Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Río Bodión (Zafra). Seguridad Ciudadana y Tráfico (Mérida). (03458/2021)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional "Bodión Empleo V"
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Mancomunidad de Municipios Río Bodión

Anuncio 3458/2021

12. A no ser discriminados por razón de sexo, estado civil, raza, edad, condición social, ideas religiosas o políticas,
disminución física, según lo establecido en la Ley.
13. A la percepción de la remuneración legalmente establecida.
14. A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Artículo 11.- Deberes.
Los que a continuación se relacionan:
1. Respetar la dignidad de cuantas personas forman parte del programa, así como mantener una actitud cívica en su
comportamiento personal.
2. Cumplir las obligaciones establecidas para su trabajo en el programa, de conformidad con las reglas de buena fe y
diligencia.
3. Obedecer, por parte del alumnado trabajador, las instrucciones del personal directivo y docente, encargado de su
formación, en el ejercicio regular de sus funciones.
4. Se prohíbe la tenencia, uso y exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos similares en el Programa de
Formación Dual y entornos de trabajo.
5. Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las protecciones y medios que el
Programa de Escuelas Profesionales pone a su disposición.
6. Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección de cualquier miembro del equipo técnico
(directivo y docente), pudiendo ser adoptadas por el equipo de formadores las oportunas medidas de vigilancia y
control para verificar tanto el cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del alumno-trabajador
participante.
7. Participar activamente en las clases teóricas complementarias de su formación integral, cumpliendo con las tareas
que les sean encomendadas por los profesores, ya sean miembros integrantes del proyecto como aquellos
colaboradores del mismo.
8. Guardar el debido respeto a los compañeros, manteniendo un trato de corrección y colaborando con ellos en el
trabajo cuando sea necesario.
9. Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material del Programa de Escuelas Profesionales y de la
entidad promotora.
10. Hacerse responsables del vestuario, herramienta, utillaje o maquinaria al uso (docentes y discentes) que les sean
entregadas para su trabajo, cuidándola y guardándola de modo conveniente y haciéndose cargo de su reposición en
caso de pérdida o deterioro por mal uso de la misma, siempre que se demuestre la falta de diligencia por parte del
usuario en tales circunstancias. En tal sentido indicar que la ropa de trabajo ha de ser utilizada únicamente en
actividades desarrolladas en el Programa de Escuelas Profesionales y por personal autorizado.
11. Utilizar el vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluidos los tiempos de descanso
establecidos, salvo en actividades muy concretas y por deseo expreso de la dirección del Programa de Escuelas
Profesionales o la propia entidad promotora.
12. Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes en todo
momento de que de ellos depende la "imagen" que el Programa de Escuelas Profesionales ofrece a los municipios de
la mancomunidad y su entorno.
13. Informar por parte de cualquier miembro del Programa de Escuelas Profesionales, a la dirección o a cualquier otro
miembro, en su caso y en horario de 8:00 a 9:00, de la no asistencia al trabajo, cuando por causas imprevistas se
produzca la imposibilidad justificada de incorporación al centro, para evitar posibles desarreglos en horarios,
planificación en el trabajo y perjuicios a los compañeros y en definitiva al desarrollo normal de la actividad del
Programa de Formación.
14. Comunicar al equipo formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda afectar al rendimiento en el
trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto del personal del programa, garantizándose en todo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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