Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (03058/2021)
Decreto y bases reguladoras para la convocatoria del plan provincial de cableado de datos de la Diputación Provincial de Badajoz
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Área de Transformación Digital y Turismo

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a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para el plan provincial de
cableado de datos.
https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades
Los documentos de remisión de la justificación deberán acompañarse de los documentos de
justificación adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados,
debidamente firmados por el órgano competente y digitalizados.
Además, para el caso en el que la documentación se presente a través de aquellas aplicaciones
informáticas que interactúen con el Sistema de Interconexión de Registros (SIR), los anexos se
podrán descargar en las siguientes direcciones web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc

C. Justificación Técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
Una memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga una declaración
de las instalaciones ejecutadas y los resultados obtenidos.
Copia del proyecto de ejecución de la instalación, con planos croquis…...
D. Justificación económica.
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general el importe a justificar es aquel que resulte en la resolución de concesión.
No obstante, según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, cuando las actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la
subvención de Diputación, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá
acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas.
De no justificarse así, se incurrirá en causa de reintegro y se procederá a incoar por la
Diputación de Badajoz expediente de reintegro de subvención a efectos de exigir la subvención
en el porcentaje correspondiente al importe no justificado.
D.2.- Documentación a aportar:
1.- Certificado expedido por el Secretario/a o Secretario-Interventor/a y V.º B.º del
Presidente de la entidad, según el modelo que figura como anexo IV, en el que se
hace constar:
1. Que la aplicación de los fondos se ha destinado a la finalidad para la que
se concedió y que los gastos responden indubitadamente a la naturaleza
de la misma, obrando los justificantes en poder de esa entidad local.
2. Una relación de las obligaciones reconocidas netas contabilizadas en el
presupuesto de la entidad con cargo a la subvención de Diputación, con
indicación de la aplicación presupuestaria, números de operación,
importe total e importe financiado con la subvención de Diputación.
3. Una relación de las obligaciones reconocidas netas contabilizadas en el
presupuesto de la entidad con cargo a fondos propios u otras
subvenciones importe total e importe financiado con fondos propios u
otras subvenciones o recursos.
4. Que todos los gastos relacionados fueron devengados durante el periodo
de ejecución establecido, de 1-01-2021 al 31-12-2021; y efectivamente
pagados antes de que finalice el periodo de justificación establecido; esto
es el 31-01-2022.
5. Que fueron consideradas todas las limitaciones establecidas a los gastos
y pagos establecidas en las bases de la convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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