Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Río Bodión (Zafra). Seguridad Ciudadana y Tráfico (Mérida). (03458/2021)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional "Bodión Empleo V"
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Mancomunidad de Municipios Río Bodión

Anuncio 3458/2021

B.1.- Faltas leves:
- Amonestación verbal por cualquier miembro del equipo técnico.
- Apercibimiento de la dirección por escrito, que se unirá a la propuesta de falta y
por consiguiente apertura de expediente disciplinario.
- Suspensión de empleo y sueldo por un día, mediante comunicación escrita de
las causas que la motivan.
B.2.-Faltas graves:
- Suspensión de empleo y sueldo de dos a seis días, mediante comunicación
escrita de las causas que la motivan.
- Suspensión de empleo y sueldo durante el plazo proporcional a las horas
dejadas de trabajar.
B.3.-Faltas muy graves:
- Suspensión del Programa de Formación Dual y sueldo durante el plazo de siete
días a un mes, mediante comunicación expresa de las causas que lo motivan.
- Expulsión, extinción del contrato por despido disciplinario.

C) Competencia:
Corresponde al Sr. Presidente de la Mancomunidad "Río Bodión", de conformidad con las
atribuciones que le confiere, el artículo 21.º.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, y demás legislación concordante como órgano competente, la facultad
de imponerlas sanciones en los términos estipulados en el presente Reglamento de régimen
interno.
D) Prescripción de las faltas.
- Las faltas leves prescribirán a los treinta días, las graves a los sesenta días y las muy graves a
los noventa días, a partir de la fecha en la que la entidad promotora tenga conocimiento de las
mismas.
E) Procedimiento:
1. Comunicación por escrito a la entidad promotora por parte de la dirección de los hechos que
motivan la falta.
2. Comunicación por escrito al trabajador/a informándole de la apertura de expediente
disciplinario haciendo constar la fecha y los hechos que lo motivan.
3. Se dará audiencia al interesado/a por plazo de 10 días, para constatación de los hechos, y
para que efectúe las alegaciones o aporte la documentación que tenga por conveniente en su
descargo.
4. La dirección dará traslado de la propuesta de sanción a la entidad promotora.
5. En su caso, el Sr. Presidente de la Mancomunidad Zafra "Río Bodión", dictará resolución al
respecto; debiendo ser notificada al interesado/a y en la que deberán constarlos siguientes
datos:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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