Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. (03468/2021)
Bases que han de regir la convocatoria de cuatro plazas de Profesores de la Escuela Municipal de Música a través de contratación temporal y constitución de bolsa de trabajo
11 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 3468/2021

Todas las instancias deberán ir acompañadas de fotocopias compulsadas del DNI, certificado acreditativo de
no tener antecedentes de delitos sexuales, de la titulación exigida, así como de la relación de los méritos que
se exijan en la base 7, debidamente acreditados.
Deberán también acompañar a la solicitud la propuesta de unidad didáctica propuesta en la base 7 para el
primer ejercicio del proceso selectivo, así como las obras elegidas para el segundo ejercicio de la fase de
oposición.
Los aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, aceptan las presentes bases y se someten
al contenido de esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones
o recursos pertinentes.
Los errores de hecho en estas bases que pudieran advertirse, podrán ser subsanados en cualquier momento,
de oficio o a petición del interesado. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar
en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
concedido para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza.
Quinto. Admisión de aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de 5 días, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede
electrónica de este Ayuntamiento http://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.esy en el tablón de anuncios,
para mayor difusión, se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 3 días desde la finalización del plazo para
presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se
entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la
lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en la sede electrónica de este
Ayuntamiento y en el tablón de anuncios, para mayor difusión. En esta misma publicación se hará constar el
día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas, así como la designación del tribunal
calificador. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica
de este Ayuntamiento http://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es y, en su caso, en el tablón de anuncios,
para mayor difusión; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán
hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior y en la
sede electrónica del Ayuntamiento.
Sexto. Tribunal Calificador
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán
formar parte de los órganos de selección.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección.
a) El personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya
desempeñado en los últimos dos años.
b) El personal funcionario interino o laboral temporal.
c) El personal eventual.
d) El personal directivo profesional.
e) Las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria
correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 11