Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03417/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de las Escuelas Profesionales del Ayuntamiento de Alconchel
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Ayuntamiento de Alconchel

Anuncio 3417/2021

incapacidad temporal en la Dirección en el plazo máximo de veinticuatro horas. Ningún
alumno/a trabajador/a se incorporará a su puesto en el proyecto sin haber presentado el parte
de alta médica en la Dirección.
b. Por otros motivos: El alumno/a trabajador/a deberá comunicar su ausencia lo antes posible
el mismo día en que ésta se produzca, indicando motivo y duración prevista. Asimismo, se
justificará convenientemente en el momento que se acuda al proyecto
6. Salidas del proyecto: Todo aquel alumno/a trabajador/a que necesite ausentarse de la Escuela Profesional
por alguna de las razones citadas, deberá rellenar el parte de salida que le será proporcionado en la Dirección
de la misma.
7. Los alumnos trabajadores previo aviso y justificación podrán ausentarse del trabajo con derecho a
remuneración por los motivos y tiempo que a continuación se relacionan:
Para asistencia a consulta médica, el tiempo necesario para ello, debiéndose justificar
posteriormente mediante justificante médico.
Para el resto de permisos y licencias se estará a lo dispuesto en el convenio colectivo del
personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura.
8. El alumnado-trabajador no podrá ausentarse de su puesto de trabajo sin ser autorizado por su monitor, a
quien tendrá que pedir permiso y justificar la ausencia; de lo contrario, se le imputará una falta por abandono
del puesto de trabajo y, en caso de producirse reiteración en dicha conducta, se procederá abrir expediente
disciplinario y, si existe reiteración, llegar al despido.
Los justificantes de faltas tendrán que indicar expresamente cuánto tiempo puede estar ausente del
programa. El justificante de haber asistido a consulta no justifica de por sí todo el día de trabajo.
En caso de justificantes médicos o de otra naturaleza en localidad distinta, se analizarán por parte del equipo
técnico, atendiendo a cada circunstancia personal.
Todas las horas que el alumno trabajador no asista al puesto de trabajo, ya sean faltas justificadas o no serán
descontadas del cómputo total de horas del módulo formativo o complementario que se esté impartiendo.
No obstante, si no se asistiera al menos al 75% de la duración asignada a los módulos teórico-prácticos no
tendrá derecho a presentarse a las pruebas que se realicen para supera el módulo formativo o
complementario.
ARTÍCULO 10. SEGURIDAD LABORAL.
Para garantizar la seguridad y salud de los/as alumnos/as trabajadores/as y del personal del proyecto a la hora de manejar
los diferentes equipos y máquinas de su especialidad, deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones:
1. Los/as alumnos/as trabajadores/as no podrán utilizar o poner en funcionamiento una máquina sin
autorización expresa de su monitor/a.
2. Cuando se trate de actividades peligrosas o con cierto grado de dificultad, lo hará bajo la supervisión
directa del mismo.
3. No se podrá hacer uso, salvo autorización expresa, de los equipos o máquinas ajenos al propio taller.
4. No se permite el uso de máquinas sin sus protecciones, así como manipular las mismas o las protecciones
personales.
5. En los períodos de descanso establecidos no se podrá hacer uso de las máquinas o herramientas.
6. Cuando por el motivo que fuese (por ejemplo, tomando ciertos medicamentos) los/as alumnos/as no se
hallen en pleno uso de sus facultades, deberán comunicarlo al profesor y abstenerse de trabajar en
situaciones de riesgo. Si la situación es detectada por el monitor, se procederá de igual manera.
7. Los/as alumnos/as trabajadores/as deberán cumplir siempre la normativa de seguridad y salud relacionada
con la actividad que realicen, así como utilizar los equipos de protección individual y colectiva que se pongan a
su disposición y conservarlos en buenas condiciones de uso o solicitar la sustitución, si es necesario.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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