Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Patrimonio y Mercado Gastronómico (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (05251/2021)
Pliego de claúsulas administrativas y prescripciones técnicas para procedimiento de concurso de explotación de un espacio en el Hospital Provincial de San Sebastián, mediante la instalación de un " Área Food Truck "
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Área de Patrimonio y Mercado Gastronómico

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7. Colocar y mantener en lugar visible lista de precios y disponer de las correspondientes hojas de reclamaciones.
8. Cumplir, en el ejercicio de su actividad, cuantas demás obligaciones resulten de la normativa vigente en cada
momento sobre la materia.
9. El adjudicatario deberá concertar la contratación de un seguro de responsabilidad civil, por daños a los concurrentes
y a terceros derivados de las condiciones de sus instalaciones y servicios, así como de la actividad desarrollada y del
personal que preste sus servicios en el mismo, comprometiéndose a mantenerlo durante todo el tiempo de vigencia
del contrato.
10. Respetar los horarios de apertura y cierre y velar por que los usuarios del espacio también los respeten.
8.- CONDICIONES.
1. El contrato es sólo y exclusivamente para las instalaciones concretas que se indican y no podrán ocupar en forma
alguna más superficie que la estrictamente necesaria para la instalación del "Área Food Truck".
2. La Diputación de Badajoz se reserva el derecho de inspección de la actividad objeto con el fin de garantizar que la
misma cumple las condiciones de otorgamiento.
3. El contrato que queda condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas indicadas en el presente
pliego, quedando sin efecto si se incumpliere cualquiera de ellas.
4. La organización de eventos extraordinarios por parte del beneficiario deberá ser autorizada expresamente por
Diputación de Badajoz.
9.- CESIÓN, ARRENDAMIENTO Y TRASPASO.
Este contrato no será transmisible, ya que su otorgamiento se efectúa en virtud de las cualidades específicas del
adjudicatario. Además, esta no podrá ceder, traspasar o arrendar a terceros, ni total ni parcialmente, el uso del espacio que
le ha sido asignado.
10.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de extinción del contrato:
1. El vencimiento del plazo del contrato.
2. El mutuo acuerdo entre la Diputación de Badajoz y el adjudicatario.
3. El fallecimiento o incapacidad sobrevenida del adjudicatario, o en caso de que el adjudicatario sea una persona
jurídica la extinción de la misma.
4. La renuncia expresa del adjudicatario indicando las causas que la provocan y, en todo caso, aceptada por la
Diputación. En este supuesto la Diputación recuperará la plena disponibilidad de las instalaciones y el renunciante
quedara liberado de las obligaciones económicas con efectos de la fecha de la renuncia.
5. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el punto anterior.
Revocación: La Diputación estará facultada para dejar sin efecto el contrato antes del vencimiento, si lo justificaren
circunstancias de interés público.
En ninguno de tales supuestos y de los especificados en las demás cláusulas, tanto de extinción como de resoluciónrevocación, el adjudicatario tendrá derecho a indemnización alguna.
11.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN, CAPACIDAD Y SOLVENCIA.
El contrato se adjudicará mediante concurrencia, con publicación de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz,
pudiendo presentar solicitud todas las personas interesadas, que tengan capacidad de obrar y que no estén incluidas en
ninguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP.
Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional exigible para la realización de la
actividad objeto del contrato.
Atendiendo a lo establecido en el artículo 11.5 del Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican
determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, el licitador o candidato estará exento de los requisitos de acreditación de la
solvencia económica y financiera, técnica y profesional al no exceder el importe del contrato de 35.000,00 euros.
Debido a las condiciones singulares del edificio, los food trucks que conformarán el área, deberán cumplir las siguientes
condiciones:
1. Las dimensiones no podrán exceder 2,00 m de ancho x 4,00m de largo.
2. Podrán dispensar todo tipo de bebidas y alimentos que puedan ser elaborados en frío o que no necesiten de salida
de humos en su preparación. Se podrán suministrar productos elaborados en caliente (in situ) una vez que se
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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