximo para resolver será hasta el 31 de octubre de 2022. El importe máximo a conceder ascenderá a
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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