Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05348/2021)
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo del comercio local en Fregenal de la Sierra
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Anuncio 5348/2021
(ej.: Copia de la escritura de constitución o su modificación; copia del acta fundacional y sus estatutos; copia de la
tarjeta de identificación fiscal...).
Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la
condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
en su redacción dada por la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de
los partidos políticos.
Certificado vigente de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Ficha de alta de terceros según modelo oficial de la tesorería municipal, debidamente cumplimentada y sellada por la
entidad de crédito correspondiente.
Actividades realizadas promocionando el comercio local en Fregenal de la Sierra durante el año 2021.
En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no
hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su
derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha en que fueron presentados.
9.º.- Criterios de valoración de las propuestas.
1.- Para la valoración de las propuestas se estará a los siguientes criterios:
a. Grado de repercusión de la actividad objeto de subvención en el municipio. Hasta 10 puntos.
b. Incidencia en la actividad económica local. Hasta 10 puntos.
c. Promoción turística municipal. Hasta 10 puntos.
10.º.- Plazo de resolución y notificación.
El plazo de resolución y notificación será de 5 días de conformidad con el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada
por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
La resolución que recayese, ya sea expresa o presunta, pondrá fin a la vía administrativa, y frente a la misma podrán
interponerse los recursos administrativos o contencioso-administrativos establecidos en los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (publicada en el BOE
n.º 236, de 2 de octubre) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
La notificación de la resolución finalizadora del procedimiento, así como todos sus actos de trámite se realizará en el
domicilio que aparezca en la solicitud y de conformidad con las normas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (publicada en el BOE n.º 236, de 2 de octubre).
11.º.- Concesión de ayudas.
La concesión de una subvención al amparo de la presente convocatoria no comporta obligación alguna por parte del
Ayuntamiento de adjudicar subvenciones en los siguientes ejercicios económicos para acciones o proyectos similares.
Los proyectos que no hayan sido subvencionados podrán ser retirados de las dependencias del órgano convocante por las
asociaciones o entidades que los hubieran presentado, en un plazo de tres meses desde la fecha de la desestimación.
Las ayudas concedidas serán publicadas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web.
De acuerdo con lo establecido en la Ley General de Subvenciones, el importe de la subvenciones otorgadas por el
Ayuntamiento, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o
ayudas de otras Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el
coste de la intervención a desarrollar por la asociación o entidad.
La obtención de otras subvenciones para la misma acción o actividad o procedentes de cualesquiera administraciones o
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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(ej.: Copia de la escritura de constitución o su modificación; copia del acta fundacional y sus estatutos; copia de la
tarjeta de identificación fiscal...).
Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la
condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
en su redacción dada por la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de
los partidos políticos.
Certificado vigente de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Ficha de alta de terceros según modelo oficial de la tesorería municipal, debidamente cumplimentada y sellada por la
entidad de crédito correspondiente.
Actividades realizadas promocionando el comercio local en Fregenal de la Sierra durante el año 2021.
En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no
hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su
derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha en que fueron presentados.
9.º.- Criterios de valoración de las propuestas.
1.- Para la valoración de las propuestas se estará a los siguientes criterios:
a. Grado de repercusión de la actividad objeto de subvención en el municipio. Hasta 10 puntos.
b. Incidencia en la actividad económica local. Hasta 10 puntos.
c. Promoción turística municipal. Hasta 10 puntos.
10.º.- Plazo de resolución y notificación.
El plazo de resolución y notificación será de 5 días de conformidad con el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada
por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
La resolución que recayese, ya sea expresa o presunta, pondrá fin a la vía administrativa, y frente a la misma podrán
interponerse los recursos administrativos o contencioso-administrativos establecidos en los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (publicada en el BOE
n.º 236, de 2 de octubre) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
La notificación de la resolución finalizadora del procedimiento, así como todos sus actos de trámite se realizará en el
domicilio que aparezca en la solicitud y de conformidad con las normas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (publicada en el BOE n.º 236, de 2 de octubre).
11.º.- Concesión de ayudas.
La concesión de una subvención al amparo de la presente convocatoria no comporta obligación alguna por parte del
Ayuntamiento de adjudicar subvenciones en los siguientes ejercicios económicos para acciones o proyectos similares.
Los proyectos que no hayan sido subvencionados podrán ser retirados de las dependencias del órgano convocante por las
asociaciones o entidades que los hubieran presentado, en un plazo de tres meses desde la fecha de la desestimación.
Las ayudas concedidas serán publicadas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web.
De acuerdo con lo establecido en la Ley General de Subvenciones, el importe de la subvenciones otorgadas por el
Ayuntamiento, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o
ayudas de otras Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el
coste de la intervención a desarrollar por la asociación o entidad.
La obtención de otras subvenciones para la misma acción o actividad o procedentes de cualesquiera administraciones o
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