Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Río Bodión (Zafra). Seguridad Ciudadana y Tráfico (Mérida). (03458/2021)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional "Bodión Empleo V"
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Mancomunidad de Municipios Río Bodión

Anuncio 3458/2021

hora de proceder durante el plazo de duración del mismo.
Artículo 3.- Condiciones del alumnado-trabajador.
Define la condición de alumnado/trabajador del programa de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura, el
mantener con la Mancomunidad "Río Bodión" (en adelante "entidad promotora") una relación regulada formalmente por un
contrato de formación, por lo que son considerados trabajadores, sin perder la condición, de alumno, en ningún caso.
La duración del contrato es de un año. El 40% de los alumnos serán contratados durante 6 meses por empresas.
Durante la duración del contrato de formación, el alumnado trabajador tendrá derecho a la percepción de un salario
equivalente al 75% del salario mínimo interprofesional vigente, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Artículo 4.- Condiciones del personal Directivo y docente.
El personal directivo y docente mantiene con la Entidad Promotora una relación regulada formalmente por un contrato por
obra o servicio determinado a jornada completa.
Artículo 5.- Horario de trabajo.
La jornada laboral se establece en 37,5 horas semanales, que se distribuirán de lunes a domingo y en horario de mañana.
Se considera jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas a trabajos reales.
El descanso tendrá una duración de 30 minutos, entre las 10.30 y 11.00 salvo que por motivos de organización o
necesidades de formación se pueda modificar a criterio del equipo directivo o docente.
Un descanso de 9:30 h a 9:35 h y otro de 12:30 h a 12:35 h.
Artículo 6.- Calendario laboral.
El programa se regirá por el calendario laboral que anualmente elabora la Administración, de tal forma que se considerarán
no laborables, además de los días considerados como tal ese nivel Nacional, Regional, los dos días establecidos por la
entidad promotora para el ejercicio 2021 y 2022, que afectan al desarrollo del proyecto.
Artículo 7.- Descanso semanal.
El personal del programa tendrá derecho a un descanso semanal de dos días que, como regla general, comprenderá los días
completos del sábado al domingo.
Artículo 8.- Vacaciones anuales.
El personal del programa tendrá derecho a vacaciones anuales retribuidas con duración de veintidós días hábiles, que se
decidirán a criterio del equipo técnico docente y siempre con la autorización de la Presidencia de la Mancomunidad.
El periodo de disfrute de las vacaciones anuales se fijará prioritariamente en un periodo que atienda a las necesidades del
proceso formativo y de ejecución de los proyectos de obra del programa. Dicho periodo se determinará a propuesta del
equipo técnico y sometido a consenso y será autorizado por la Presidencia de la Mancomunidad.
El periodo de vacaciones se disfrutará 11 días durante el 2021 y otros 11 días durante el 2022.
Artículo 9.- Permisos y licencias.
Los miembros del equipo técnico y el alumnado trabajador, previo aviso (al menos 48 horas de antelación) y justificación
previa o posterior, podrán ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por los motivos y el tiempo que a
continuación se relacionan:
1. Quince días, en los casos de nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo, tres días en caso de
enfermedad grave o fallecimiento de parientes, hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando,
con tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de 5 días, siempre y
cuando el lugar de destino diste más de 100 Km. Los parientes comprendidos en este supuesto, son tanto los
del propio trabajador (por consanguinidad): Padres, hijos, abuelos, hermanos y nietos; como los de su
cónyuge (por afinidad): Suegros, hijos, abuelos, nietos.
2. Un día, por traslado del domicilio habitual.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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