Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (05423/2021)
Bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a autónomos y pymes del municipio de Oliva de la Frontera
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

Anuncio 5423/2021

2. Gastos subvencionables: Serán objeto de subvención los siguientes gastos vinculados directamente a las
actividades empresariales y dentro del periodo subvencionable.
2.1. Gastos de seguros vinculados a la empresa.
- Seguro sobre los bienes afectos a la actividad empresarial a desarrollar o por
responsabilidad civil de la empresa.
2.2. Gastos por licencias de uso de herramientas y/o aplicativos informáticos para el impulso y
desarrollo del teletrabajo o el comercio electrónico por internet vinculados a la actividad
empresarial. Gastos por el diseño web de página destinada a la promoción comercial y/o venta
de productos, gastos de dominio, actualización, mantenimiento y revisión de dicha web, así
como actualización de la presencia de la empresa en redes sociales y plataformas de comercio
electrónico. Si se trata de gastos abonados de forma anticipada se tendrá en cuenta su
prorrateo en meses dentro del periodo subvencionable.
2.3. Adquisiciones de material fungible destinados a los Equipo de Protección Individual o la
adopción de medidas higiénico sanitarias tendentes a combatir la propagación o el contagio
por el COVID-19. Entre otros gastos en mascarillas, protección ocular anti-salpicaduras, batas
resistentes a líquidos y guantes desechables, etc.
2.4. Gastos en suministros de energía eléctrica, combustible y comunicaciones (internet,
teléfono, ect.): siempre vinculados al local donde se desarrolla la actividad.
2.5. Gastos en concepto de arrendamiento del local comercial: Los requisitos específicos de los
locales son:
- Que el local en el que se desarrolle la actividad comercial sean establecimientos
fijos y localizados en el término municipal de Oliva de la Frontera.
- Los locales comerciales deberán estar ocupados en régimen de arrendamiento
en virtud de un contrato de arrendamiento con una duración mínima de un año
y disponer de la licencia de actividad, comunicación o autorización que
corresponda en cada caso.
2.6. Intereses de préstamos hipotecarios de inmuebles vinculados a la actividad empresarial:
Intereses pagados a entidades bancarias por la adquisición de un local donde se ejerce la
actividad principal. Debe disponer de la licencia de actividad, comunicación o autorización que
corresponda en cada caso.
Todos los gastos para tener la condición de subvencionables deberán, de
manera indubitada, responder a la naturaleza y objeto de la actividad
subvencionada y estar expedidos y pagados a nombre de la persona o entidad
beneficiaria de la subvención.
Se considerará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado por el
beneficiario con anterioridad a la presentación de la justificación de la
subvención.
2.7. Intereses de préstamos para activo circulante: Intereses pagados a entidades bancarias por
la concertación de préstamos para activo circulante concertados con anterioridad al
13/01/2021.
2.8. Gastos de gestión y asesoramiento, gestión administrativa (laboral, seguridad social,
tributos, etc…) y asesoramiento jurídico, económico y contable.

Quinta.- Justificación de la subvención.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 5 de 18