Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03417/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de las Escuelas Profesionales del Ayuntamiento de Alconchel
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Ayuntamiento de Alconchel

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Los/as alumnos/as trabajadores/as del proyecto deberán firmar en los partes de asistencia elaborados por la misma, a la
entrada o a la salida de la jornada diaria, con independencia de donde se realice, reservándose la dirección el derecho a
hacer circular un nuevo parte de firmas a lo largo de la jornada laboral si así lo ve conveniente.
ARTÍCULO 6. CALENDARIO LABORAL.
Será el dictado por la entidad promotora del proyecto. Para el año 2019 y sucesivos mientras no se especifiquen otras
fechas, se establecen dos días de fiesta local: Uno de mayo y otro en agosto que serán determinados en sesión plenaria de
este Ayuntamiento.
ARTÍCULO 7. DESCANSO SEMANAL.
Los trabajadores tendrán derecho a un descanso semanal de dos días comprendiendo sábados y domingo, a no ser que las
necesidades del servicio precisen de realizar trabajos los sábados, domingos y festivos, en cuyo caso las horas trabajadas
serán compensadas según se regula en el presente reglamento.
ARTÍCULO 8. VACACIONES.
Los alumnos trabajadores tendrán derecho a vacaciones retribuidas con un total de 22 días hábiles anuales por año
trabajado.
ARTÍCULO 9. AUSENCIAS, PERMISOS Y LICENCIAS.
Las faltas de asistencia al proyecto podrán ser justificadas o no justificadas. La acumulación de estas últimas será objeto de
sanción disciplinaria.
1. Faltas justificadas: Son aquellas que tienen su origen en circunstancias independientes y ajenas a la
voluntad del alumno/a trabajador/a que le impidan acudir al proyecto. Entraran dentro de este apartado
todas aquellas faltas justificadas conforme a lo previsto en la normativa laboral que resulte de aplicación al
alumno/a trabajador/a.
2. Faltas no justificadas: Son todas aquellas que no se encuentran en el apartado anterior, o que, estándolo,
no se acreditan documentalmente de la forma debida. Las faltas no justificadas conllevarán, además de las
medidas disciplinarias que procedan, la deducción proporcional de haberes. Se consideraran faltas sin
justificar las ausencias para la realización de gestiones y/o tramites que puedan ser realizados fuera del
horario del programa.
3. Faltas de puntualidad: Se considera falta de puntualidad llegar al proyecto con 10 minutos de retraso.
Asimismo, los sucesivos retrasos de inferior duración se acumularán hasta completar ese periodo y serán
considerados como falta de puntualidad. Tres faltas de puntualidad equivaldrán a una falta sin justificar,
dando lugar a la correspondiente deducción proporcional de haberes. También se considera falta de
puntualidad, el retraso tras los descansos establecidos. Si el alumno trabajador tiene un retraso superior a 20
minutos no se incorporará a la clase y se considerará falta sin justificar.
4. Ausencias previstas: Las ausencias deberán ser comunicadas con al menos veinticuatro horas de antelación
al proyecto, indicando el motivo, la fecha y la duración prevista. Asimismo, se justificarán convenientemente
en el momento que se acuda al proyecto. El alumno/a trabajador/a cumplimentará el parte de ausencia
adjuntando el justificante original que entregará en la Dirección del proyecto que será remitido por parte de la
Dirección al departamento de recursos humanos del Ayuntamiento.
5. Ausencias imprevistas:
a. Por motivos de salud: El alumno/trabajador deberá comunicar a la Escuela Profesional su
ausencia por enfermedad el mismo día en que ésta se produzca. Si la ausencia no ocupa toda
la jornada, por tratarse únicamente de acudir a consulta médica, el alumno pedirá permiso a su
Monitor/a y/o Director/a aportando la cita previa. Cuando se incorpore, entregará en la
Dirección del proyecto el justificante médico con fecha y hora debidamente firmado y sellado.
El tiempo máximo autorizado de ausencia será el necesario para ser atendido, sin que pueda
superar, salvo circunstancias excepcionales, el cincuenta por ciento de la jornada laboral. Si la
ausencia es inferior a un día, el alumno/a trabajadora/a cumplimentará el parte de ausencia
para el Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento, adjuntando el correspondiente
justificante médico original.
Si la ausencia se prolonga un día o más, el alumno/trabajador debe presentar el parte de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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