Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. (03468/2021)
Bases que han de regir la convocatoria de cuatro plazas de Profesores de la Escuela Municipal de Música a través de contratación temporal y constitución de bolsa de trabajo
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 3468/2021

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en
representación o por cuenta de nadie.
La composición del tribunal calificador es la siguiente:

Cargo
Presidente

Un Funcionario del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Vocal

Un empleado público designado por el Ayuntamiento.

Vocal

Un empleado público designado por el Ayuntamiento.

Vocal

Un empleado público designado por el Ayuntamiento.

Secretario

Un Funcionario del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los órganos de selección pueden disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para
todas o algunas de las pruebas, de acuerdo con lo previsto en las correspondientes convocatorias.
Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades
técnicas.
Séptimo. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos
Procedimiento de selección
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes
Fase oposición:
La fase de oposición consistirá en la realización de 2 pruebas de aptitudes eliminatorias y obligatorias para los
aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 6 puntos, siendo
eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 3 puntos. La puntuación de cada uno de los
ejercicios se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los
miembros del Tribunal.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
Primer ejercicio, consistirá en la presentación de un proyecto de una unidad didáctica para desarrollar
durante el curso académico dentro de la especialidad a la que aspiran, que deberá versar sobre los siguientes
extremos:
Objetivos
Destinatarios de la unidad didáctica
Conceptos y procedimientos a trabajar durante la unidad
Desarrollo de la unidad
Actividades incluidas en la unidad
Recursos a utilizar durante la ejecución de la unidad
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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