Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (03251/2021)
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para financiar la redacción de proyectos de obra, que contribuyan a impulsar el reto demográfico y los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030
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Área de Fomento
Anuncio 3251/2021
En Badajoz, a 2 de julio de 2021.- El Presidente, P.D.: El Diputado Delegado del Área de Fomento Decreto (05/07/19) BOP
(08/07/19), Francisco Farrona Navas.- Doy fe, el Secretario General, José M.ª Cumbres Jiménez.- El Presidente, P.D.: La
Vicepresidenta 2.ª y Diputada delegada de Recursos Humanos y Régimen Interior Decreto (05/07/2019) BOP (08/07/2019),
Virginia Borrallo Rubio.
_______________
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA FINANCIAR LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE OBRA,
QUE CONTRIBUYAN A IMPULSAR EL RETO DEMOGRÁFICO Y LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA AGENDA
2030
PREÁMBULO
En el entorno demográfico actual se hace necesaria una actuación enérgica para afrontar el problema que presenta esta
provincia, consistente en el abandono de la población de nuestras entidades locales, a todo lo cual, ineludiblemente, se
debe sumar el necesario proceso de relanzamiento de la actividad económica, como consecuencia de la dura crisis sanitaria,
provocada por el virus del COVID-19.
Estos deben ser axiomas de obligado cumplimiento en la planificación y establecimiento de políticas provinciales en los
momentos actuales.
Como antecedentes de naturaleza jurídica, traído el sistema de fuentes local, el artículo 36.1 b) Ley 7/85, de 2 de abril, de
Bases de Régimen Local reconoce como una acción específica, la cooperación económica municipal, teniendo en cuenta, de
forma preferente, a los municipios de menor capacidad económica y de gestión.
De lo expresado se deduce que la Diputación tiene como competencia indisoluble la asistencia y cooperación con los
municipios.
De otro lado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía
Municipal de Extremadura, las Diputaciones tienen competencias de asistencia, al objeto de proporcionar a los municipios la
capacidad de gestión requerida para el ejercicio de las competencias de titularidad municipal y la consiguiente efectividad
del principio de subsidiariedad.
Dentro del ámbito propio, en la sesión plenaria, celebrada el pasado 25 de octubre de 2019, esta Diputación Provincial
prestó aprobación a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible y cumplimiento de la Agenda 2030, en un
compromiso decidido para que esos principios vertebren su acción administrativa.
La referida implementación, por tanto, hace precisa una alineación de todos los programas, proyectos y acciones, que se
lleven a cabo por esta Institución Provincial a la hoja de ruta marcada por Naciones Unidas, así como su traslación a los
municipios de la provincia.
En línea con lo anterior, se pretende facilitar a las entidades locales de la provincia los medios y recursos necesarios, para
que lleven a cabo políticas activas para afrontar el reto demográfico y la creación de oportunidades en el mundo rural.
Junto a esta línea de actuación que pretende luchar contra el fenómeno de la despoblación de los municipios, en el
momento actual en que nos encontramos, en el que la pandemia provocada por el COVID-19 ha supuesto tanto la pérdida
de bienestar de los ciudadanos, como la destrucción y pérdida de empleos en los distintos sectores de actividad, es
necesario que se adopten medidas urgentes para la estabilización de esta situación, protegiendo y dando soporte al tejido
productivo y social con el objeto de minimizar el impacto y lograr que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo
antes posible la recuperación de la actividad, propiciando la reactivación económica en la provincia.
Por ello, dada la necesidad de continuar con la labor de asistencia, asesoramiento y cooperación económica con las
entidades locales de la provincia, especialmente con las de menor capacidad económica y de gestión, se plantea, como
novedad programática, el establecimiento de una actividad de fomento, consistente en una línea de subvenciones para
financiar la redacción de proyectos de ejecución de obra, dada la carestía de medios existentes en muchos municipios de la
provincia, así como la falta de liquidez para acometer proyectos de mediana o gran dimensión.
En efecto, esta actuación provincial pretende contribuir a afrontar el importante reto demográfico en los próximos años, de
forma que se generen inversiones productivas, que permitan generar nuevas oportunidades de vida en los municipios de la
provincia.
En adición, se pretende incentivar el sector de la construcción, desde un punto de vista general, con el efecto correlativo de
la creación de empleo que directa e indirectamente se puede derivar.
En ese sentido, se ha establecido una discriminación positiva a determinadas inversiones, que favorezcan la creación de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Vicepresidenta 2.ª y Diputada delegada de Recursos Humanos y Régimen Interior Decreto (05/07/2019) BOP (08/07/2019),
Virginia Borrallo Rubio.
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QUE CONTRIBUYAN A IMPULSAR EL RETO DEMOGRÁFICO Y LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA AGENDA
2030
PREÁMBULO
En el entorno demográfico actual se hace necesaria una actuación enérgica para afrontar el problema que presenta esta
provincia, consistente en el abandono de la población de nuestras entidades locales, a todo lo cual, ineludiblemente, se
debe sumar el necesario proceso de relanzamiento de la actividad económica, como consecuencia de la dura crisis sanitaria,
provocada por el virus del COVID-19.
Estos deben ser axiomas de obligado cumplimiento en la planificación y establecimiento de políticas provinciales en los
momentos actuales.
Como antecedentes de naturaleza jurídica, traído el sistema de fuentes local, el artículo 36.1 b) Ley 7/85, de 2 de abril, de
Bases de Régimen Local reconoce como una acción específica, la cooperación económica municipal, teniendo en cuenta, de
forma preferente, a los municipios de menor capacidad económica y de gestión.
De lo expresado se deduce que la Diputación tiene como competencia indisoluble la asistencia y cooperación con los
municipios.
De otro lado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía
Municipal de Extremadura, las Diputaciones tienen competencias de asistencia, al objeto de proporcionar a los municipios la
capacidad de gestión requerida para el ejercicio de las competencias de titularidad municipal y la consiguiente efectividad
del principio de subsidiariedad.
Dentro del ámbito propio, en la sesión plenaria, celebrada el pasado 25 de octubre de 2019, esta Diputación Provincial
prestó aprobación a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible y cumplimiento de la Agenda 2030, en un
compromiso decidido para que esos principios vertebren su acción administrativa.
La referida implementación, por tanto, hace precisa una alineación de todos los programas, proyectos y acciones, que se
lleven a cabo por esta Institución Provincial a la hoja de ruta marcada por Naciones Unidas, así como su traslación a los
municipios de la provincia.
En línea con lo anterior, se pretende facilitar a las entidades locales de la provincia los medios y recursos necesarios, para
que lleven a cabo políticas activas para afrontar el reto demográfico y la creación de oportunidades en el mundo rural.
Junto a esta línea de actuación que pretende luchar contra el fenómeno de la despoblación de los municipios, en el
momento actual en que nos encontramos, en el que la pandemia provocada por el COVID-19 ha supuesto tanto la pérdida
de bienestar de los ciudadanos, como la destrucción y pérdida de empleos en los distintos sectores de actividad, es
necesario que se adopten medidas urgentes para la estabilización de esta situación, protegiendo y dando soporte al tejido
productivo y social con el objeto de minimizar el impacto y lograr que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo
antes posible la recuperación de la actividad, propiciando la reactivación económica en la provincia.
Por ello, dada la necesidad de continuar con la labor de asistencia, asesoramiento y cooperación económica con las
entidades locales de la provincia, especialmente con las de menor capacidad económica y de gestión, se plantea, como
novedad programática, el establecimiento de una actividad de fomento, consistente en una línea de subvenciones para
financiar la redacción de proyectos de ejecución de obra, dada la carestía de medios existentes en muchos municipios de la
provincia, así como la falta de liquidez para acometer proyectos de mediana o gran dimensión.
En efecto, esta actuación provincial pretende contribuir a afrontar el importante reto demográfico en los próximos años, de
forma que se generen inversiones productivas, que permitan generar nuevas oportunidades de vida en los municipios de la
provincia.
En adición, se pretende incentivar el sector de la construcción, desde un punto de vista general, con el efecto correlativo de
la creación de empleo que directa e indirectamente se puede derivar.
En ese sentido, se ha establecido una discriminación positiva a determinadas inversiones, que favorezcan la creación de
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