Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Patrimonio y Mercado Gastronómico (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (05251/2021)
Pliego de claúsulas administrativas y prescripciones técnicas para procedimiento de concurso de explotación de un espacio en el Hospital Provincial de San Sebastián, mediante la instalación de un " Área Food Truck "
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Área de Patrimonio y Mercado Gastronómico

Anuncio 5251/2021

Martes a jueves de 10:00h a 22:00h.
Viernes y sábado de 10:00h a 24:00h.
Domingos de 10:00h a 16:00h.
5.- CANON Y FORMA DE PAGO.
La Diputación percibirá del adjudicatario un canon, que según el artículo 92 del Reglamento de Bienes de las Entidades
Locales deberá ser por un importe no inferior al 6% del valor en venta de los bienes, y que según el artículo 3.1 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, constituye para la Diputación de Badajoz un ingreso de derecho privado, al considerarse rendimientos o producto
de cualquier naturaleza derivados de su patrimonio.
Teniendo en cuenta que la superficie construida del Hospital es 22.370 m², que según datos del inventario está valorado en
18.109.369,66 € y que el "Área Food Truck" ocupará una superficie aproximada de 30 m², el canon no debe ser inferior a
121,43 €/mes.
18.109.369,66 € / 22.370 m² = 809,54 € / m² x 30 m² = 24.286,20 €
24.286,20 € x 6% anual = 1.457,17 € / año
1.457,17 € / año / 12 meses = 121,43 € / mes
Habida cuenta de que el arrendamiento del bien lleva aparejada una utilidad económica para el adjudicatario, y que lleva
incluido los consumos de agua y electricidad se establece un canon mínimo de licitación de 300,00 €/mes.
El importe del canon se abonará de forma mensual, a mes vencido entre los días 1 y 5 de cada mes, en la cuenta bancaria
que se facilitará por la Diputación de Badajoz una vez adjudicado el contrato.
6.- DERECHOS DEL ADJUDICATARIO.
El titular del contrato tendrá los siguientes derechos:
1. Ejercer la actividad de venta con sujeción a las prescripciones establecidas en el contrato y en los demás preceptos
legales que resulten aplicables por razón de la materia.
2. Percibir los ingresos derivados de la actividad de venta.
3. La Diputación de Badajoz proporcionará al adjudicatario un espacio de unos 30 m² aproximadamente, en el interior
del Hospital, dónde se instalará el "Área Food Truck" que constará con una zona para vehículos, zona destinada a
barra, y espacios anexos para almacenamiento e instalación de lavavajillas, fregadero etc. Esta zona está provista de
cuatro puestos individualizados de energía, agua potable, saneamiento y datos para la zona de instalación.
4. La Diputación habilitará una zona cercana al "Área Food Truck" para que se puedan consumir los alimentos y/o
bebidas dispensados en el mismo.
5. Los demás previstos en este pliego y en la normativa que resulte de aplicación.
7.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Son obligaciones del adjudicatario:
1. Realizar, asumiendo el riesgo de la explotación, la actividad de venta, de manera regular y continuada durante la
realización de todas las actividades programadas en el Hospital.
2. Situar el documento de adjudicación o una fotocopia del mismo, en el lugar de la actividad, visible para los usuarios y
visitantes.
3. Explotar de forma directa el punto de venta, sin que pueda subrogar en la misma a ningún tercero, ni cederlo, directa
o indirectamente.
4. Mantener las instalaciones y cada uno de los elementos que las componen en las debidas condiciones de limpieza,
seguridad y ornato, así como los espacios destinados al consumo que Diputación instale en los patios cercanos a la
zona de ubicación del "Área Food Truck".
5. A tales efectos el concesionario deberá disponer de los correspondientes elementos de recogida y almacenamiento y
separación de residuos, con cubos destinados para orgánico, plástico, papel y vidrio. En ningún caso se permitirá
almacenar o apilar productos, materiales o residuos propios de la actividad fuera de los lugares habilitados a tal
efecto.
6. Desempeñar la actividad en las debidas condiciones higiénico-sanitarias de limpieza y aseo de acuerdo con la
legislación existente y con la máxima corrección para los usuarios. Se debe poner a la disposición de los clientes,
información sobre los alérgenos de cada plato No se permitirá ningún tipo de discriminación en el acceso al
establecimiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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