Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremejía. (04504/2021)
Bases para la provisión, como funcionario de carrera, de una plaza de Agente de la Policía Local
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Torremejía
Anuncio 4504/2021
Una fase de oposición libre y un curso selectivo que deberá superar en la Academia de la Seguridad Pública de Extremadura,
que incluirá un periodo de prácticas en el municipio respectivo.
7.2.- Fase de oposición: La fase de oposición consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
a) Pruebas físicas, adecuadas a la capacidad necesaria para las funciones a realizar y tendentes a comprobar,
entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Consistirán en
superar las pruebas que se detallan en el anexo II. Para la realización de estas pruebas será necesario aportar
el certificado médico de la base segunda apartado g) que se entregará al tribunal antes de la realización de las
mismas. No se aceptarán certificados que excedan de los 3 meses desde su expedición y hasta el momento
de las pruebas.
b) Prueba psicotécnica dirigida a determinar la aptitud psicológica y adecuación al perfil profesional de estos
puestos de trabajo. Se desarrollará conforme a los criterios del anexo V de esta convocatoria.
c) Prueba de conocimiento, que consistirá en contestar, en un tiempo máximo de noventa minutos, un test de
sesenta preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una será válida. Las preguntas
versarán sobre el contenido del programa incluido en el anexo III de esta convocatoria.
Para el supuesto de que el Tribunal estimara motivadamente anular alguna de las sesenta preguntas, por
entenderla mal formulada o no ajustada al temario, se establecerán, además de las sesenta anteriores, otras
diez preguntas de reserva, las cuales sustituirán, siguiendo el mismo orden en el que estén planteadas, a las
preguntas que, en su caso, sean anuladas.
d) Prueba práctica, que consistirá en resolver por escrito, en un máximo de noventa minutos, dos supuestos
prácticos que versarán sobre materias policiales relacionadas con el contenido del programa incluido en el
anexo III de esta convocatoria.
Por parte del Tribunal se podrá determinar la lectura del ejercicio por el aspirante, pudiendo, si lo estima
oportuno, al final del mismo entablar diálogo con el opositor sobre las cuestiones planteadas.
e) Reconocimiento médico, con sujeción a un cuadro que garantizará la idoneidad física del opositor para la
función policial a desempeñar, según el anexo IV.
7.3.- Curso selectivo: Se concreta en la base undécima.
Octavo.- Calificación de las pruebas.
8.1.- Todas las pruebas serán obligatorias para la totalidad de aspirantes y tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario
para realizar una prueba haber superado la anterior.
8.2.- Para la valoración de las pruebas físicas, psicotécnicas y médicas, se requerirán los servicios de personal especializado,
designado por la Alcaldía, que emitirán un informe a la vista del cual el Tribunal resolverá calificando la prueba como apto o
no apto.
Para la realización del ejercicio de las pruebas físicas los aspirantes deberán ir provistos, y entregar al tribunal el mismo día
de realización de las pruebas, el certificado médico, extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en
que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la
realización de los ejercicios físicos especificados en la presente convocatoria, y que se refiere en la base tercera, apartado g)
de esta convocatoria. Sin la presentación de este documento o la no consignación de los datos exigidos, no podrá
procederse a la realización de las pruebas físicas, quedando el aspirante excluido del proceso selectivo.
8.3.- En la prueba de conocimiento, tipo test, de respuestas múltiples, se calificará de conformidad con la fórmula aciertos –
(errores/3), no se contabilizaran como errores las no contestadas. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para
superarla.
8.4.- La prueba práctica se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla. La
determinación de la calificación se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y
dividiendo el total por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva, eliminándose, en todo
caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a 2 puntos.
8.5.- La calificación definitiva de la fase de oposición será la media aritmética de las puntuaciones alcanzadas, por los
aspirantes declarados aptos en cada una de las pruebas, determinándose el orden de la clasificación definitiva.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Una fase de oposición libre y un curso selectivo que deberá superar en la Academia de la Seguridad Pública de Extremadura,
que incluirá un periodo de prácticas en el municipio respectivo.
7.2.- Fase de oposición: La fase de oposición consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
a) Pruebas físicas, adecuadas a la capacidad necesaria para las funciones a realizar y tendentes a comprobar,
entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Consistirán en
superar las pruebas que se detallan en el anexo II. Para la realización de estas pruebas será necesario aportar
el certificado médico de la base segunda apartado g) que se entregará al tribunal antes de la realización de las
mismas. No se aceptarán certificados que excedan de los 3 meses desde su expedición y hasta el momento
de las pruebas.
b) Prueba psicotécnica dirigida a determinar la aptitud psicológica y adecuación al perfil profesional de estos
puestos de trabajo. Se desarrollará conforme a los criterios del anexo V de esta convocatoria.
c) Prueba de conocimiento, que consistirá en contestar, en un tiempo máximo de noventa minutos, un test de
sesenta preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una será válida. Las preguntas
versarán sobre el contenido del programa incluido en el anexo III de esta convocatoria.
Para el supuesto de que el Tribunal estimara motivadamente anular alguna de las sesenta preguntas, por
entenderla mal formulada o no ajustada al temario, se establecerán, además de las sesenta anteriores, otras
diez preguntas de reserva, las cuales sustituirán, siguiendo el mismo orden en el que estén planteadas, a las
preguntas que, en su caso, sean anuladas.
d) Prueba práctica, que consistirá en resolver por escrito, en un máximo de noventa minutos, dos supuestos
prácticos que versarán sobre materias policiales relacionadas con el contenido del programa incluido en el
anexo III de esta convocatoria.
Por parte del Tribunal se podrá determinar la lectura del ejercicio por el aspirante, pudiendo, si lo estima
oportuno, al final del mismo entablar diálogo con el opositor sobre las cuestiones planteadas.
e) Reconocimiento médico, con sujeción a un cuadro que garantizará la idoneidad física del opositor para la
función policial a desempeñar, según el anexo IV.
7.3.- Curso selectivo: Se concreta en la base undécima.
Octavo.- Calificación de las pruebas.
8.1.- Todas las pruebas serán obligatorias para la totalidad de aspirantes y tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario
para realizar una prueba haber superado la anterior.
8.2.- Para la valoración de las pruebas físicas, psicotécnicas y médicas, se requerirán los servicios de personal especializado,
designado por la Alcaldía, que emitirán un informe a la vista del cual el Tribunal resolverá calificando la prueba como apto o
no apto.
Para la realización del ejercicio de las pruebas físicas los aspirantes deberán ir provistos, y entregar al tribunal el mismo día
de realización de las pruebas, el certificado médico, extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en
que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la
realización de los ejercicios físicos especificados en la presente convocatoria, y que se refiere en la base tercera, apartado g)
de esta convocatoria. Sin la presentación de este documento o la no consignación de los datos exigidos, no podrá
procederse a la realización de las pruebas físicas, quedando el aspirante excluido del proceso selectivo.
8.3.- En la prueba de conocimiento, tipo test, de respuestas múltiples, se calificará de conformidad con la fórmula aciertos –
(errores/3), no se contabilizaran como errores las no contestadas. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para
superarla.
8.4.- La prueba práctica se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla. La
determinación de la calificación se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y
dividiendo el total por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva, eliminándose, en todo
caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a 2 puntos.
8.5.- La calificación definitiva de la fase de oposición será la media aritmética de las puntuaciones alcanzadas, por los
aspirantes declarados aptos en cada una de las pruebas, determinándose el orden de la clasificación definitiva.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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