Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vivares. Delegación de Hacienda (Mérida). (04456/2021)
Bases para la contratación de dos Formadores/as del Programa de aprendizaje a lo largo de la vida 2021/2022
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Vivares

Anuncio 4456/2021

Fotocopia compulsada de la titulación exigida para cada plaza a cubrir
Certificado del SEXPE acreditando la situación de desempleo o mejora, así como la antigüedad de la
demanda.
Vida laboral actualizada.
Declaración jurada de no encontrarse inhabilitado/a para empleo o cargos públicos.
Proyecto de trabajo.
Copia compulsada de la documentación acreditativa de los méritos alegados. Solo se valorarán los
justificados documentalmente durante el plazo de presentación de instancias.
6.- Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía o Concejalía de personal dictará resolución dentro del plazo de
diez días, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y determinando el lugar y fecha del comienzo de
los ejercicios, siendo el orden de actuación alfabético, empezando por la letra "A" del primer apellido.
En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Vivares
(https://vivares.sedelectronica.es/info.0), se concederá un plazo de 3 días para la subsanación de errores y reclamaciones. En
el supuesto de que no existieren reclamaciones contra la lista publicada, se entenderá elevada a definitiva sin necesidad de
nueva publicación. Esta publicación será determinante del comienzo de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o
recursos.
El Tribunal se reserva el derecho de pedir a los solicitantes cualquier tipo de documentación complementaria si así lo
estimara conveniente para una exacta valoración de las circunstancias alegadas, quedando automáticamente excluida la
persona que injustificadamente no aportara aquellos nuevos datos que se le requirieran.
7.- Tribunal Calificador (comisión de valoración).
La pertenencia a este órgano de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o
por cuenta de nadie.
El Tribunal Calificador estará constituido por:
1. Presidente: Un/a funcionario/a o personal laboral fijo de la Diputación de Badajoz.
2. Secretario: Un/a funcionario/a o personal laboral fijo de la Diputación de Badajoz.
3. Vocales: Tres vocales funcionarios/as o personal laboral fijo de la Diputación de Badajoz.
El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los candidatos para que acrediten su personalidad.
El Tribunal queda autorizado para resolver las incidencias que se produzcan en el desarrollo de las pruebas.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo y los aspirantes podrán recusarlos cuando
concurra alguna de las circunstancias previstas, respectivamente, en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la
sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las
dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente
convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.
El Tribunal tendrá la categoría de Segunda, de conformidad con el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
sobre indemnizaciones por razón del servicio.
8.- Defensa del proyecto.
Los aspirantes celebrarán la entrevista personal para la defensa de sus proyectos en la fecha que se anuncie en sede
electrónica (https://vivares.sedelectronica.es/info.0). El orden de actuación será alfabético según el primer apellido,
empezando por la letra "A".
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza
mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 5 de 8