Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Berlanga. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (03245/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento interno de funcionamiento del sistema de control horario y de presencia de los empleados públicos del Ayuntamiento de Berlanga
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Berlanga
Anuncio 3245/2021
Artículo 3.- Garantías.
La información obtenida por parte del Ayuntamiento de Berlanga, tendrá uso exclusivo para los fines
previstos en el presente reglamento de verificar el control del cumplimiento horario, así mejorar la gestión de
los recursos humanos la prestación de servicios públicos que competen a esta Administración Local, sin que
suponga una vulneración del derecho a la intimidad ni a la protección de datos personales.
Título II
CONTROL DE HORARIOS Y PRESENCIA
Artículo 4.- Obligación de registrar entradas y salidas:
Todo el personal al servicio del Ayuntamiento de Berlanga, deberá registrar obligatoriamente, mediante
lectura biométrica de huella dactilar en el sistema contratado para tal fin, la entrada y salida de la jornada
ordinaria y/o extraordinaria de trabajo, así como la salida y regreso del desayuno.
Cuando por causas técnicas, no pudiera ser utilizado el sistema de control horario, el control de puntualidad,
asistencia y permanencia se realizará mediante los sistemas sustitutorios fijados por la concejalía del personal
y recursos humanos, que en su caso, deberán cumplimentarse obligatoriamente por todo el personal.
Dicha concejalía facilitará a cada empleado la información necesaria para ejecutar su plan de control de
horarios.
Los incumplimientos o los olvidos reiterados de esta obligación serán susceptibles de ser sancionados
administrativamente. Se considerará que existe reiteración cuando en un mes natural se produzcan tres o
más incidencias por causas imputables al interesado.
Artículo 5.- Modo de efectuar los registros:
El seguimiento del cumplimiento del horario se realizará por uno de los siguientes medios:
a) Marcaje electrónico.
b) Parte de incidencias de firmas (cuando el anterior no sea posible):
- Cuando por cualquier causa, exista la imposibilidad de fichaje o se produzca
alguna incidencia con su correspondiente código.
- En el parte de firmas deberá indicarse, nombre y apellidos, DNI, hora de
entrada y salida.
Los registros de huella se realizarán del siguiente modo:
a) Entrada a la jornada ordinaria de trabajo:
- 1.ª. Poner la huella identificativa para la captura de la huella en el terminal
habilitado al efecto.
b) Salida al desayuno:
- 1.°. Poner la huella identificativa.
- 2.°. Seleccionar con las flechas del cursor la opción "Desayuno".
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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los recursos humanos la prestación de servicios públicos que competen a esta Administración Local, sin que
suponga una vulneración del derecho a la intimidad ni a la protección de datos personales.
Título II
CONTROL DE HORARIOS Y PRESENCIA
Artículo 4.- Obligación de registrar entradas y salidas:
Todo el personal al servicio del Ayuntamiento de Berlanga, deberá registrar obligatoriamente, mediante
lectura biométrica de huella dactilar en el sistema contratado para tal fin, la entrada y salida de la jornada
ordinaria y/o extraordinaria de trabajo, así como la salida y regreso del desayuno.
Cuando por causas técnicas, no pudiera ser utilizado el sistema de control horario, el control de puntualidad,
asistencia y permanencia se realizará mediante los sistemas sustitutorios fijados por la concejalía del personal
y recursos humanos, que en su caso, deberán cumplimentarse obligatoriamente por todo el personal.
Dicha concejalía facilitará a cada empleado la información necesaria para ejecutar su plan de control de
horarios.
Los incumplimientos o los olvidos reiterados de esta obligación serán susceptibles de ser sancionados
administrativamente. Se considerará que existe reiteración cuando en un mes natural se produzcan tres o
más incidencias por causas imputables al interesado.
Artículo 5.- Modo de efectuar los registros:
El seguimiento del cumplimiento del horario se realizará por uno de los siguientes medios:
a) Marcaje electrónico.
b) Parte de incidencias de firmas (cuando el anterior no sea posible):
- Cuando por cualquier causa, exista la imposibilidad de fichaje o se produzca
alguna incidencia con su correspondiente código.
- En el parte de firmas deberá indicarse, nombre y apellidos, DNI, hora de
entrada y salida.
Los registros de huella se realizarán del siguiente modo:
a) Entrada a la jornada ordinaria de trabajo:
- 1.ª. Poner la huella identificativa para la captura de la huella en el terminal
habilitado al efecto.
b) Salida al desayuno:
- 1.°. Poner la huella identificativa.
- 2.°. Seleccionar con las flechas del cursor la opción "Desayuno".
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