Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talavera la Real. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04265/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento del servicio de centro de lavado y desinfección de vehículos
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Ayuntamiento de Talavera la Real

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especies, aquellos incluidos en el apartado A.1 en el caso de los centros autorizados para vehículos de
transporte de animales terrestres y aquellos incluidos en el apartado A.2 en el caso de los centros autorizados
para vehículos de animales acuáticos.
c) Persona responsable del procedimiento de aplicación: será la persona responsable de la validez del
procedimiento de aplicación del tratamiento de limpieza y desinfección, así como de su cumplimiento, sin
perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 830/2010, de 15 de junio, por el que se establece la normativa
reguladora de la capacitación para realizar tratamiento con biocidas.
Artículo 3. Limpieza y desinfección.
1. Podrá realizarse en este centro municipal la limpieza y desinfección de vehículos dedicados al transporte por carretera de
animales.
2. La limpieza y desinfección deberá realizarse cuando el Centro Municipal objeto de este Reglamento sea el centro
autorizado más próximo al lugar donde se haya procedido a la descarga de los animales transportados, con las siguientes
excepciones:
a) En el caso de los vehículos de transporte por carretera de peces, la limpieza y desinfección deberá
realizarse en la propia explotación de destino si la misma dispone de un centro autorizado para la limpieza y
desinfección de los mismos; en su defecto en el centro autorizado de la propia empresa transportista que
esté más cercano a la descarga y, si este no existiera, en el centro autorizado para la limpieza y desinfección
de dichos vehículos más cercano a la descarga.
b) Cuando los vehículos transporten animales con el fin de reproducción o engorde, se desplacen desde una
explotación ganadera que dispone de un centro autorizado en la propia explotación y después de hacer el
traslado vuelven directamente a ella, donde se realizará la limpieza y desinfección previa a la carga.
c) Cuando los vehículos transporten animales con fin de reproducción o engorde, sean propiedad de
agrupaciones, empresas o asociaciones que tienen un centro de uso restringido y después de hacer el
traslado van directamente a dicho centro, donde se realizará la limpieza y desinfección previa a la carga.
Artículo 4. Funcionamiento del centro de limpieza y desinfección.
Durante las operaciones de limpieza y desinfección deberán seguirse los siguientes pasos:
1. Una limpieza en seco del vehículo, cuando se considere necesario por el contenido de materia orgánica en el interior del
mismo, con el fin de eliminar toda la materia sólida mediante barrido y raspado, que se depositará en una zona específica,
cubierta o no, para su posterior eliminación o aprovechamiento. Esta limpieza en seco debe realizarse siempre comenzando
por el punto más alto del vehículo y acabando por el más bajo.
2. Una limpieza con agua a presión de todo el vehículo, incluyendo ruedas, bajos y carrocería. La limpieza deberá realizarse
con los elementos móviles del vehículo desmontados: pisos, separadores, jaulas, etc.
3. Aplicación de detergente, preferiblemente alcalino, según se establezca en las especificaciones técnicas de uso
establecidas por el fabricante. El agua será recogida en foso para su posterior eliminación o aprovechamiento.
4. La desinfección del vehículo se realizará mediante una de las siguientes opciones:
a) Rociado de las partes externas y de la zona habilitada para el transporte de animales, subproductos o
productos para la alimentación animal, con un biocida de uso ganadero, adecuado según la especie animal,
subproducto o producto para la alimentación animal de que se trate, y la situación sanitaria de la zona, de
forma que los procedimientos utilizados sean eficaces contra los agentes patógenos.
Durante esta operación, los pisos de la zona habilitada para el transporte de animales deben estar en
posición de carga. No obstante, esto no será aplicable a los vehículos de transporte por carretera de peces.
b) Tratamiento térmico que garantice la inactivación de los agentes patógenos de forma que los
procedimientos utilizados sean eficaces contra los agentes patógenos.
La ropa y calzado del conductor debe cambiarse, o en su defecto, limpiarse y desinfectarse previamente al uso de la cabina
para el siguiente transporte.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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