Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Olivenza. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04242/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la recogida de residuos de Olivenza
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Olivenza
Anuncio 4242/2021
2. Particularmente, entre los residuos a depositar en esta fracción resto se encuentran las cenizas y escorias
generadas como consecuencia de barbacoas y el funcionamiento de calderas de biomasa o carbón vegetal
utilizados en domicilios particulares. Queda prohibido el depósito de estos residuos hasta que no estén
totalmente enfriados, así como el depósito de brasas incandescentes.
3. La fracción resto se depositará en bolsas impermeables suficientemente resistentes que impidan los
derrames.
Sección 2.ª. Puntos limpios fijos y puntos limpios móviles.
Artículo 32. Residuos admitidos en los puntos limpios.
1. El punto limpio de Olivenza es una instalación fija ubicada en Calle Jornaleros de Olivenza, en la que se
podrán depositar los siguientes residuos domésticos siempre que hayan sido generados en los hogares como
consecuencia de las actividades domésticas:
a) Aceites de cocina usados.
b) Residuos textiles (ropa, zapatos usados y otros textiles del hogar).
c) Residuos de pilas y acumuladores, incluidos los de baterías de plomo-ácido.
d) Residuos voluminosos, como muebles y enseres.
e) Residuos de construcción y demolición de obras menores y reparación domiciliaria, excepto los que
contengan amianto o sean radiactivos
f) Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, incluidos residuos de lámparas y luminarias.
h) Radiografías.
i) Cristales, tales como vasos, platos, copas, cristales de ventanas y puertas.
j) Residuos de aerosoles y espráis con producto.
k) Residuos de envases a presión.
l) Residuos de envases contaminados (por contener o haber contenido productos con sustancias
contaminantes como pinturas, barnices, disolventes, pesticidas, desatascadores, etc.).
m) Residuos de medicamentos y de sus envases.
n) Residuos de origen doméstico con características de peligrosidad.
o) Neumáticos al final de su vida útil generados por particulares y, por tanto, excluidos los generados como
consecuencia de actividades económicas o empresariales.
p) Otros residuos que expresamente determine el Ayuntamiento en las normas de desarrollo de la presente
Ordenanza.
2. El Ayuntamiento podrá poner a disposición de los ciudadanos un servicio de puntos limpios móviles, en el
que se podrán depositar los residuos domésticos de origen domiciliario que se determinen y con la frecuencia
y localizaciones que igualmente se determinen.
3. El Ayuntamiento tendrá siempre a disposición de los ciudadanos una lista de los residuos que podrán
depositarse en el punto limpio fijo y, en su caso, en los puntos limpios móviles, así como información sobre
los horarios y días de funcionamiento, volumen máximo admitido y forma de depósito.
Artículo 33. Usuarios de los puntos limpios.
1. El uso del punto limpio fijo y, en su caso, de los puntos limpios móviles, para el depósito de los residuos
enumerados en el apartado 1 del artículo anterior está reservado a los ciudadanos particulares domiciliados
en el municipio o en la entidad de ámbito superior que expresamente se establezca, sin perjuicio de lo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 14 de 22
Anuncio 4242/2021
2. Particularmente, entre los residuos a depositar en esta fracción resto se encuentran las cenizas y escorias
generadas como consecuencia de barbacoas y el funcionamiento de calderas de biomasa o carbón vegetal
utilizados en domicilios particulares. Queda prohibido el depósito de estos residuos hasta que no estén
totalmente enfriados, así como el depósito de brasas incandescentes.
3. La fracción resto se depositará en bolsas impermeables suficientemente resistentes que impidan los
derrames.
Sección 2.ª. Puntos limpios fijos y puntos limpios móviles.
Artículo 32. Residuos admitidos en los puntos limpios.
1. El punto limpio de Olivenza es una instalación fija ubicada en Calle Jornaleros de Olivenza, en la que se
podrán depositar los siguientes residuos domésticos siempre que hayan sido generados en los hogares como
consecuencia de las actividades domésticas:
a) Aceites de cocina usados.
b) Residuos textiles (ropa, zapatos usados y otros textiles del hogar).
c) Residuos de pilas y acumuladores, incluidos los de baterías de plomo-ácido.
d) Residuos voluminosos, como muebles y enseres.
e) Residuos de construcción y demolición de obras menores y reparación domiciliaria, excepto los que
contengan amianto o sean radiactivos
f) Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, incluidos residuos de lámparas y luminarias.
h) Radiografías.
i) Cristales, tales como vasos, platos, copas, cristales de ventanas y puertas.
j) Residuos de aerosoles y espráis con producto.
k) Residuos de envases a presión.
l) Residuos de envases contaminados (por contener o haber contenido productos con sustancias
contaminantes como pinturas, barnices, disolventes, pesticidas, desatascadores, etc.).
m) Residuos de medicamentos y de sus envases.
n) Residuos de origen doméstico con características de peligrosidad.
o) Neumáticos al final de su vida útil generados por particulares y, por tanto, excluidos los generados como
consecuencia de actividades económicas o empresariales.
p) Otros residuos que expresamente determine el Ayuntamiento en las normas de desarrollo de la presente
Ordenanza.
2. El Ayuntamiento podrá poner a disposición de los ciudadanos un servicio de puntos limpios móviles, en el
que se podrán depositar los residuos domésticos de origen domiciliario que se determinen y con la frecuencia
y localizaciones que igualmente se determinen.
3. El Ayuntamiento tendrá siempre a disposición de los ciudadanos una lista de los residuos que podrán
depositarse en el punto limpio fijo y, en su caso, en los puntos limpios móviles, así como información sobre
los horarios y días de funcionamiento, volumen máximo admitido y forma de depósito.
Artículo 33. Usuarios de los puntos limpios.
1. El uso del punto limpio fijo y, en su caso, de los puntos limpios móviles, para el depósito de los residuos
enumerados en el apartado 1 del artículo anterior está reservado a los ciudadanos particulares domiciliados
en el municipio o en la entidad de ámbito superior que expresamente se establezca, sin perjuicio de lo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 14 de 22