Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Secretaría General (Mérida). (05171/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora y fiscal del centro de almacenamiento de RCD y punto limpio del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

Anuncio 5171/2021

El importe de la fianza no podrá ser inferior al 0,4% del presupuesto de ejecución material de la obra.
Una vez que se presente el proyecto de ejecución, o el proyecto básico y de ejecución conjuntamente y se calcule la fianza, el
importe resultante de la aplicación de estos porcentajes no podrá ser inferior al mínimo o superior al máximo fijado
anteriormente.
En caso de la "obra menor" o "comunicación previa" se establece una cantidad fija mínima de 50,00 euros. Los costes de la
fianza serán actualizados cada tres años según el I.P.C. acumulado en este periodo.
2. Los proyectos de obras públicas no sujetos a licencia municipal se regirán por su normativa específica y concretarán, en
todo caso, el sistema de gestión de las tierras y materiales sobrantes, de acuerdo con los objetivos de estas Ordenanzas y
especificado en el artículo 11 de la misma.
3. Si se considera que el presupuesto ha sido elaborado de modo infundado a la baja, el órgano competente podrá elevar el
importe de la fianza, requiriendo al solicitante la constitución del resto correspondiente.
4. La fianza podrá hacerse efectiva por el solicitante en las formas previstas en la legislación correspondiente.
5. Las obras de promoción pública también están sujetas al cálculo y depósito de la fianza.
Artículo 20. Devolución de la fianza en obras mayores y exoneración de responsabilidad en obras menores o comunicación
previa.
1.- En las obras sujetas a licencia urbanística (obra mayor), finalizada la obra el productor tendrá un plazo de 30 días
naturales a partir de la entrega del último certificado, de aceptación por el gestor, para presentar la relación completa de
certificados de aceptación de R.C.D. ante el órgano competente del Ayuntamiento, y poder proceder a la devolución de la
fianza o garantía financiera equivalente, siempre que su titular acredite de manera fehaciente una correcta gestión de los
residuos generados, mediante la presentación del correspondiente certificado de gestión, establecido en el artículo 19 del
decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los
residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura, emitido al efecto por un gestor
autorizado de residuos de construcción y demolición.
Igualmente se presentará para la devolución de la fianza, certificado de la Dirección Facultativa de las obras, por medio del
cual quede constancia, de que se ha llevado a cabo, en el lugar de las obras, el Plan de Gestión de Residuos, por parte del
poseedor de los mismos.
De esta manera, el productor solicitará la devolución de la fianza, para lo cual deberá aportar:
— Modelo normalizado de devolución de fianza.
— Acreditación de la gestión de los residuos generados, mediante la presentación del
correspondiente certificado de gestión, establecido en el artículo 19 del Decreto 20/2011, de 25
de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de
los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Certificado de la Dirección Facultativa de las obras, por medio del cual quede constancia, de
que se ha llevado a cabo, en el lugar de las obras la gestión de residuos por parte del poseedor
de los mismos.
— Fotocopia del depósito de la fianza.

A la vista de lo aportado, el Ayuntamiento comparará los datos correspondientes a los certificados de aceptación con la
previsión realizada a través del estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, y comprobará que los
documentos recibidos que acreditan que los residuos de construcción y demolición realmente producidos en sus obras han
sido gestionados, sean acordes con lo estipulado en el plan de gestión de los residuos de construcción y demolición
Si no son congruentes se pedirá una justificación satisfactoria y una vez obtenida se devolverá la fianza, pero si no se
obtiene se bloqueará la devolución de la fianza.
La devolución de la fianza se hará efectiva previo informe verbal o documental del técnico municipal en el que se acredite la
congruencia entre la solicitud de licencia y las obras realizadas, que han sido cumplidos los requisitos documentales en
cuanto a la presentación de proyecto técnico específico y haya sido aportado el preceptivo certificado final de obras suscrito
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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