Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Fomento. Servicio de Contratación y Gestión Económica (Badajoz). (04430/2021)
Bases que han de regir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a asociaciones municipales sin ánimo de lucro y convocatoria para el año 2021 en régimen de concurrencia competitiva
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

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que pueda realizarse con motivo de la realización del proyecto para que el Ayuntamiento
pueda estar presente en el mismo.
3.- No podrán presentar solicitud de subvención todas aquellas asociaciones municipales que hayan percibido
del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros alguna ayuda económica, subvención o tengan algún convenio
con aportación económica en el periodo en curso que abarca esta convocatoria de subvenciones.
Dichos requisitos deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y ,
mantenerse hasta la fecha de la justificación de la subvención.
V.- PLAZO, FORMA Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Las entidades interesadas deberán enviar la documentación a través del Registro General del Ayuntamiento o
del Registro electrónico del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, al que se accede desde la sede
electrónica de dicha institución (https://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es/).
La documentación que deberán presentar las entidades interesadas se podrán descargar desde la página web
del Ayuntamiento, accesible desde https://jerezcaballeros.es/descargas o podrán ser solicitados en las
oficinas del Registro General del Ayuntamiento.
La documentación es la siguiente:
• Modelo de solicitud de subvención establecido en el anexo I.
• Declaración responsable conforme al modelo que se propone en el anexo II.
• Proyecto que se pretende desarrollar, anexo III. Debe contener los siguientes elementos:
título, introducción, objetivos, actividades, población destinataria, planificación temporal y
presupuesto detallado.
• Copia del CIF de la entidad solicitante, de su inscripción en el registro correspondiente y del
DNI de la persona que ostente la representación legal de la entidad (si ya obraran en poder del
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros por haberse presentado en convocatorias previas,
pueden solicitar que se tengan por presentados dichos documentos para que se incorporen al
presente expediente).
• Certificado del Secretario de la entidad relativo al número de socios, al acuerdo de solicitud
adoptado por la entidad y a la acreditación del representante legal de la entidad. (Formulario:
"Acreditación de la persona firmante de la solicitud de subvención como representante legal de
la entidad y acreditación del número de socios).
• Declaración responsable de no estar incurso en causa de prohibición para obtener la
condición de beneficiario de subvenciones.
• Certificado del banco o entidad financiera en el que figure como titular el solicitante y el
número completo de la cuenta que incluya el código IBAN donde se haya de hacer efectivo el
ingreso de la subvención solicitada.
VI.- SUBSANACIÓN DE DEFECTOS.
En el caso de apreciarse defectos en la documentación presentada, se requerirá a la entidad interesada,
concediéndose un plazo de 10 días hábiles, para que subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con apercibimiento de que, si no se hiciera, se tendrá por desistida de la petición, previa
resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas. La forma de presentación de dicha documentación será la misma que la indicada
en la base quinta.
VII.- RÉGIMEN DE GARANTÍAS.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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