Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Río Bodión (Zafra). Seguridad Ciudadana y Tráfico (Mérida). (03458/2021)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional "Bodión Empleo V"
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Mancomunidad de Municipios Río Bodión

Anuncio 3458/2021

3. Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal:
a) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal, en los términos
establecidos legal o convencionalmente.
b) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de
preparación al parto, que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.
c) Lactancia de un hijo menor de 9 meses: 1 hora de ausencia del trabajo, que se podrá dividir
en 2 fracciones. Con la misma finalidad, la madre puede sustituir este derecho por una
reducción de la jornada de 1 hora. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la
madre o por el padre, en caso de que ambos trabajen.
d) Quien, por razones de guarda legal, tenga a su cuidado directo algún menor de 6 años o a un
disminuido físico o psíquico que no desempeñe otra actividad retribuida, tendrá derecho a una
reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario entre, al menos,
1/3 y un máximo de 1/2 de la duración de aquella.
e) Exámenes: el personal y el alumnado tendrá derecho al disfrute de los permisos necesarios
para concurrir a exámenes, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un
curso académico o profesional.
f) Consultas médicas: Los trabajadores tendrán derecho a acudir a la visita del médico de
familia, ausencia que se justificará mediante justificante de ausencia laboral en el que figurarán
las horas de ausencia, la firma y el sello del facultativo correspondiente. Los permisos deben
disfrutarse en la fecha en que se produzca la necesidad, no pudiendo ser trasladados a días
hábiles.

Artículo 10.- Derechos.
Los que a continuación se relacionan:
1. Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o
intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo
será de cuatro días.
2. Respeto a la dignidad, intimidad y consideración debida de cada uno de los integrantes del programa "Escuela
Profesional Dual Bodión Empleo V", comprendida la protección frente a ofensas de naturaleza verbal, física,
ideológica, religiosa, étnica o sexual.
3. Respeto a su conciencia cívica y moral.
4. Respeto a su dignidad personal.
5. Recibir una educación integral y una formación profesional que les capacite en el conocimiento de un oficio para su
futura inserción laboral, conforme a los objetivos del proyecto y a las necesidades y posibilidades personales de cada
uno.
6. Utilizar con la corrección debida las instalaciones, mobiliario y material del programa.
7. Disponer de las herramientas, equipos y utillaje adecuados para el desempeño de sus tareas conforme a las normas
de seguridad y salud laboral en el trabajo.
8. A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad e higiene en el trabajo.
9. Realizar actividades culturales diversas que contribuyan a su formación integral.
10. A ser asesorados en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción laboral.
11. A participar en la organización de las Escuelas Profesionales de Extremadura a través de la formulación de
sugerencias y opiniones, bien de forma individual o colectiva.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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