Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zahínos. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03603/2021)
Bases para la cobertura en propiedad de una plaza de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Zahínos, en turno libre, mediante el sistema de oposición (oferta de empleo público)
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Zahínos
Anuncio 3603/2021
Cuando la oferta de empleo se haya realizado vía e-mail, por no haberse conseguido la comunicación verbal
vía telefónica, la persona receptora del aman deberá ponerse en contacto con Recursos Humanos en el plazo
de 24 horas que se computara desde el momento en que se envió la comunicación de la oferta. Transcurrido
dicho plazo, sin que las personas seleccionadas se pongan en contacto con el mencionado órgano, se dará
paso al siguiente candidato de la lista.
Desde el momento en que la persona seleccionada conozca de manera efectiva la oferta de empleo concreto
que se le realiza, tendrá de plazo hasta las 12:00 horas del día siguiente para que comunique la aceptación ❑
no de la misma. En el caso que no se realizase comunicación alguna o se rechazase la oferta, se le excluirá de
la bolsa si no concurre ninguna de las causas fijadas para pasar a situación de baja temporal. En el supuesto
de que habiendo solicitado de forma voluntaria el pase a "Situación disponible", rechace un nuevo
nombramiento por la misma causa que originó la situación de "Baja Temporal" será excluido de la bolsa.
Aquellas personas integrantes de la bolsa de trabajo con quienes no se hubiera podido establecer contacto en
la forma prevista en el primer párrafo de este punto, se les remitirá una comunicación postal certificada con
acuse de recibo, indicándoles que su situación es el de ilocalizable. Si en el plazo de 10 días naturales desde la
comunicación, la persona no manifestara por escrito dirigido a Recursos Humanos, su voluntad de subsanar
dicha situación, se les excluirá de la bolsa de trabajo.
IV. Exclusión de la bolsa del candidato:
Son causas de exclusión:
a) La renuncia voluntaria del candidato al nombramiento como funcionario interino.
b) No prestar en el plazo indicado, 3 días naturales, la documentación acreditativa de la causa
que moya el pase a la situación de baja temporal.
c) Haber sido condenado por delito doloso, o estar separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas, o hallarse inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas. No obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de
acuerdo con las normas penales y administrativas, siempre que aquellas se acredite mediante
el correspondiente documento oficial por la persona integrante de la bolsa.
d) Ser removido por el ayuntamiento, tras la apertura de expediente administrativo
contradictorio en el que se acredite una falta de capacidad para el desempeño del puesto,
manifestada por un rendimiento insuficiente que no comporte in habilitación y que impida
realizar con eficacia las funciones atribuidas al puesto.
e) Encontrarse en situación de localizable, transcurrido el plazo establecido desde la
comunicación efectuada por correo electrónico.
No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, si en cualquier momento, llegara a conocimiento de
Recursos Humanos que, por circunstancias sobrevenidas, alguna de las personas integrantes de la bolsa,
careciera de los requisitos exigidos para el desempeño de los puestos de agente de la escala básica de policía
local, dicha persona será excluida de la misma por resolución del Alcalde-Presidente.
DUODÉCIMO.- NOMBRAMIENTO COMO PERSONA FUNCIONARIO EN PRÁCTICAS.
Una vez acreditados los requisitos establecidos por la convocatoria, el Sr. Alcalde-Presidente nombrará a los
seleccionados personal funcionario en prácticas y percibirán, con cargo a la Corporación respectiva, las
retribuciones que les correspondan. En todo caso, este nombramiento se otorgará al inicio del curso selectivo
para so en el cuerpo de la Policía Local y durará, en tanto se desarrolla el curso selectivo y la fase de prácticas,
hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.
Durante el nombramiento como funcionario en prácticas de esta entidad local tendrán los derechos y
obligaciones inherentes a tal situación.
DECIMOTERCERO.- CURSO SELECTIVO PARA EL INGRESO EN LOS CUERPOS DE POLICIA LOCAL.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 10 de 19
Anuncio 3603/2021
Cuando la oferta de empleo se haya realizado vía e-mail, por no haberse conseguido la comunicación verbal
vía telefónica, la persona receptora del aman deberá ponerse en contacto con Recursos Humanos en el plazo
de 24 horas que se computara desde el momento en que se envió la comunicación de la oferta. Transcurrido
dicho plazo, sin que las personas seleccionadas se pongan en contacto con el mencionado órgano, se dará
paso al siguiente candidato de la lista.
Desde el momento en que la persona seleccionada conozca de manera efectiva la oferta de empleo concreto
que se le realiza, tendrá de plazo hasta las 12:00 horas del día siguiente para que comunique la aceptación ❑
no de la misma. En el caso que no se realizase comunicación alguna o se rechazase la oferta, se le excluirá de
la bolsa si no concurre ninguna de las causas fijadas para pasar a situación de baja temporal. En el supuesto
de que habiendo solicitado de forma voluntaria el pase a "Situación disponible", rechace un nuevo
nombramiento por la misma causa que originó la situación de "Baja Temporal" será excluido de la bolsa.
Aquellas personas integrantes de la bolsa de trabajo con quienes no se hubiera podido establecer contacto en
la forma prevista en el primer párrafo de este punto, se les remitirá una comunicación postal certificada con
acuse de recibo, indicándoles que su situación es el de ilocalizable. Si en el plazo de 10 días naturales desde la
comunicación, la persona no manifestara por escrito dirigido a Recursos Humanos, su voluntad de subsanar
dicha situación, se les excluirá de la bolsa de trabajo.
IV. Exclusión de la bolsa del candidato:
Son causas de exclusión:
a) La renuncia voluntaria del candidato al nombramiento como funcionario interino.
b) No prestar en el plazo indicado, 3 días naturales, la documentación acreditativa de la causa
que moya el pase a la situación de baja temporal.
c) Haber sido condenado por delito doloso, o estar separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas, o hallarse inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas. No obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de
acuerdo con las normas penales y administrativas, siempre que aquellas se acredite mediante
el correspondiente documento oficial por la persona integrante de la bolsa.
d) Ser removido por el ayuntamiento, tras la apertura de expediente administrativo
contradictorio en el que se acredite una falta de capacidad para el desempeño del puesto,
manifestada por un rendimiento insuficiente que no comporte in habilitación y que impida
realizar con eficacia las funciones atribuidas al puesto.
e) Encontrarse en situación de localizable, transcurrido el plazo establecido desde la
comunicación efectuada por correo electrónico.
No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, si en cualquier momento, llegara a conocimiento de
Recursos Humanos que, por circunstancias sobrevenidas, alguna de las personas integrantes de la bolsa,
careciera de los requisitos exigidos para el desempeño de los puestos de agente de la escala básica de policía
local, dicha persona será excluida de la misma por resolución del Alcalde-Presidente.
DUODÉCIMO.- NOMBRAMIENTO COMO PERSONA FUNCIONARIO EN PRÁCTICAS.
Una vez acreditados los requisitos establecidos por la convocatoria, el Sr. Alcalde-Presidente nombrará a los
seleccionados personal funcionario en prácticas y percibirán, con cargo a la Corporación respectiva, las
retribuciones que les correspondan. En todo caso, este nombramiento se otorgará al inicio del curso selectivo
para so en el cuerpo de la Policía Local y durará, en tanto se desarrolla el curso selectivo y la fase de prácticas,
hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.
Durante el nombramiento como funcionario en prácticas de esta entidad local tendrán los derechos y
obligaciones inherentes a tal situación.
DECIMOTERCERO.- CURSO SELECTIVO PARA EL INGRESO EN LOS CUERPOS DE POLICIA LOCAL.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 10 de 19