Administración Local. Consorcios. Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05410/2021)
Aprobación definitiva de la modificación de ordenanzas fiscales de PROMEDIO
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Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO

Anuncio 5410/2021

sobre sótanos comunes, se regirán por lo previsto en el Reglamento del servicio de suministro de agua.
Artículo 17.
Las obras necesarias para la instalación de las acometidas o modificación de las ya existentes, por ser de
diámetro insuficiente, serán ejecutadas directamente por PROMEDIO o a través del instalador autorizado
expresamente por ésta, como adjudicatario del concurso público a cuenta y cargo del abonado. Las
acometidas quedaran de propiedad de PROMEDIO, quien estará obligado a su conservación y reparación.
Artículo 18.
Ninguna persona física o jurídica podrá maniobrar ni ejecutar obras en las acometidas o contador, sin
autorización expresa de PROMEDIO.
Artículo 19.
Toda acometida de abastecimiento de agua contará en la vía pública junto al inmueble y antes del contador,
con la llave de registro, quedando expresamente prohibido al usuario accionarla.
Artículo 20.
Las acometidas serán sufragadas por los solicitantes de las mismas de acuerdo con lo establecido por el
Reglamento de suministro domiciliario de agua y con arreglo a las tarifas de acometidas que se recogen en el
artículo 6 de la presente Ordenanza.
Capítulo II.- Contratación de suministros y fianzas
Artículo 21.
Previo a la contratación del suministro, el peticionario deberá presentar una solicitud de suministro en el
impreso que, a tal efecto, proporcionará PROMEDIO.
En la misma se hará constar el nombre del solicitante, uso y destino que se pretende dar al agua solicitada,
finca a que se destina y demás circunstancias que sean necesarias para la correcta definición de las
características y condiciones del suministro, así como para la aplicación de las tarifas correspondientes a la
prestación del servicio.
En dicho impreso se hará constar igualmente, la dirección a la que deben dirigirse las comunicaciones y
recibos de suministro, cuando no sea la misma a la que se destine el suministro.
Cuantas circunstancias se hagan constar en la solicitud de suministro, que se regula anteriormente, se harán
bajo la exclusiva responsabilidad del solicitante y servirán de base para regular las condiciones del referido
suministro.
A la solicitud del suministro, el peticionario acompañará el Boletín de las instalaciones interiores, visado por el
organismo competente de la Junta de Extremadura.
Para la formalización del contrato, el peticionario acompañará la documentación siguiente:
Escritura de propiedad, contrato de arrendamiento o documento que acredite el derecho de
disponibilidad sobre el inmueble para el que solicite el suministro.
Documento que acredite la personalidad del contratante.
Autorización expresa a tercera persona si no viniere el interesado personalmente a contratar.
Licencia municipal de ocupación en edificaciones de nueva construcción.
Licencia municipal de apertura en locales comerciales, industriales y deservicios.
Documento de constitución de la servidumbre que, en su caso, pudiera ser necesario establecer para
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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