Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medellín. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (04237/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interior de la Escuela Profesional Condado de Medellín III
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Medellín
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mismo, demostrando un rendimiento y actitud adecuada.
7. Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección de cualquier miembro del
equipo directivo y docente, pudiendo ser adoptadas por el equipo las oportunas medidas de vigilancia
y control para verificar tanto el cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del
alumno/a-trabajador/a participante.
8. Participar activamente en las clases teóricas complementarias de su formación integral, cumpliendo
con las tareas que les sean encomendadas, ya sean miembros integrantes del proyecto como aquellos
colaboradores del mismo.
9. Evitar durante la jornada laboral las interferencias ajenas al trabajo que puedan afectar al mismo:
Visitas, llamadas y mensajes de teléfono, charlas con terceras personas, etc.
10. Guardar el debido respeto a los compañeros, manteniendo un trato de corrección y colaborando con
ellos en el trabajo cuando sea necesario.
11. Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material del programa y de la entidad
promotora. Mantener en buen estado las instalaciones, herramientas, maquinaria, equipos, útiles de
trabajo, ropa laboral y material formativo. El material formativo facilitado deberá permanecer en el
centro de trabajo para cualquier consulta. Queda totalmente prohibida la utilización de cualquier tipo
de material perteneciente al proyecto o a la entidad promotora para fines personales sin la oportuna
autorización.
12. Solicitar autorización antes de ausentarse del trabajo, poniendo en conocimiento del monitor
correspondiente o de la Coordinador/a de formación las causas que motiven la ausencia lo antes
posible desde el momento en que el alumno-trabajador tenga conocimiento de ellas. El alumnotrabajador rellenará antes de marcharse y al volver el documento establecido al efecto. Cuando el
alumno-trabajador no se incorpore a su trabajo al comienzo de la jornada por causas sobrevenidas
con posterioridad a la finalización de la jornada anterior, deberá comunicarlo a la mayor brevedad en
el centro de trabajo dentro del horario habitual y a ser posible en la primera media hora.
13. Justificar todos los períodos de ausencia en el trabajo mediante la presentación de los documentos
oportunos, conforme a las indicaciones facilitadas desde el proyecto. Los justificantes para acreditar
tiempos de ausencia habrán de presentarse el mismo día en que se produzca el hecho que motivó la
ausencia o en los dos días hábiles inmediatamente posteriores. Los justificantes presentados fuera del
mencionado plazo o que no reúnan las condiciones establecidas por el equipo técnico del proyecto
carecerán de validez, salvo que se quede suficientemente confirmada la imposibilidad de presentarlos
en tiempo y forma.
14. Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes en
todo momento de que de ellos depende la "imagen" que el programa ofrece al municipio y a su
entorno.
Artículo 16: Régimen disciplinario: Faltas, sanciones, competencia, prescripción y procedimiento.
A) Las faltas: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados siguientes, así como
las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A.1.- Faltas leves:
1. La incorrección o falta de respeto con cualquier integrante del programa, de la entidad promotora o
persona que colabore con el programa.
2. La impuntualidad reiterada (3 veces) no justificada en la entrada y en la salida del centro o en la
incorporación a las distintas actividades (5 minutos). Los retrasos se irán acumulando y no podrán ser
superiores a 15 minutos en un mes, aunque se permita la entrada, supondrá una falta leve.
3. La no comunicación de ausencias por enfermedad sobrevenida o asistencia a médico u otras
incidencias en plazo convenido.
4. Una falta de asistencia sin causa justificada.
5. El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada o el permiso correspondiente.
6. El bajo rendimiento, comportamiento apático o desinterés en las actividades, así como interrupciones
que entorpezcan el desarrollo de clases teóricas y prácticas, tanto formativas como de trabajo efectivo
del programa.
7. Escupir en el suelo, tirar papeles, comer pipas, chicles, tirar colillas al suelo, etc., en todas las
instalaciones del programa.
8. Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo y el consiguiente
perjuicio para los compañeros.
9. Presentarse a las actividades, tanto formativas como de trabajo efectivo, sin los útiles necesarios por
descuido inexcusable.
10. El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo de su
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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mismo, demostrando un rendimiento y actitud adecuada.
7. Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección de cualquier miembro del
equipo directivo y docente, pudiendo ser adoptadas por el equipo las oportunas medidas de vigilancia
y control para verificar tanto el cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del
alumno/a-trabajador/a participante.
8. Participar activamente en las clases teóricas complementarias de su formación integral, cumpliendo
con las tareas que les sean encomendadas, ya sean miembros integrantes del proyecto como aquellos
colaboradores del mismo.
9. Evitar durante la jornada laboral las interferencias ajenas al trabajo que puedan afectar al mismo:
Visitas, llamadas y mensajes de teléfono, charlas con terceras personas, etc.
10. Guardar el debido respeto a los compañeros, manteniendo un trato de corrección y colaborando con
ellos en el trabajo cuando sea necesario.
11. Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material del programa y de la entidad
promotora. Mantener en buen estado las instalaciones, herramientas, maquinaria, equipos, útiles de
trabajo, ropa laboral y material formativo. El material formativo facilitado deberá permanecer en el
centro de trabajo para cualquier consulta. Queda totalmente prohibida la utilización de cualquier tipo
de material perteneciente al proyecto o a la entidad promotora para fines personales sin la oportuna
autorización.
12. Solicitar autorización antes de ausentarse del trabajo, poniendo en conocimiento del monitor
correspondiente o de la Coordinador/a de formación las causas que motiven la ausencia lo antes
posible desde el momento en que el alumno-trabajador tenga conocimiento de ellas. El alumnotrabajador rellenará antes de marcharse y al volver el documento establecido al efecto. Cuando el
alumno-trabajador no se incorpore a su trabajo al comienzo de la jornada por causas sobrevenidas
con posterioridad a la finalización de la jornada anterior, deberá comunicarlo a la mayor brevedad en
el centro de trabajo dentro del horario habitual y a ser posible en la primera media hora.
13. Justificar todos los períodos de ausencia en el trabajo mediante la presentación de los documentos
oportunos, conforme a las indicaciones facilitadas desde el proyecto. Los justificantes para acreditar
tiempos de ausencia habrán de presentarse el mismo día en que se produzca el hecho que motivó la
ausencia o en los dos días hábiles inmediatamente posteriores. Los justificantes presentados fuera del
mencionado plazo o que no reúnan las condiciones establecidas por el equipo técnico del proyecto
carecerán de validez, salvo que se quede suficientemente confirmada la imposibilidad de presentarlos
en tiempo y forma.
14. Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes en
todo momento de que de ellos depende la "imagen" que el programa ofrece al municipio y a su
entorno.
Artículo 16: Régimen disciplinario: Faltas, sanciones, competencia, prescripción y procedimiento.
A) Las faltas: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados siguientes, así como
las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A.1.- Faltas leves:
1. La incorrección o falta de respeto con cualquier integrante del programa, de la entidad promotora o
persona que colabore con el programa.
2. La impuntualidad reiterada (3 veces) no justificada en la entrada y en la salida del centro o en la
incorporación a las distintas actividades (5 minutos). Los retrasos se irán acumulando y no podrán ser
superiores a 15 minutos en un mes, aunque se permita la entrada, supondrá una falta leve.
3. La no comunicación de ausencias por enfermedad sobrevenida o asistencia a médico u otras
incidencias en plazo convenido.
4. Una falta de asistencia sin causa justificada.
5. El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada o el permiso correspondiente.
6. El bajo rendimiento, comportamiento apático o desinterés en las actividades, así como interrupciones
que entorpezcan el desarrollo de clases teóricas y prácticas, tanto formativas como de trabajo efectivo
del programa.
7. Escupir en el suelo, tirar papeles, comer pipas, chicles, tirar colillas al suelo, etc., en todas las
instalaciones del programa.
8. Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo y el consiguiente
perjuicio para los compañeros.
9. Presentarse a las actividades, tanto formativas como de trabajo efectivo, sin los útiles necesarios por
descuido inexcusable.
10. El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo de su
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