Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peñalsordo. Delegación de Hacienda (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05093/2021)
Bases que han de regir la convocatoria de una plaza de Operario/a de atención, mantenimiento y conservación del centro médico de Peñalsordo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Peñalsordo
Anuncio 5093/2021
e) poseer la titulación exigida en la convocatoria.
Cuarto. Forma y plazo de presentación de instancias
Las solicitudes (de conformidad con Anexo I) requiriendo tomar parte en las correspondientes proceso de
selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases
generales, para la plaza que se opte se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento y se
presentarán en el registro electrónico general de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el BOP.
Las bases íntegras se publicarán igualmente en la sede electrónica de este Ayuntamiento, bando móvil, tablón
de anuncios y sitios de costumbre de la localidad.
Quinto. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de 3 días naturales,
declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la
sede electrónica de este Ayuntamiento y tablón de anuncios, se señalará un plazo de 3 días hábiles para
subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y
excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el tablón de anuncios, para
mayor difusión. Igualmente se publicará la fecha en la que efectuará la entrevista personal, caso de preverse.
Sexto. Tribunal Calificador.
La composición del Tribunal calificador es la siguiente:
Cargo
Presidente
Identidad
Un Técnico Médico designado por la autoridad competente.
Vocal 1
Un Técnico de Administración Local designado por la Alcaldía.
Vocal 2
Un Técnico de Administración Local designado por la Alcaldía.
Vocal 4
Un Técnico de Enfermería designado por la Autoridad Médica.
Secretario
El de la Corporación o persona que le sustituya.
Podrán asistir al acto de baremación, dos representantes municipales, designados por los respectivos grupos
políticos que componen la Corporación, como observadores del proceso.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la
convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la
publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la
aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos,
serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.
Séptimo. Sistema de selección y desarrollo del proceso.
El procedimiento de selección es el de concurso de méritos, que consiste en valorar, de acuerdo con el
baremo incluido en la convocatoria, determinadas condiciones de formación, méritos o niveles de
experiencia, relacionados con las características de la plaza que se cubre.
Máximo 10 puntos totales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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e) poseer la titulación exigida en la convocatoria.
Cuarto. Forma y plazo de presentación de instancias
Las solicitudes (de conformidad con Anexo I) requiriendo tomar parte en las correspondientes proceso de
selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases
generales, para la plaza que se opte se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento y se
presentarán en el registro electrónico general de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el BOP.
Las bases íntegras se publicarán igualmente en la sede electrónica de este Ayuntamiento, bando móvil, tablón
de anuncios y sitios de costumbre de la localidad.
Quinto. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de 3 días naturales,
declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la
sede electrónica de este Ayuntamiento y tablón de anuncios, se señalará un plazo de 3 días hábiles para
subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y
excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el tablón de anuncios, para
mayor difusión. Igualmente se publicará la fecha en la que efectuará la entrevista personal, caso de preverse.
Sexto. Tribunal Calificador.
La composición del Tribunal calificador es la siguiente:
Cargo
Presidente
Identidad
Un Técnico Médico designado por la autoridad competente.
Vocal 1
Un Técnico de Administración Local designado por la Alcaldía.
Vocal 2
Un Técnico de Administración Local designado por la Alcaldía.
Vocal 4
Un Técnico de Enfermería designado por la Autoridad Médica.
Secretario
El de la Corporación o persona que le sustituya.
Podrán asistir al acto de baremación, dos representantes municipales, designados por los respectivos grupos
políticos que componen la Corporación, como observadores del proceso.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la
convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la
publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la
aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos,
serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.
Séptimo. Sistema de selección y desarrollo del proceso.
El procedimiento de selección es el de concurso de méritos, que consiste en valorar, de acuerdo con el
baremo incluido en la convocatoria, determinadas condiciones de formación, méritos o niveles de
experiencia, relacionados con las características de la plaza que se cubre.
Máximo 10 puntos totales.
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