Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremejía. (04504/2021)
Bases para la provisión, como funcionario de carrera, de una plaza de Agente de la Policía Local
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Torremejía

Anuncio 4504/2021

agosto).
- Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco de los Policías Locales de
Extremadura (DOE número 199, de 15 de octubre).
- Orden de 14 de septiembre de 2004, por la que se aprueban los programas con los temas a los que han de
ajustarse las bases de las convocatorias realizadas por las Entidades Locales para el ingreso, promoción,
movilidad en los Cuerpos de Policía Local y Auxiliares de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE número 119, de 14 de octubre).
- Y demás normativa vigente que resulte de aplicación.
Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de
solicitudes, los siguientes requisitos:
Los aspirantes, de conformidad con el artículo 48 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de
Extremadura, para tomar parte en las pruebas selectivas de ingreso en la categoría de Agente, deberán reunir los siguientes
requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos 18 años de edad y no haber superado la edad de jubilación antes de la fecha en que
termine el plazo de presentación de instancias.
c) Poseer la titulación académica de título de Bachiller o Técnico o título académico equivalente, o haber
finalizado los estudios y abonados los derechos correspondientes para su obtención. En el caso de aportar un
título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el Consejo Nacional de
Educación, o cualquier otro competente en la materia, que acredite la citada equivalencia.
d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes
funciones asignadas a las policías locales, con la excepción establecida para las aspirantes en estado de
embarazo o parto.
La aptitud para realizar las pruebas físicas deberá acreditarse mediante certificado médico extendido en
impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el
aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas
físicas que figuran especificadas en el anexo II. La presentación de este certificado no excluirá, en absoluto, las
comprobaciones posteriores que integran la prueba de reconocimiento médico, y se entregará al tribunal
antes de la celebración de las pruebas físicas.
e) No haber sido separado del servicio de la Administración local, autonómica o estatal en virtud de
expediente disciplinario, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función pública por sentencia firme.
f) No tener antecedentes penales por delitos dolosos.
g) Estar en posesión del permiso de conducir de las clases A2 y B o bien obtenerlo antes de la finalización del
curso selectivo en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura en caso de resultar seleccionado.
Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión, y
acreditarse, en caso de resultar seleccionado, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
Tercero.- Forma y plazo de presentación de instancias.
3.1.- Instancias: En las instancias, solicitando tomar parte en la oposición, los aspirantes deberán manifestar que reúnen
todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos que se recogen en la base segunda, y que se comprometen a
prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la
Constitución como norma fundamental del Estado, como se recoge en el anexo I a esta convocatoria. A la instancia se
acompañará fotocopia del DNI, comprobante o justificante acreditativo del pago de los correspondientes derechos de
examen.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a instancia de
parte interesada.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 14