Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medellín. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (04237/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interior de la Escuela Profesional Condado de Medellín III
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Medellín
Anuncio 4237/2021
este programa. Las pagas extraordinarias se prorratearán en 12 mensualidades.
Artículo 6: Organización general y órganos de gestión.
La eficacia, participación, autonomía, responsabilidad, flexibilidad y coordinación son los criterios de organización que están
presentes en este tipo de programas cuya misión es ofrecer una formación de calidad, personalizada, que propicie la
adquisición de certificados de profesionalidad y una práctica laboral a través de la ejecución de una obra de interés social
directamente relacionada con las especialidades formativas de cada proyecto, desarrollando las capacidades y destrezas del
alumnado, así como su capacidad emprendedora.
La organización general corresponderá a dos niveles:
- El institucional: La máxima responsabilidad institucional del proyecto corresponderá al Excmo.
Ayuntamiento de Medellín como entidad promotora y contratante, cargo que compartirá con el organismo
responsable de la Junta de Extremadura, que puede ser el SEXPE u otro departamento, que ejercerá de
órgano gestor de la subvención concedida para la puesta en marcha del proyecto en los términos que marca
la legislación y la normativa publicada al efecto.
- El interno: La organización interna de los proyectos se asentará sobre el equipo directivo y docente y la
asamblea de alumnos/as, entendido este como órgano de trabajo colectivo.
Los órganos de gestión y representación son:
▪ Claustro: Será el encargado de la organización interna del programa, estando integrado por el Director-Gestor, el
Coordinador de formación–acompañamiento/tutorización, el Monitor de la especialidad de albañilería y la Monitora de la
especialidad de arqueología. Es el órgano propio de participación de todo el personal directivo y docente, estando presidido
por el Director-Gestor. El claustro se reunirá una vez al mes y cuando lo estime conveniente, pudiéndose dar participación al
delegado de la especialidad para evaluar la marcha del proyecto, resolver pequeños problemas, recoger sugerencias, etc.
Son competencias del claustro:
Programar las actividades formativas.
Fijar y coordinar criterios sobre la evaluación de los alumnos.
Promover iniciativas en el ámbito de la formación.
Elaboración, coordinación y seguimiento del Plan de Inserción Laboral.
▪ Comisión de Convivencia: Es el órgano de representación de todos los implicados en el programa, entidad promotora,
equipo directivo y docente alumno/a-trabajador/a. En concreto, su composición sería la de un representante de la entidad,
el director-gestor, el coordinador de formación-acompañamiento/tutorización, los monitores de la especialidad y el
delegado de los alumnos/as-trabajadores/as.
La Comisión de Convivencia se reunirá en cualquier momento que considere necesario el equipo y considere que se dé
alguna circunstancia que afecte al desarrollo normalizado del programa.
Es competencia de la Comisión de Convivencia:
Fomentar un buen ambiente de trabajo, resolviendo pequeños conflictos.
Vigilar el cumplimiento del Reglamento de régimen interno.
Proponer actividades complementarias.
Hacer cuantas sugerencias estime oportunas para la mejor consecución de los objetivos del programa.
▪ Asamblea general del alumnado: Es el órgano propio de participación de los alumnos/as-trabajadores/as en el
funcionamiento del proyecto, de entre los componentes de dicha asamblea saldrá la figura del delegado/a y subdelegado/a,
siendo elegidos mediante votación por la totalidad de dicha asamblea. Así mismo, por mayoría de la asamblea, puede ser
destituido/a de su cargo.
Funciones del delegado/a:
Representar a sus compañeros en las reuniones a las que asista (Claustro y/o Comisión de Convivencia u otras).
Recoger quejas o sugerencias de los mismos.
Asistir a las reuniones a las que se convoque.
Artículo 7: Horario de trabajo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 15
Anuncio 4237/2021
este programa. Las pagas extraordinarias se prorratearán en 12 mensualidades.
Artículo 6: Organización general y órganos de gestión.
La eficacia, participación, autonomía, responsabilidad, flexibilidad y coordinación son los criterios de organización que están
presentes en este tipo de programas cuya misión es ofrecer una formación de calidad, personalizada, que propicie la
adquisición de certificados de profesionalidad y una práctica laboral a través de la ejecución de una obra de interés social
directamente relacionada con las especialidades formativas de cada proyecto, desarrollando las capacidades y destrezas del
alumnado, así como su capacidad emprendedora.
La organización general corresponderá a dos niveles:
- El institucional: La máxima responsabilidad institucional del proyecto corresponderá al Excmo.
Ayuntamiento de Medellín como entidad promotora y contratante, cargo que compartirá con el organismo
responsable de la Junta de Extremadura, que puede ser el SEXPE u otro departamento, que ejercerá de
órgano gestor de la subvención concedida para la puesta en marcha del proyecto en los términos que marca
la legislación y la normativa publicada al efecto.
- El interno: La organización interna de los proyectos se asentará sobre el equipo directivo y docente y la
asamblea de alumnos/as, entendido este como órgano de trabajo colectivo.
Los órganos de gestión y representación son:
▪ Claustro: Será el encargado de la organización interna del programa, estando integrado por el Director-Gestor, el
Coordinador de formación–acompañamiento/tutorización, el Monitor de la especialidad de albañilería y la Monitora de la
especialidad de arqueología. Es el órgano propio de participación de todo el personal directivo y docente, estando presidido
por el Director-Gestor. El claustro se reunirá una vez al mes y cuando lo estime conveniente, pudiéndose dar participación al
delegado de la especialidad para evaluar la marcha del proyecto, resolver pequeños problemas, recoger sugerencias, etc.
Son competencias del claustro:
Programar las actividades formativas.
Fijar y coordinar criterios sobre la evaluación de los alumnos.
Promover iniciativas en el ámbito de la formación.
Elaboración, coordinación y seguimiento del Plan de Inserción Laboral.
▪ Comisión de Convivencia: Es el órgano de representación de todos los implicados en el programa, entidad promotora,
equipo directivo y docente alumno/a-trabajador/a. En concreto, su composición sería la de un representante de la entidad,
el director-gestor, el coordinador de formación-acompañamiento/tutorización, los monitores de la especialidad y el
delegado de los alumnos/as-trabajadores/as.
La Comisión de Convivencia se reunirá en cualquier momento que considere necesario el equipo y considere que se dé
alguna circunstancia que afecte al desarrollo normalizado del programa.
Es competencia de la Comisión de Convivencia:
Fomentar un buen ambiente de trabajo, resolviendo pequeños conflictos.
Vigilar el cumplimiento del Reglamento de régimen interno.
Proponer actividades complementarias.
Hacer cuantas sugerencias estime oportunas para la mejor consecución de los objetivos del programa.
▪ Asamblea general del alumnado: Es el órgano propio de participación de los alumnos/as-trabajadores/as en el
funcionamiento del proyecto, de entre los componentes de dicha asamblea saldrá la figura del delegado/a y subdelegado/a,
siendo elegidos mediante votación por la totalidad de dicha asamblea. Así mismo, por mayoría de la asamblea, puede ser
destituido/a de su cargo.
Funciones del delegado/a:
Representar a sus compañeros en las reuniones a las que asista (Claustro y/o Comisión de Convivencia u otras).
Recoger quejas o sugerencias de los mismos.
Asistir a las reuniones a las que se convoque.
Artículo 7: Horario de trabajo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 15