Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (05209/2021)
Extracto de la convocatoria abierta de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Dinamización Cultural durante el año 2022
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Delegación de Cultura y Deportes
Anuncio 5209/2021
(IVA incluido) en caso de tratarse de grupos profesionales, y a 900,00 € si fueran asociaciones culturales o grupos no
profesionales.
BASE 5. SOLICITUDES Y PROCEDIMIENTO.
Los ayuntamientos elegirán los artistas/grupos de entre los que se incluyen en la "Guía de artistas y grupos de la provincia
de Badajoz", y contratarán con estos las actividades a realizar. Celebradas las actividades, abonarán las facturas
correspondientes a los artistas/grupos contratados.
1.- Los municipios y entidades locales menores deberán enviar cumplimentado y por cada una de las actividades, con al
menos 15 días naturales de antelación a la fecha de celebración de las mismas, y una vez contratados los artistas/grupos, el
modelo que figura en el anexo I de la convocatoria en el que se incluyen los datos relativos a la actividad elegida, día, hora y
lugar de celebración.
2.- Una vez celebrada la actividad y abonada la factura correspondiente al artista/grupo elegido, deberán enviar
cumplimentada, y por cada una de las dos actividades, la documentación que a continuación se relaciona:
Solicitud de subvención conforme al anexo II.
Declaración responsable según modelo del anexo III.
Certificación del Secretario/Secretario-Interventor de la entidad, con el Vº Bº del Alcalde, en la que se haga constar que se ha
realizado la actividad, que se ha efectuado el pago efectivo de la factura, la fecha en la que se realizó dicho pago y que no se
dispone de ninguna otra subvención destinada a dicha actividad que sumada a la de Diputación de Badajoz, exceda del
importe total de la misma, todo ello según el modelo del anexo IV.
Copia de la factura abonada al artista/grupo y copia del documento acreditativo del pago efectivo.
3.- El plazo para presentar la solicitud de subvención y la documentación requerida será de 1 mes a contar a partir del día
siguiente al de la celebración de la actividad.
En el supuesto de que la actividad se celebre desde el día 1 de noviembre de 2022 hasta el día 20 de noviembre de 2022, el
plazo para presentar la solicitud de subvención y la documentación requerida finalizará en todo caso el día 30 de noviembre
de 2022.
4.- Las solicitudes, acompañadas del resto de documentación, se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación de
Badajoz, y se tramitarán a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz, conforme
a la Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo Electrónico y
del Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz.
No obstante, se podrá hacer uso, para la presentación de las solicitudes y de la documentación requerida, de aquellas
aplicaciones informáticas que interactúen con el Sistema de Interconexión de Registros (SIR).
La presentación de solicitudes, a través del registro electrónico, podrá realizarse durante las 24 horas de todos los días del
plazo establecido en la dirección que a continuación se describe:
https://sede.dip-badajoz.es
En la presentación de solicitudes y el resto de la documentación se utilizarán los modelos normalizados que podrán
descargarse en las siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo
BASE 6. GASTOS SUBVENCIONABLES.
A efectos de gastos se establecen los siguientes extremos:
Las subvenciones sólo podrán cubrir los gastos de caché de los artistas/grupos elegidos por el Ayuntamiento de entre los
incluidos en la "Guía de artistas y grupos de la provincia de Badajoz". En ningún caso el coste de adquisición de los gastos
subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Este supuesto podrá ser comprobado por la Diputación en control
financiero.
Serán gastos subvencionables aquellos que se realicen desde el 1 de enero de 2022 al 20 de noviembre de 2022.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 8
Anuncio 5209/2021
(IVA incluido) en caso de tratarse de grupos profesionales, y a 900,00 € si fueran asociaciones culturales o grupos no
profesionales.
BASE 5. SOLICITUDES Y PROCEDIMIENTO.
Los ayuntamientos elegirán los artistas/grupos de entre los que se incluyen en la "Guía de artistas y grupos de la provincia
de Badajoz", y contratarán con estos las actividades a realizar. Celebradas las actividades, abonarán las facturas
correspondientes a los artistas/grupos contratados.
1.- Los municipios y entidades locales menores deberán enviar cumplimentado y por cada una de las actividades, con al
menos 15 días naturales de antelación a la fecha de celebración de las mismas, y una vez contratados los artistas/grupos, el
modelo que figura en el anexo I de la convocatoria en el que se incluyen los datos relativos a la actividad elegida, día, hora y
lugar de celebración.
2.- Una vez celebrada la actividad y abonada la factura correspondiente al artista/grupo elegido, deberán enviar
cumplimentada, y por cada una de las dos actividades, la documentación que a continuación se relaciona:
Solicitud de subvención conforme al anexo II.
Declaración responsable según modelo del anexo III.
Certificación del Secretario/Secretario-Interventor de la entidad, con el Vº Bº del Alcalde, en la que se haga constar que se ha
realizado la actividad, que se ha efectuado el pago efectivo de la factura, la fecha en la que se realizó dicho pago y que no se
dispone de ninguna otra subvención destinada a dicha actividad que sumada a la de Diputación de Badajoz, exceda del
importe total de la misma, todo ello según el modelo del anexo IV.
Copia de la factura abonada al artista/grupo y copia del documento acreditativo del pago efectivo.
3.- El plazo para presentar la solicitud de subvención y la documentación requerida será de 1 mes a contar a partir del día
siguiente al de la celebración de la actividad.
En el supuesto de que la actividad se celebre desde el día 1 de noviembre de 2022 hasta el día 20 de noviembre de 2022, el
plazo para presentar la solicitud de subvención y la documentación requerida finalizará en todo caso el día 30 de noviembre
de 2022.
4.- Las solicitudes, acompañadas del resto de documentación, se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación de
Badajoz, y se tramitarán a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz, conforme
a la Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo Electrónico y
del Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz.
No obstante, se podrá hacer uso, para la presentación de las solicitudes y de la documentación requerida, de aquellas
aplicaciones informáticas que interactúen con el Sistema de Interconexión de Registros (SIR).
La presentación de solicitudes, a través del registro electrónico, podrá realizarse durante las 24 horas de todos los días del
plazo establecido en la dirección que a continuación se describe:
https://sede.dip-badajoz.es
En la presentación de solicitudes y el resto de la documentación se utilizarán los modelos normalizados que podrán
descargarse en las siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo
BASE 6. GASTOS SUBVENCIONABLES.
A efectos de gastos se establecen los siguientes extremos:
Las subvenciones sólo podrán cubrir los gastos de caché de los artistas/grupos elegidos por el Ayuntamiento de entre los
incluidos en la "Guía de artistas y grupos de la provincia de Badajoz". En ningún caso el coste de adquisición de los gastos
subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Este supuesto podrá ser comprobado por la Diputación en control
financiero.
Serán gastos subvencionables aquellos que se realicen desde el 1 de enero de 2022 al 20 de noviembre de 2022.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 8